MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

INVERSIONES P&D LIMITADA

RUT 76558648-8 CVE 1707958
Fecha instrumento
13 de diciembre de 2019

Instrumento

Fecha
13 de diciembre de 2019
Notario
MARIA SOLEDAD LASCAR MERINO
Oficio
38° Notaría

Personas y entidades (1)

Nombre Rol RUT/RUN % Aporte Domicilio
D LIMITADA socio 76558648-8

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

MARIA SOLEDAD LASCAR MERINO, Abogada, Notario Público Titular de la 38° Notaría, con Oficio en calle Miraflores 178, piso 5, Santiago, certifica que: Por escritura pública de fecha 13 de diciembre de 2019, ante mí, don PEDRO PABLO EWING SOFFIA y doña DANIELA HUIDOBRO VAZQUEZ, ambos domiciliados en calle Doctor Manuel Barros Borgoño N° 71, oficina N° 1702, comuna de Providencia, Región Metropolitana, en sus calidades de únicos y actuales socios de la sociedad de responsabilidad limitada INVERSIONES P&D LIMITADA, R.U.T. N° 76.558.648-8, inscrita a fojas 24.541, Número 13.633 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago del año 2016, acordaron modificar el Artículo Séptimo de los estatutos sociales, referente a la administración de la sociedad, y reemplazarlo por el siguiente: “Artículo Séptimo: La administración y representación de la sociedad, y el uso de la razón social corresponderá a los socios don PEDRO PABLO EWING SOFFIA y doña DANIELA HUIDOBRO VAZQUEZ quienes actuando individual e indistintamente y anteponiendo sus firmas a la razón social, tendrán las más amplias facultades y poderes de administración y disposición, pudiendo ejecutar todos los actos y celebrar todos los contratos y convenciones, de cualquier naturaleza que sean, que se relacionen directa o indirectamente con el giro social. Por vía ilustrativa y sin que la enumeración sea limitativa o restrictiva, podrá actuar en nombre y representación de la sociedad con todas las facultades señaladas en el Articulo Octavo siguiente de estos Estatutos Sociales”. En todo lo no modificado siguen vigentes las estipulaciones del estatuto social. Demás estipulaciones constan en escritura extractada.- Santiago a 03 de enero de 2020.-