Instrumento
- Fecha
- 19 de diciembre de 2019
- Notario
- ÁLVARO GONZALEZ SALINAS
- Oficio
- 42 Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $1.000.000 CLP
- Domicilio
- comuna de Vitacura, Región Metropolitana
- Duración
- Indefinida
Objeto social
La sociedad tendrá por
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalÁLVARO GONZALEZ SALINAS, Abogado, Notario Público, Titular 42 Notaría de Santiago, Agustinas Nº1070, piso 2, Santiago, certifico: por escritura pública de 19 de diciembre de 2019, otorgada ante mí, José Antonio Pérez Ramírez cédula de identidad Nº16.663.483-0, domiciliado en calle Las Quilas número 4025, Vitacura y Susana Guindulain Lebrero cédula de identidad para extranjeros Nº26.561.332-2, domiciliada en calle Santa Teresa de Los Andes número 9666, casa número 15, Vitacura constituyen sociedad por acciones cuyos estatutos se indican en escritura extractada, siendo materias objeto de extracto las siguientes:/a/ Razón Social: El nombre de la sociedad es “Nomad Growth Partners SpA”, sin perjuicio de usar también el nombre de fantasía "Nomad SpA". /b/ Domicilio: comuna de Vitacura, Región Metropolitana, sin perjuicio que podrá establecer oficinas, filiales, agencias o sucursales en otros lugares del país o en el extranjero. c) Duración: indefinida desde fecha de escritura extractada. d) Objeto Social: La sociedad tendrá por objeto: (a) la prestación de servicios profesionales y asesorías comerciales y financieras a toda clase de personas naturales o jurídicas; y (b) la inversión, adquisición, administración y explotación, por cuenta propia o ajena, de toda clase de bienes. Para el cumplimiento de su objeto la sociedad podrá adquirir y enajenar, a cualquier título, y dar y tomar en arrendamiento u otra forma de tenencia, toda clase de bienes raíces o muebles, corporales o incorporales, y ceder, a cualquier título, el dominio, uso o goce de los mismos; gravar con hipotecas o prendas de cualquier clase sus bienes; participar en sociedades de cualquier clase y objeto; y, en general, ejecutar todos los actos y celebrar todos los contratos necesarios a los fines indicados, al desarrollo de su actividad o a la inversión de los fondos disponibles de la sociedad. Podrá además ejecutar todas las operaciones o negocios que acuerden los accionistas. /e/ Capital: El capital de la sociedad es la cantidad de $1.000.000, dividido en 1.000 acciones ordinarias, nominativas, de una misma serie, todas de igual valor y sin valor nominal, que podrá ser enterado en dinero efectivo o en otros bienes. En caso de aumentarse el capital mediante la emisión de acciones de pago, el valor de éstas podrá ser enterado en dinero efectivo o en otros bienes. Otras estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 24 de diciembre 2019.-