Asesorías e Inversiones E&L Limitada
Instrumento
- Fecha
- 16 de diciembre de 2019
- Notario
- María Soledad Santos Muñoz
- Oficio
- 7ma. Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $1.456.891.346 CLP
- Domicilio
- La sociedad tendrá como domicilio la ciudad de Santiago
- Duración
- 5 años, prorrogable en forma tácita por períodos de igual
Objeto social
La sociedad tendrá por objeto la inversión de toda clase de bienes muebles corporales e incorporales, bienes raíces y sus derechos, su administración, compraventa, arriendo y explotación y toda otra actividad vinculada a la gestión de inversión y renta; inversiones de cualquier rama de la economía, sea en el sector público o privado; y en general de toda otra actividad o negocio relacionado con las anteriores, que los socios libremente acuerden
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalMaría Soledad Santos Muñoz, Notario Público Titular de la 7ma. Notaría de Santiago, domiciliada en calle Agustinas 1161, entrepiso, comuna de Santiago, certifico: Que, por escritura pública de fecha 16 de diciembre de 2019, ante mí, Fernando Elgueta Gálmez, Inversiones Seis E Limitada y Mónica Carlota Larraín Abascal, todos domiciliados en Puerta del Sol N°55, piso 3, comuna de Las Condes, Santiago, acordaron: Uno) Dividir sociedad en dos sociedades, siendo “Asesorías e Inversiones E&L Limitada.” la continuadora legal e “E y L Inversiones Limitada” la sociedad que se crea con motivo. Dos) A consecuencia de la división, el capital disminuye, pasando de $1.456.891.346.- a $1.157.306.253.-. La diferencia de $299.585.093.-, resultante de la referida disminución capital, es la cantidad que se asigna como capital a la nueva sociedad que nace de la división. Se modificó consistentemente cláusula de los estatutos relativa al capital social, por la siguiente “SEXTO: CAPITAL SOCIAL. El capital social será la suma de mil ciento cincuenta y siete millones trescientos seis mil doscientos cincuenta y tres pesos, el que es aportado por los socios en las siguientes proporciones: a) Fernando Elgueta Gálmez aportó la suma de mil treinta millones dos mil quinientos sesenta y cinco pesos, que corresponden al ochenta y nueve por ciento de los derechos sociales; b) doña Mónica Carlota Larraín Abascal, aportó la suma de veintitrés millones ciento cuarenta y seis mil ciento veinticinco pesos, que corresponden al dos por ciento de los derechos sociales; y c) “Inversiones Seis E Limitada”, aportó la suma de ciento cuatro millones ciento cincuenta y siete mil quinientos sesenta y tres pesos, que corresponden al nueve por ciento de los derechos sociales, todos completamente enterados en arcas sociales. El capital se encuentra íntegramente suscrito y pagado por los socios en las proporciones recién señaladas, con la parte del capital que éstos tenían en “ASESORÍAS E INVERSIONES E Y L LIMITADA”, antes de que ésta se dividiera, en conformidad al acuerdo que se establece por el presente documento.” Tres) Aprobar los estatutos de “E y L Inversiones Limitada”, de lo que extracto: Comparecen: Fernando Elgueta Gálmez, Inversiones Seis E Limitada, y Mónica Carlota Larraín Abascal, todos domiciliados en Puerta del Sol N°55, piso 3, comuna de Las Condes, Santiago. Razón social: “E y L Inversiones Limitada. Objeto: La sociedad tendrá por objeto la inversión de toda clase de bienes muebles corporales e incorporales, bienes raíces y sus derechos, su administración, compraventa, arriendo y explotación y toda otra actividad vinculada a la gestión de inversión y renta; inversiones de cualquier rama de la economía, sea en el sector público o privado; y en general de toda otra actividad o negocio relacionado con las anteriores, que los socios libremente acuerden. Duración: 5 años, prorrogable en forma tácita por períodos de igual duración. Domicilio: La sociedad tendrá como domicilio la ciudad de Santiago, sin perjuicio de otras sucursales dentro del país o en el extranjero. Capital: El capital social será la suma de $299.585.093 el que es aportado por los socios en las siguientes proporciones: a) Fernando Elgueta Gálmez, en su calidad de Empresario Individual, aportó la suma de $266.630.732, que corresponden al 89% por ciento de los derechos sociales; b) doña Mónica Carlota Larraín Abascal, en su calidad de Empresario Individual, aportó la suma de 5.991.702, que corresponden al 2% por ciento de los derechos sociales; y c) “Inversiones Seis E Limitada”, aportó la suma de $26.962.658, que corresponden al 9% por ciento de los derechos sociales, todos completamente enterados en arcas sociales. Administración y uso de razón social: La administración de la Sociedad y el uso de la razón social corresponderá a don Fernando Elgueta Gálmez, y sólo en ausencia de éste, situación que éste acreditará previo a su ausencia mediante declaración escrita cuya firma será autorizada ante notario, le corresponderá con las mismas facultades a doña Mónica Carlota Larraín Abascal. Responsabilidad de los Socios: La responsabilidad de los socios se limita al monto de sus respectivos aportes. Otras estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 27 de diciembre de 2019.