SALAZAR ARAYA LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 30 de diciembre de 2019
- Notario
- RODRIGO CABRERA ALBARRAN
- Oficio
- Segunda Notaría de Ovalle
- Comuna
- Ovalle
Sociedad
- Capital
- $20.000.000 CLP
- Domicilio
- Ovalle
- Duración
- Será de tres años contados desde la fecha de la presente escritura, plazo que se entenderá tácita y automáticamente prorrogado por períodos iguales y sucesivos de dos años cada uno, según se estipula en escritura de constitución
Objeto social
El objeto de la sociedad será: a) explorar, reconocer, prospectar, investigar y explotar yacimientos mineros afín de extraer, producir y procesar minerales, concentrados u otros productos procedentes de sustancias minerales en cualquiera de sus formas, productos y subproductos, sean metales o no metales que se obtengan de pertenencias propias o de terceros, pudiendo para estos efectos construir, instalar y operar plantas de beneficio y tratamientos minerales, constituir y adquirir derechos mineros de cualquier naturaleza arrendar pertenencias mineras, vender, transportar, exportar y comercializar sustancias y productos minerales y en general celebrar ,realizar y ejecutar todos los actos y contratos civiles, comerciales, mineros, industriales y metalúrgicos la importación, exportación y comercialización de productos mineros, y todo otro negocio o actividad conexa o relacionada con la actividad minera; b) La inversión en toda clase de bienes muebles e inmuebles, acciones, efectos de comercio y valores mobiliarios; c) La administración y explotación en cualquier forma de dichos bienes; d) Formar y tomar participación en toda clase de sociedades, comunidades y asociaciones; e) Prestar asesorías en materias financieras, mineras y cualquier otra asesoría requerida por las empresas, y en general, cualquier otra actividad relacionada directa o indirectamente con el objeto social, que determinen o acuerden los
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalRODRIGO CABRERA ALBARRAN, Abogado, Notario Público Segunda Notaría de Ovalle, domiciliado en Miguel Aguirre N° 328, Ovalle, CERTIFICO: Por escritura de hoy, ante mi: JORGE EXEQUIEL ARAYA BARRAZA, chileno, casado, minero, cédula de identidad N° 9.146.453-5, domiciliado en Pasaje Carlos Lambert número mil ciento quince, Punitaqui y don FRANCISCO ANTONIO SALAZAR DIAZ, chileno, divorciado, arquitecto, cédula de identidad N°13.420.106-1, domiciliado en Los Guindos B Cinco Villa El Huerto, Comuna de Punitaqui, constituyeron sociedad comercial de responsabilidad limitada, Razón social: Será “SALAZAR ARAYA LIMITADA”, nombre fantasía “SALAZAR ARAYA LTDA.”. OBJETO SOCIAL. El objeto de la sociedad será: a) explorar, reconocer, prospectar, investigar y explotar yacimientos mineros afín de extraer, producir y procesar minerales, concentrados u otros productos procedentes de sustancias minerales en cualquiera de sus formas, productos y subproductos, sean metales o no metales que se obtengan de pertenencias propias o de terceros, pudiendo para estos efectos construir, instalar y operar plantas de beneficio y tratamientos minerales, constituir y adquirir derechos mineros de cualquier naturaleza arrendar pertenencias mineras, vender, transportar, exportar y comercializar sustancias y productos minerales y en general celebrar ,realizar y ejecutar todos los actos y contratos civiles, comerciales, mineros, industriales y metalúrgicos la importación, exportación y comercialización de productos mineros, y todo otro negocio o actividad conexa o relacionada con la actividad minera; b) La inversión en toda clase de bienes muebles e inmuebles, acciones, efectos de comercio y valores mobiliarios; c) La administración y explotación en cualquier forma de dichos bienes; d) Formar y tomar participación en toda clase de sociedades, comunidades y asociaciones; e) Prestar asesorías en materias financieras, mineras y cualquier otra asesoría requerida por las empresas, y en general, cualquier otra actividad relacionada directa o indirectamente con el objeto social, que determinen o acuerden los socios.