CONSTITUCIÓN Sociedad por Acciones

DJL SpA

CVE 1708342
Capital
$1.000.000 CLP
Fecha instrumento
3 de enero de 2020
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
3 de enero de 2020
Notario
MARÍA SOLEDAD LASCAR MERINO
Oficio
38 Notaria de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$1.000.000 CLP

Objeto social

La Sociedad tendrá por objeto, directamente o por intermedio de terceros, individualmente o en conjunto con otros, dentro del territorio de la República de Chile o en el extranjero: a) Ofrecer todo tipo de actividades relacionadas con soluciones integrales en el área del diseño gráfico, informático, material, industrial; la creación, planificación, elaboración, desarrollo, explotación de proyectos, anteproyectos y todas aquellas actividades profesionales de carácter específico o integral, en todas las gamas y alternativas del diseño en general que acuerden los socios, particularmente en el ámbito de la creatividad y corrección de imágenes sistemáticas y computarizadas, spot, impresos, alegorías, modelos, servicios de impresiones gráficas, diseño gráfico, digitalización, retoque de imágenes, litografías, imprenta, publicidad de cualquier tipo, a terceros quienes contraten con ella, encuadernación, contabilidades, trabajos computacionales, marketing, asesorías y, en general, la sociedad podrá dedicarse a cualquier actividad comercial que los socios acuerden de consuno, sin otra limitación que las que le impongan las leyes; b) La comercialización, producción, representación, importación y exportación de servicios relacionados con el objeto técnico-profesional y de sus productos y creaciones. Del mismo modo y en términos amplios realizar todas las actividades técnico-profesionales de carácter específico o integral en todas las especialidades relacionadas con el objeto social que se acuerden y todos los actos y contratos que se estimen necesarios para la consecución de los fines antes indicados y para el empleo e inversión de sus fondos disponibles; y, c) toda otra actividad relacionada en forma directa o indirecta con el objeto indicado que los socios acuerden. Para el logro de sus objetivos, la sociedad podrá concurrir a la constitución de sociedades de cualquier clase o naturaleza o de comunidades y asociaciones en general, ingresar a las ya constituidas y concurrir a la modificación, disolución y liquidación de aquéllas de que forme parte

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

MARÍA SOLEDAD LASCAR MERINO, Abogado, Notario Público Titular de la 38 Notaria de Santiago, Miraflores 178, Piso 5, certifico: que: por escritura pública de fecha 03 de enero de 2020, Repertorio número 387-2020, ante mí, don DARÍO OCTAVIO MARABOLI MORENO, constituye una sociedad por acciones de cuyos estatutos se extracta lo siguiente: NOMBRE: “DJL SpA” (la “Sociedad”). OBJETO: La Sociedad tendrá por objeto, directamente o por intermedio de terceros, individualmente o en conjunto con otros, dentro del territorio de la República de Chile o en el extranjero: a) Ofrecer todo tipo de actividades relacionadas con soluciones integrales en el área del diseño gráfico, informático, material, industrial; la creación, planificación, elaboración, desarrollo, explotación de proyectos, anteproyectos y todas aquellas actividades profesionales de carácter específico o integral, en todas las gamas y alternativas del diseño en general que acuerden los socios, particularmente en el ámbito de la creatividad y corrección de imágenes sistemáticas y computarizadas, spot, impresos, alegorías, modelos, servicios de impresiones gráficas, diseño gráfico, digitalización, retoque de imágenes, litografías, imprenta, publicidad de cualquier tipo, a terceros quienes contraten con ella, encuadernación, contabilidades, trabajos computacionales, marketing, asesorías y, en general, la sociedad podrá dedicarse a cualquier actividad comercial que los socios acuerden de consuno, sin otra limitación que las que le impongan las leyes; b) La comercialización, producción, representación, importación y exportación de servicios relacionados con el objeto técnico-profesional y de sus productos y creaciones. Del mismo modo y en términos amplios realizar todas las actividades técnico-profesionales de carácter específico o integral en todas las especialidades relacionadas con el objeto social que se acuerden y todos los actos y contratos que se estimen necesarios para la consecución de los fines antes indicados y para el empleo e inversión de sus fondos disponibles; y, c) toda otra actividad relacionada en forma directa o indirecta con el objeto indicado que los socios acuerden. Para el logro de sus objetivos, la sociedad podrá concurrir a la constitución de sociedades de cualquier clase o naturaleza o de comunidades y asociaciones en general, ingresar a las ya constituidas y concurrir a la modificación, disolución y liquidación de aquéllas de que forme parte. CAPITAL: El capital social de la sociedad es la suma de $1.000.000.-, dividido en 1.000.- acciones nominativas, sin valor nominal, todas de una misma serie. No habrá serie de acciones y privilegios. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 03 de enero de 2020.