SOCIEDAD COMERCIAL ARRIENDOS ADAN LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 16 de abril de 2018
- Notario
- JUAN ROBERTO ARIAS GARRIDO
- Domicilio
- TALCAHUANO
Sociedad
- Capital
- $1.000.000 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalJUAN ROBERTO ARIAS GARRIDO, NOTARIO PUBLICO TALCAHUANO, Covadonga N°55, certifico: Por escritura de hoy ante mí, don FÉLIX ADAN BARRIO, español, comerciante, viudo, cédula de identidad de extranjeros número 4.918.095-0; doña MARÍA TERESA DE LOURDES PARRA MORAGA, chilena, pensionada, soltera, cédula nacional de identidad número 4.267.841-4; don FÉLIX SANTIAGO ADÁN ADÁN, chileno, médico, casado y separado de bienes, cédula nacional de identidad número 7.296.000-9; y doña AMANDA PAULINA ADÁN ADÁN, cédula nacional de identidad N° 7.296.226-5, chilena, profesora, casada y separada de bienes, todos domiciliados en calle Valdivia 170, Talcahuano, modificaron sociedad de responsabilidad limitada “SOCIEDAD COMERCIAL ARRIENDOS ADAN LIMITADA” RUT:76.981.951-7, constituida por Escritura Pública de fecha 16/04/2018, anotada en el Repertorio con el número 541-2018 ante Notario Público de Talcahuano don Juan Roberto Arias Garrido publicada en el Diario Oficial con fecha 27/04/2018 inscrita a fojas 159, número 120 del Registro de Comercio de Talcahuano del año 2018. Las Modificaciones consisten en: La socia doña MARÍA TERESA DE LOURDES PARRA MORAGA vende, cede y transfiere a los socios don FÉLIX SANTIAGO ADÁN ADÁN; y doña AMANDA PAULINA ADÁN ADÁN, quienes compran, aceptan y adquieren para sí, por partes iguales, la totalidad de las acciones y derechos sociales que a cualquier título le corresponden o pudieren corresponderle en la sociedad de responsabilidad limitada, que alcanzan al 10% de los derechos sociales de la misma, siendo el precio de la cesión, la suma de $1.000.000, quedando como únicos socios de la sociedad, don FÉLIX ADAN BARRIO, con un porcentaje de participación del 40% de los derechos sociales y don FÉLIX SANTIAGO ADÁN ADÁN; y doña AMANDA PAULINA ADÁN ADÁN, con un porcentaje de participación del 30% de los derechos sociales, cada uno; y modificar la cláusula cuarto sobre administración representación y uso de la razón social y de la sigla, de la escritura de constitución, agregando un numeral a la enumeración ejemplar allí señalada, en la forma que sigue: “Treinta y nueve: Se autoriza expresamente al administrador(a) para autocontratar a nombre de la sociedad, toda clase de bienes muebles e inmuebles, en que ella sea propietaria o tenga derechos, sea total o parcialmente o en calidad de comunera. Con un capital social de $1.000.000.- Demás estipulaciones en escritura extractada. Talcahuano, Diciembre 14 de 2019.-