Inversiones Carvallo Labra Limitada
Instrumento
- Fecha
- 23 de diciembre de 2019
- Repertorio
- 24172-2019
- Notario
- MARGARITA MORENO ZAMORANO
- Oficio
- 27° Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $41.000.000 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalMARGARITA MORENO ZAMORANO, abogado, Notario Público Interino de la 27° Notaría de Santiago, según Decreto Judicial ya protocolizado al final de los registros públicos del mes de Abril del año en curso bajo el número doscientos dieciocho, con oficio en calle Orrego Luco 0153, comuna de Providencia, certifica: por escritura pública de fecha 23 de diciembre de 2019, repertorio N° 24172-2019, ante mí: /UNO/ FRANCISCO JOSÉ CARVALLO JARPA y CONSTANZA PATRICIA LABRA JULLIAN, en su calidad de únicos y actuales socios de INVERSIONES C Y L LIMITADA, inscrita a fojas 111 número 64 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, año 2014; y /DOS/ FRANCISCO GONZALO CARVALLO LABRA, PEDRO PABLO CARVALLO LABRA, MARÍA ELISA CARVALLO LABRA y ROSARIO CONSTANZA CARVALLO LABRA, representada por sus padres FRANCISCO JOSÉ CARVALLO JARPA y CONSTANZA PATRICIA LABRA JULLIAN, en su calidad de únicos y actuales socios de INVERSIONES CARVALLO LABRA LIMITADA, inscrita a fojas 102904 número 50436 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, año 2019; todos los anteriores domiciliados para estos efectos en Avenida José Alcalde Délano 10.581, oficina 501, Lo Barnechea, Santiago, acordaron lo siguiente: (1) La fusión por absorción de INVERSIONES C Y L LIMITADA, en calidad de sociedad absorbida (en adelante, la “Sociedad Absorbida”), en la sociedad INVERSIONES CARVALLO LABRA LIMITADA, en calidad de sociedad absorbente (en adelante, la “Sociedad Absorbente”). La Sociedad Absorbida se disuelve de pleno derecho sin necesidad de liquidación, y todo su patrimonio es adquirido y asumido por la Sociedad Absorbente de manera tal que esta última la sucede como su continuadora legal en todos sus derechos y obligaciones. (2) Como consecuencia de la fusión señalada, ingresan como nuevos socios a la Sociedad Absorbente los señores Francisco José Carvallo Jarpa y Constanza Patricia Labra Jullian, y se incorpora el patrimonio íntegro de la Sociedad Absorbida a la Sociedad Absorbente, por consiguiente, la Sociedad Absorbente INVERSIONES CARVALLO LABRA LIMITADA aumenta su capital social desde la suma de $40.000.000, a la suma de $41.000.000. Asimismo, la unanimidad de los socios de la Sociedad Absorbente luego de la fusión, acuerdan modificar las participaciones sociales, tomando en consideración el balance de fusión, correspondiendo a Francisco José Carvallo Jarpa y Constanza Patricia Labra Jullian una participación de un 35% y un 15%, respectivamente, de los derechos sociales en la Sociedad Absorbente luego de la fusión, y a Francisco Gonzalo Carvallo Labra, Pedro Pablo Carvallo Labra, María Elisa Carvallo Labra y Rosario Constanza Carvallo Labra una participación de un 12,5%, cada uno respectivamente, de los derechos sociales en la Sociedad Absorbente luego de la fusión. (3) Producto de lo anterior, los actuales y únicos socios de INVERSIONES CARVALLO LABRA LIMITADA, esto es, Francisco José Carvallo Jarpa, Constanza Patricia Labra Jullian, Francisco Gonzalo Carvallo Labra, Pedro Pablo Carvallo Labra, María Elisa Carvallo Labra y Rosario Constanza Carvallo Labra, acuerdan modificar el Artículo Quinto de los estatutos sociales de INVERSIONES CARVALLO LABRA LIMITADA en el siguiente sentido: “ARTÍCULO QUINTO: CAPITAL. El capital de la Sociedad asciende a la suma de $41.000.000, en el cual los socios participan en la siguiente proporción: /a/ FRANCISCO JOSÉ CARVALLO JARPA con $700.000, equivalentes al 35% de los derechos sociales, íntegramente pagados; /b/ CONSTANZA PATRICIA LABRA JULLIAN con $300.000, equivalentes al 15% de los derechos sociales, íntegramente pagados; c) FRANCISCO GONZALO CARVALLO LABRA con $10.000.000, equivalentes al 12,5% de los derechos sociales, íntegramente pagados; d) PEDRO PABLO CARVALLO LABRA con $10.000.000, equivalentes al 12,5% de los derechos sociales, íntegramente pagados; /e/ MARÍA ELISA CARVALLO LABRA con $10.000.000, equivalentes al 12,5% de los derechos sociales, íntegramente pagados; y /f/ ROSARIO CONSTANZA CARVALLO LABRA con $10.000.000, equivalentes al 12,5% de los derechos sociales, íntegramente pagados.“.- La responsabilidad de los socios queda limitada al monto de sus respectivos aportes.- Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 03 de enero de 2020.