- Administración, representación y uso razón social: Corresponderá conjuntamente a los socios don Jorge Exequiel Araya Barraza y a don Francisco Antonio Salazar Díaz. Capital social: $20.000.000, que se aporta en la siguiente forma: I) Don JORGE EXEQUIEL ARAYA BARRAZA aporta la cantidad de diez millones de pesos, consistente en el aporte de su trabajo personal, permanente y de media jornada por un período de treinta y seis meses, que se obliga a prestar a la sociedad, mientras ésta esté vigente, el cual se valora, por las partes en dicha cantidad, que se entiende aportado en este acto. II) Don FRANCISCO ANTONIO SALAZAR DIAZ, aporta la suma de diez millones de pesos, consistente en: a) la suma un millón doscientos noventa y siete mil ochocientos veintidós pesos en herramientas y repuestos detallados en la factura electrónica número dos mil setecientos veintidós emitido por Distribuidora de Repuestos y Perforadoras M.A.C. y Compañía Limitada de fecha veinticinco de Octubre del año dos mil diecinueve, b) la suma ciento ocho mil novecientos noventa y seis pesos en insumos detallados en la boleta electrónica número cinco cuatro cinco siete cuatro siete cero ocho seis de fecha dos de Noviembre del año dos mil diecinueve emitida por Sodimac S.A., c) la suma ciento sesenta y cuatro mil ochenta y dos pesos en insumos detallados en la boleta electrónica número cinco cuatro cinco nueve dos seis tres cero nueve de fecha nueve de Noviembre del año dos mil diecinueve emitida por Sodimac S.A., d) la suma cuarenta y nueve mil novecientos ochenta en insumos detallados en la boleta electrónica número cinco cuatro cinco siete tres cinco ocho nueve siete de fecha diecisiete de Noviembre del año dos mil diecinueve emitida por Sodimac S.A., e) la suma de ochenta y ocho mil quinientos setenta en insumos detallados en la boleta electrónica número tres cero dos cero ocho dos uno de fecha ocho de Noviembre del año dos mil diecinueve emitida por Selim Dabed SpA., f) la suma de ciento treinta y tres mil novecientos ochenta insumo y herramientas detallados en la boleta electrónica número tres dos uno cinco de fecha dieciséis de Octubre del año dos mil diecinueve emitida por Geoequipos S.A., g) la suma de cincuenta y un mil en insumos detallados en la boleta número uno ocho siete dos seis cero de fecha tres de Diciembre del año dos mil diecinueve emitida por Compañía Minera Potrerillos Limitada (Cominpo Ltda.), h) la suma de diecisiete mil doscientos en insumos detallados en la boleta número uno cero cinco tres nueve tres de fecha dos de Diciembre del año dos mil diecinueve emitida Paulina Arletti San Martín Beltrán “Pernopolis Rey del Perno”, i) la suma de seis mil doscientos cincuenta pesos en insumos detallados en la boleta número uno cero cinco tres tres cero de fecha veintinueve de Noviembre del año dos mil diecinueve emitida Paulina Arletti San Martín Beltrán “Pernopolis Rey del Perno”, j) la suma de ocho millones de pesos, que se aporta en maquinaria por un período de ocho meses, que se entiende aportado en este acto, y k) la suma de ochenta y seis mil cuatrocientos sesenta pesos que paga en este acto, en efectivo, enterado ya en la caja social.- Responsabilidad: Queda limitada hasta el monto de sus aportes. Duración: Será de tres años contados desde la fecha de la presente escritura, plazo que se entenderá tácita y automáticamente prorrogado por períodos iguales y sucesivos de dos años cada uno, según se estipula en escritura de constitución. Domicilio: Ovalle, sin perjuicio de sucursales, representaciones o agencias en país o extranjero. Demás estipulaciones constan escritura extractada.- Ovalle, 30 de Diciembre de 2019.- RODRIGO CABRERA ALBARRANNOTARIO PUBLICO.