MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

GIVE SOLUTIONS LIMITADA

RUT 76260105-2 CVE 1707129
Capital
$1.000.000 CLP
Fecha instrumento
19 de diciembre de 2019

Instrumento

Fecha
19 de diciembre de 2019
Notario
notario suplente del titular Jorge Andrés Ossa Cuevas
Domicilio
San Miguel con asiento en La Cisterna

Sociedad

Capital
$1.000.000 CLP

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

Viviana Andrea Viera Soto, abogado, notario suplente del titular Jorge Andrés Ossa Cuevas, Notario Público de San Miguel con asiento en La Cisterna, Gran Av. José Miguel Carrera 7710, certifico, Por escritura de fecha 19-12-2019, ante el notario titular Jorge Andrés Ossa Cuevas,: Doña ALEJANDRA ANDREA SALAS SEGUEL, domiciliada en Pasaje Mirasol Sur Nº1598, Pudahuel ALEJANDRO DANIEL SALAS OTAROLA en representación de su cónyuge doña ELBA MARGOT SEGUEL BARRIOS, ambos domiciliados en los ministros Nº1532, Maipú; doña SANDRA ANGELICA RIQUELME SALVO, domiciliada en Santiago, calle Doctor Gonzalez Cortes Nº2039, San Ramón; y don JORGE RICARDO CONCHA MUÑOZ, domiciliado en Santiago, calle Mirasol Nº1598, Pudahuel, modificaron sociedad “GIVE SOLUTIONS LIMITADA”, Rut: 76.260.105-2, constituida 10-04-2013, ante notario Santiago Félix Jara Cadot, con oficio en Huérfanos Nº1160, locales 11 y 12, Santiago, extracto inscrito Registro Comercio Santiago, Fs. 28662 Nº 19031 año 2013 publicó 17-04-2013 edición número 40.536, Diario Oficial de la República de Chile, siguiente manera: a) Se retira de la sociedad Alejandra Andrea Salas Seguel, dueña 95% total capital y derechos sociales, y vende, cede y transfiere a Sandra Angelica Riquelme Salvo, el 50% de los derechos sociales, quien los compra, adquiere y recibe para sí, por $1.000.000.- pagados contado en el acto, y a don Jorge Ricardo Concha Muñoz el 45% de los derechos sociales, quien los compra, adquiere y recibe para sí, por $900.000.- pagados contado en el acto; y b) Se retira de la sociedad Elba Margot Seguel Barrios, dueña 5% total capital y derechos sociales, y vende, cede y transfiere a Jorge Ricardo Concha Muñoz, el 5% de los derechos sociales, quien los compra, adquiere y recibe para sí, por $100.000.- pagados contado en el acto En consecuencia, en adelante la sociedad queda integrada por doña Sandra Angelica Riquelme Salvo, y por don Jorge Ricardo Concha Muñoz, con un 50%, respectivamente, de participación en el capital y derechos sociales.- c) modifican Cláusula Quinta del pacto social, de administración siguiente sentido: En lo sucesivo la administración, representación y uso de la razón social, corresponderá única y exclusivamente al socio Jorge Ricardo Concha Muñoz, con las mismas y amplias facultades establecidas en el Estatuto Social.- Socios declaran que el capital social a la fecha no ha sido modificado manteniéndose en un monto de $2.000.000.- En lo demás queda vigente el estatuto social. Hay otras estipulaciones en escritura extractada.