CONSTRUCTORA ANTONIO AVILA OLEA E.I.R.L.
Instrumento
- Fecha
- 13 de diciembre de 2019
- Notario
- PEDRO HERNAN LARRERE CASTRO
- Domicilio
- Castro
Sociedad
- Capital
- $12.500.000 CLP
- Domicilio
- ciudad CASTRO, Región de Los Lagos
- Duración
- Indefinida
- Ley aplicable
- Ley 19.857
Objeto social
La sociedad tendrá por
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalPEDRO HERNAN LARRERE CASTRO, Notario Público Titular Castro, calle Balmaceda 286, Castro, certifico: Por escritura pública con fecha 13 de diciembre de 2019, CUNIBERTO ANTONIO AVILA OLEA, chileno, constructor civil, casado, 55 años de edad, cédula de identidad 8.976.618- 4, CAMILA ANDREA AVILA CONTRERAS, por sí y en representación NICOLE FERNANDA AVILA CONTRERAS, todos domiciliados en calle José Oyarzún Montiel 1884, comuna Castro, transforman EMPRESA INDIVIDUAL DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, denominada “CONSTRUCTORA ANTONIO AVILA OLEA E.I.R.L.”, con nombre de fantasía CONSTRUCTORA DOS “A” LTDA., constituida por escritura pública de fecha 26 abril 2010, ante don Arcadio Pérez Bórquez, Notario Público de Castro de la época, extracto publicado en Diario Oficial Edición 39.636, de fecha 15 abril 2010, e inscrito fojas 46 vuelta número 44 Registro Comercio Conservador Bienes Raíces Castro, año 2010, a Sociedad de Responsabilidad Limitada. a) CUNIBERTO ANTONIO AVILA OLEA, vende cede y transfiere, el 25 por ciento de su participación en empresa CONSTRUCTORA ANTONIO AVILA OLEA E.I.R.L. o CONSTRUCTORA DOS “A” E.I.R.L, a CAMILA ANDREA AVILA CONTRERAS, quien compra, adquiere y acepta para sí, en $3.500.000, pagado al contado, en dinero efectivo, recibido a entera y total satisfacción, b) CUNIBERTO ANTONIO AVILA OLEA, vende cede y transfiere, el 25 por ciento de su participación en empresa CONSTRUCTORA ANTONIO AVILA OLEA E.I.R.L. o CONSTRUCTORA DOS “A” E.I.R.L, a NICOLE FERNANDA AVILA CONTRERAS quien representada por CAMILA ANDREA AVILA CONTRERAS compra, adquiere y acepta para sí, en $3.500.000, pagado al contado, en dinero efectivo, recibido a entera y total satisfacción. En consecuencia y de acuerdo a lo establecido en el artículo 14 inciso final, y demás preceptos legales de la Ley 19.857, CUNIBERTO ANTONIO AVILA OLEA, CAMILA ANDREA AVILA CONTRERAS por sí y en representación NICOLE FERNANDA AVILA CONTRERAS, acuerdan transformar la Empresa Individual de Responsabilidad Limitada, en sociedad de responsabilidad limitada. Razón Social: será “CONSTRUCTORA ANTONIO AVILA OLEA LIMITADA” pudiendo utilizar, además, el nombre de fantasía CONSTRUCTORA DOS “A” LTDA. Domicilio: ciudad CASTRO, Región de Los Lagos, sin perjuicio sucursales o agencias que establezca en resto país o extranjero. Objeto social: La sociedad tendrá por objeto: a) El desarrollo de proyectos inmobiliarios; la compra, venta, arriendo, construcción, explotación, comercialización de bienes raíces, sean urbanos o rústicos, propios o por encargo; la construcción por cuenta propia o ajena, de todo tipo de obras civiles, tales como edificios, casas, pavimentos, puentes, caminos, alcantarillados, agua potable, estanques, obras de urbanización, movimientos de tierras, obras civiles en general; b) la inversión de capitales, en toda clase de bienes muebles, corporales e incorporales, tales como; acciones, promesa de acciones, bonos y debentures, planes de ahorro, cuotas o derechos en todo tipo de sociedades ya sean comerciales o civiles, comunidades o asociaciones, y en toda clase de títulos o valores mobiliarios. Adquirir, enajenar, y explotar toda clase de inmuebles, en especial bienes raíces rústicos o urbanos, construir en ellos, por cuenta propia o ajena; Explotarlos, directamente o por terceros en cualquier forma, administrar por cuenta propia o ajena dichas inversiones, obtener rentas: formar parte en otras sociedades, modificarlas, asumir la administración de las mismas; y todo lo que, en la actualidad o en el futuro, este relacionado con estas actividades; y cualquier otro negocio que acordaren los socios.- Duración: La sociedad comenzará a regir a contar de la fecha de suscripción de la escritura de constitución y tendrá una duración de 5 años. Sin embargo, este plazo se entenderá renovado tácita y automáticamente por períodos sucesivos e iguales de 5 años cada vez y en forma indefinida, a menos que alguno de los socios exprese su voluntad de ponerle término al final del período que estuviere en curso, manifestación de voluntad que deberá efectuarse por carta certificada dirigida al domicilio de los demás socios y que éstos efectivamente tengan en la oportunidad en que se desee poner término al contrato social, con una anticipación no inferior a 30 días corridos. Capital: $12.500.000,que se aportan y enteran siguiente forma: a) CUNIBERTO ANTONIO AVILA OLEA, $6.250.000,equivalentes al 50 por ciento del capital social, aportados con anterioridad a esta fecha al momento de la constitución de la empresa CONSTRUCTORA ANTONIO AVILA OLEA E.I.R.L. O CONSTRUCTORA DOS“A” E.I.R.L., de la cual esta sociedad es su continuadora legal; b) CAMILA ANDREA AVILA CONTRERAS, $3.125.000,equivalentes al 25 por ciento del capital social, con anterioridad, que corresponden a la compra de la participación en la empresa CONSTRUCTORA ANTONIO AVILA OLEA E.I.R.L. O CONSTRUCTORA DOS “A”E.I.R.L., y c) NICOLE FERNANDA AVILA CONTRERAS, $3.125.000,equivalentes al 25 por ciento del capital social, con anterioridad, que corresponden a la compra de la participación en la empresa CONSTRUCTORA ANTONIO AVILA OLEA E.I.R.L. O CONSTRUCTORA DOS “A”E.I.R.L. de la cual esta sociedad es su continuadora legal. Socios limitan responsabilidad hasta la concurrencia de sus respectivos aportes. Administración, representación y uso razón social: corresponderá al socio CUNIBERTO ANTONIO AVILA OLEA, quien anteponiendo a su firma la razón social, obligará y representará a la sociedad en todos los actos relativos a su objeto o giro ordinario con las facultades expresadas en el artículo séptimo del pacto social que se extracta. Otras estipulaciones constan en escritura extractada. Castro, 02 enero 2020.-