CONSTITUCIÓN Empresa Individual de Responsabilidad Limitada

INMOBILIARIA MARIANA VILLA SALAZAR E.I.R.L.

RUT 11501309-7 CVE 1706965
Capital
$18.000 CLP
Fecha instrumento
30 de diciembre de 2019
Duración
Definida

Instrumento

Fecha
30 de diciembre de 2019
Notario
MARIA IGNACIA VASQUEZ ARANGO
Domicilio
Titular Esmirna Vidal Moraga

Sociedad

Capital
$18.000 CLP
Domicilio
Ciudad de Temuco
Duración
5 años fecha escritura, prórroga automática periodos iguales y sucesivos

Objeto social

El objeto de la empresa es la explotación de bienes raíces en cualquiera de sus formas

Administración

Corresponderá única y exclusivamente a doña Mariana Alejandra Villa Salazar.- Responsabilidad: Limitada monto

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

MARIA IGNACIA VASQUEZ ARANGO, Notario Público, Suplente de la Titular Esmirna Vidal Moraga, con oficio en Temuco, calle A. Varas Nº979, certifica: Por escritura pública de fecha 30.12.2019, ante mí, bajo el Rep. Nº10.236-19, doña MARIANA ALEJANDRA VILLA SALAZAR, quien declara ser chilena, comerciante, soltera, cédula de identidad número 11.501.309-7, de 50 años de edad, con domicilio en comuna de Vilcún, Sector Cajón calle Pehuén N ° 631, Brisas del Llaima, constituyó empresa individual de responsabilidad limitada, conforme Ley N º 19.857, bajo razón social “INMOBILIARIA MARIANA VILLA SALAZAR E.I.R.L.”, nombre de fantasía “INMOBILIARIA VILLA E.I.R.L.”. Objeto: El objeto de la empresa es la explotación de bienes raíces en cualquiera de sus formas.- Capital: Es la suma de $18.000.000 que la Constituyente entera aportando en dominio pleno, el siguiente inmueble: El sitio y casa número dos de la manzana H de una superficie aproximada de ciento veintinueve coma cuarenta y dos metros cuadrados, ubicado en calle Pehuén número seiscientos treinta y uno, de la Localidad de Cajón del “Conjunto Habitacional denominado Brisas del Llaima Etapa Tres-Uno, de la comuna de Vilcún, cuyos deslindes especiales son : NORTE: en siete coma noventa y cuatro metros con calle Pehuén; SUR: en siete coma noventa y cuatro metros con lote seis; ORIENTE: en dieciséis coma treinta metros con lote uno; y PONIENTE: en dieciséis coma treinta metros con lote tres.- El Titulo de dominio rola inscrito a fojas ocho mil treinta y uno numero siete mil novecientos treinta y nueve en el Registro de Propiedad del Segundo Conservador de Bienes Raíces de Temuco del año dos mil catorce; La Constituyente lo valoriza en la suma de dieciocho millones de pesos.; La entrega material del inmueble, se hace en este acto. El inmueble se aporta como especie o cuerpo cierto, en el estado en que actualmente se encuentra, con todos sus usos, derechos, costumbres y servidumbres, activas y pasivas, con sus contribuciones al día, con todo lo edificado y plantado, libre de embargo o litigio, sin perjuicio de una Hipoteca en favor del Banco Santander Chile que se encuentra inscrita a fojas dos mil cincuenta y uno numero mil ochocientos catorce en el registro de Hipotecas y Gravámenes del Segundo Conservador de Bienes de Temuco, del año dos mil catorce y una prohibición de enajenar en favor del mismo Banco ya individualizado inscrita a fojas cuatro mil ochenta y cinco número cuatro mil ochenta y dos en el Registro de Interdicciones y Prohibiciones del Segundo Conservador de Bienes Raíces de Temuco correspondiente al año dos mil catorce.- Administración y uso de la razón social: Corresponderá única y exclusivamente a doña Mariana Alejandra Villa Salazar.- Responsabilidad: Limitada monto aporte.- Duración: 5 años fecha escritura, prórroga automática periodos iguales y sucesivos.- Domicilio: Ciudad de Temuco.- Demás estipulaciones escritura extractada. Doy Fe. Temuco, 31 de Diciembre de 2019.-