Instrumento
- Fecha
- 11 de diciembre de 2019
- Notario
- PATRICIA BAHAMONDE VEGA
- Domicilio
- Viña del Mar
Sociedad
- Capital
- $3.000.000 CLP
- Domicilio
- El domicilio de la Sociedad será la ciudad y comuna de Casablanca, Región de Valparaíso
- Duración
- Indefinida
- Ley aplicable
- Ley N° 3.918
Objeto social
El giro u objeto de la sociedad será: La inversión de capitales, en toda clase de bienes muebles, corporales e incorporales, tales como acciones, promesas de acciones, bonos y debentures, planes de ahorro, cuotas o derechos en todo tipo de sociedades, comunidades o asociaciones y en toda clase de títulos o valores mobiliarios. Adquirir, enajenar y explotar toda clase de bienes inmuebles, en especial bienes raíces, rústicos o urbanos, explotarlos, directamente o por terceros, en cualquier forma, administrar por cuenta propia o ajena dichas inversiones, obtener rentas; formar parte en otras sociedades, modificarlas, asumir la administración de las mismas; y cualquier actividad de carácter civil relacionada, en la actualidad o en el futuro, con lo dicho; y cualquier otro negocio de similar naturaleza que acordaren los
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalPATRICIA BAHAMONDE VEGA, Notario Público de Viña del Mar, con oficio en calle 12 Norte número 785, piso 3, suplente del titular LUIS ENRIQUE FISCHER YAVAR certifica: Por escritura pública de fecha 11-12-2019, ante mí, ERHARD WENZEL YUNGE, ALEXANDER WENZEL YUNGE y JOHANNES WENZEL YUNGE, todos domiciliados para estos efectos en calle Juan Verdaguer número trescientos cincuenta y uno, comuna de Casablanca, Región de Valparaíso, constituyeron sociedad de responsabilidad limitada regida por la Ley N° 3.918, disposiciones legales pertinentes y en especial por sus estatutos: RAZON SOCIAL: "INVERSIONES JAE LIMITADA", nombre fantasía "Inversiones JAE".- DURACION: La duración de la Sociedad será indefinida. DOMICILIO: El domicilio de la Sociedad será la ciudad y comuna de Casablanca, Región de Valparaíso, sin perjuicio de que pueda establecer agencias, sucursales o establecimientos en otros lugares del país o en el extranjero. OBJETO: El giro u objeto de la sociedad será: La inversión de capitales, en toda clase de bienes muebles, corporales e incorporales, tales como acciones, promesas de acciones, bonos y debentures, planes de ahorro, cuotas o derechos en todo tipo de sociedades, comunidades o asociaciones y en toda clase de títulos o valores mobiliarios. Adquirir, enajenar y explotar toda clase de bienes inmuebles, en especial bienes raíces, rústicos o urbanos, explotarlos, directamente o por terceros, en cualquier forma, administrar por cuenta propia o ajena dichas inversiones, obtener rentas; formar parte en otras sociedades, modificarlas, asumir la administración de las mismas; y cualquier actividad de carácter civil relacionada, en la actualidad o en el futuro, con lo dicho; y cualquier otro negocio de similar naturaleza que acordaren los socios. La sociedad no podrá efectuar actividades que consistan en el comercio y distribución de bienes ni en la prestación de servicios. ADMINISTRACIÓN SOCIEDAD Y USO RAZON SOCIAL: ERHARD WENZEL YUNGE, ALEXANDER WENZEL YUNGE y JOHANNES WENZEL YUNGE, actuando conjuntamente dos cualesquiera de ellos, con las facultades y limitaciones señaladas en la escritura extractada. CAPITAL: El capital de la Sociedad es la suma de $3.000.000.- aportados en la siguiente forma: a) ERHARD WENZEL YUNGE, la suma de $1.000.200, que suscribe y paga en el acto de la escritura. b) ALEXANDER WENZEL YUNGE, la suma de $999.900 el que se suscribe y paga en el acto de la escritura. c) JOHANNES WENZEL YUNGE, la suma de $999.900 el que se suscribe y paga en el acto de la escritura. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Viña del Mar, 30 de diciembre de 2019.