MODIFICACIÓN Sociedad por Acciones

La Rosa de Sharon SpA

RUT 76891241-6 CVE 1707330
Fecha instrumento
27 de diciembre de 2019

Instrumento

Fecha
27 de diciembre de 2019
Notario
Notario Suplente de don JORGE REYES BESSONE
Domicilio
San Miguel

Objeto social

Se incorpora un nuevo giro social a la sociedad “LA ROSA DE SHARON SpA” que es: d) La Generación de Energía Eléctrica en Otras Centrales n.c.p. y Comercialización de Energía Eléctrica. Quedando el artículo tercero de la siguiente forma: “ARTÍCULO TERCERO: El objeto será, ya sea por cuenta propia o a través de tercero: a) La fabricación e instalación de células fotovoltaicas; b) Desarrollo, ejecución y venta de proyectos relacionados con la producción de energía de todo tipo, especialmente energía solar, proyectos de ingeniería asociados e instalaciones necesarias para la ejecución de proyectos relacionados con la generación de energía; c) Importación, comercialización, venta de máquinas, maquinarias, herramientas y productos necesarios para el cumplimiento de estos fines, como la exportación de los mismos; d) Generación de energía eléctrica en otras centrales n.c.p. y comercialización de energía eléctrica; e) La representación de empresas y marcas relacionadas con los giros antes señalados; f) La realización de inversiones en toda clase de bienes muebles e inmuebles, incluyendo la adquisición de acciones de sociedades, derechos en sociedades, debentures, bonos, efectos de comercio y toda clase de valores mobiliarios e instrumentos de inversión y la administración de esas inversiones y sus frutos, como la creación y participación en nuevas sociedades de cualquier naturaleza; g) La participación como inversionista o asesor profesional en toda clase de negocios o empresas, por cuenta propia o ajena, o en asociación con terceros; y h) En general, cualquier otra actividad relacionada, directa e indirectamente con el cumplimiento del

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

FERNANDO GABRIEL SEPULVEDA ROSAS, Abogado, Notario Suplente de don JORGE REYES BESSONE, abogado, Notario Público Titular de San Miguel, con domicilio en Gran Avenida José Miguel Carrera número 4886, Comuna de San Miguel certifico: Por escritura pública, de fecha 17 de diciembre del año dos mil diecinueve, ante el Notario Titular, don RICARDO ANTONIO GARRIDO CORTÉS, abogado, cédula nacional de identidad número diez millones ochocientos treinta y siete mil ochocientos treinta y siete guión nueve, debidamente facultado, redujo a escritura pública Acta de Sesión Extraordinaria de Accionistas de la Sociedad LA ROSA DE SHARON SpA en la cual modifican el Estatuto de la Sociedad por Acciones, cuyo extracto es: VIII) ACUERDOS: Modificar los Estatutos Sociales en dos aspectos: UNO) MODIFICACIÓN Y AMPLIACIÓN DEL OBJETO SOCIAL; y DOS) MODIFICACIÓN DEL ARTÍCULO VIGÉSIMO OCTAVO. Luego de la exposición, el único accionista acuerda modificar los estatutos en los términos expuestos: UNO) MODIFICACIÓN Y AMPLIACIÓN DEL OBJETO SOCIAL: Se incorpora un nuevo giro social a la sociedad “LA ROSA DE SHARON SpA” que es: d) La Generación de Energía Eléctrica en Otras Centrales n.c.p. y Comercialización de Energía Eléctrica. Quedando el artículo tercero de la siguiente forma: “ARTÍCULO TERCERO: El objeto será, ya sea por cuenta propia o a través de tercero: a) La fabricación e instalación de células fotovoltaicas; b) Desarrollo, ejecución y venta de proyectos relacionados con la producción de energía de todo tipo, especialmente energía solar, proyectos de ingeniería asociados e instalaciones necesarias para la ejecución de proyectos relacionados con la generación de energía; c) Importación, comercialización, venta de máquinas, maquinarias, herramientas y productos necesarios para el cumplimiento de estos fines, como la exportación de los mismos; d) Generación de energía eléctrica en otras centrales n.c.p. y comercialización de energía eléctrica; e) La representación de empresas y marcas relacionadas con los giros antes señalados; f) La realización de inversiones en toda clase de bienes muebles e inmuebles, incluyendo la adquisición de acciones de sociedades, derechos en sociedades, debentures, bonos, efectos de comercio y toda clase de valores mobiliarios e instrumentos de inversión y la administración de esas inversiones y sus frutos, como la creación y participación en nuevas sociedades de cualquier naturaleza; g) La participación como inversionista o asesor profesional en toda clase de negocios o empresas, por cuenta propia o ajena, o en asociación con terceros; y h) En general, cualquier otra actividad relacionada, directa e indirectamente con el cumplimiento del objeto social.” DOS) MODIFICACIÓN DEL ARTÍCULO VIGÉSIMO OCTAVO. En la presente junta se acordó por el único accionista de la sociedad, modificar el artículo vigésimo octavo que quedará de la siguiente forma: “ARTÍCULO VIGÉSIMO OCTAVO: La sociedad podrá disolverse por acuerdo de los accionistas o del accionista conforme con el artículo cincuenta y siete de la ley de sociedades anónimas, por sentencia judicial ejecutoriada.” Demás estipulaciones en escritura extractada.- San Miguel 27 de diciembre de 2019.