MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

TRANSPORTES CORDOVOX LIMITADA

RUT 76119540-9 CVE 1706496
Capital
$1.000.000 CLP
Fecha instrumento
18 de diciembre de 2019
Notaría
Santiago
Duración
Indefinida

Instrumento

Fecha
18 de diciembre de 2019
Repertorio
9856-2019
Notario
JOSE MANUEL CIFUENTES GUERRA
Domicilio
VALERIA RONCHERA FLORES
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$1.000.000 CLP
Duración
Indefinida

Objeto social

El objeto de la sociedad será la prestación de servicios de transporte de carga a terceros, directamente a través de su flota de vehículos, o bien a través del arriendo o comodato de éstos, y en general, toda actividad relacionada con el giro de transportes o acarreo terrestre, dentro o fuera del país, respecto de todo tipo de carga, por cuenta propia o ajena, pudiendo en definitiva efectuar todas las actividades que estén relacionadas directa o indirectamente con el objeto social y que los socios acuerden desarrollar.- Capital suscrito y pagado: $1.000.000, dividido en 1.000 acciones nominativas, sin valor nominal y de una misma serie, que se encuentran suscritas y pagadas íntegramente por el accionista y ya aportado a la sociedad transformada a que se refieren la escritura, entendiéndose por tanto ya ingresadas a la Caja Social, lo anterior en una proporción de: Don LISANDRO CRISTIAN LUCERO MUÑOZ con un diez por ciento de las acciones, esto es cien acciones, que corresponden a cien mil pesos; y don HUGO ANTONIO BRAVO FARIAS con un noventa por ciento de las acciones, eso es novecientas acciones, que corresponden a novecientos mil pesos

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

JOSE MANUEL CIFUENTES GUERRA, abogado, Notario público suplente de VALERIA RONCHERA FLORES, Notario Público Titular de la 10° Notaría de Santiago, con oficio en Agustinas 1235, Local 2, piso 1 y 2, comuna de Santiago, CERTIFICO: Que Por escritura 18/12/2019, ante la titular, Don LISANDRO CRISTIAN LUCERO MUÑOZ, chileno, casado, contador auditor, cédula de identidad número doce millones doscientos cincuenta y tres mil cuatrocientos tres guion cero; y don HUGO ANTONIO BRAVO FARIAS, chileno, casado, factor de comercio, cédula nacional de identidad número cinco millones cuatrocientos treinta y seis mil quinientos veinticinco, ambos comparecientes con domicilio sólo para estos efectos en calle La Concepción, número ochenta y uno, oficina trescientos cuatro, comuna de Providencia, Región Metropolitana, modificaron la sociedad “TRANSPORTES CORDOVOX LIMITADA”, constituida por escritura pública de fecha dieciocho de Marzo del dos mil cuatro, otorgada ante el Notario de Santiago don Cosme Fernando Gomila Gatica, y cuyo extracto se inscribió a Fojas once mil doscientos setenta y tres, Número ocho mil seiscientos tres del Registro de comercio de Santiago del año dos mil cuatro, y se publicó en el Diario Oficial de fecha diez de mayo del año dos mil cuatro. La modificación se efectuó en el siguiente sentido: TRANSFORMACIÓN: Se acordó por los socios de TRANSPORTES CORDOVOX LIMITADA: (A) Cambiar el tipo social de una sociedad de responsabilidad limitada a una sociedad por acciones, que se regirá por los estatutos que se acuerdan en la cláusula tercera siguiente, los artículos cuatrocientos veinticuatro y siguientes del Código de Comercio, y sólo en aquello que no se contraponga con su naturaleza, por las normas aplicables a las sociedades anónimas cerradas; (B) Dejar constancia que el capital de la Sociedad quedará distribuido al accionista de la sociedad transformada a prorrata de los derechos sociales de que es titular; (C) Dejar constancia que la Sociedad conserva su Rol Único Tributario, subsistiendo su personalidad jurídica de conformidad a lo dispuesto en el artículo ocho número trece del Código Tributario. En consecuencia, la sociedad de responsabilidad limitada que se transforma en sociedad por acciones es la misma persona jurídica, y por tanto, titular de todo el activo, responsable de todo el pasivo de la Sociedad, y dueña de la totalidad del patrimonio con el cual, hasta esta fecha, operó como TRANSPORTES CORDOVOX LIMITADA; y (D) Dejar constancia que al transformarse la Sociedad en una sociedad por acciones, quedarán sin efecto los actuales estatutos de la Sociedad, y que a contar de esta fecha, la sociedad por acciones en que se transforma la sociedad de responsabilidad limitada, que se regirá por los estatutos que se acuerdan en la cláusula tercera siguiente, los artículos cuatrocientos veinticuatro y siguientes del Código de Comercio, y sólo en aquello que no se contraponga con su naturaleza, por las disposiciones de la ley número dieciocho mil cuarenta y seis.- ESTATUTOS: Sociedad Por Acciones, bajo razón social “TRANSPORTES CORDOVOX SpA”. Pudiendo usar como nombre de fantasía “CORDOVOX SpA”; Objeto: El objeto de la sociedad será la prestación de servicios de transporte de carga a terceros, directamente a través de su flota de vehículos, o bien a través del arriendo o comodato de éstos, y en general, toda actividad relacionada con el giro de transportes o acarreo terrestre, dentro o fuera del país, respecto de todo tipo de carga, por cuenta propia o ajena, pudiendo en definitiva efectuar todas las actividades que estén relacionadas directa o indirectamente con el objeto social y que los socios acuerden desarrollar.- Capital suscrito y pagado: $1.000.000, dividido en 1.000 acciones nominativas, sin valor nominal y de una misma serie, que se encuentran suscritas y pagadas íntegramente por el accionista y ya aportado a la sociedad transformada a que se refieren la escritura, entendiéndose por tanto ya ingresadas a la Caja Social, lo anterior en una proporción de: Don LISANDRO CRISTIAN LUCERO MUÑOZ con un diez por ciento de las acciones, esto es cien acciones, que corresponden a cien mil pesos; y don HUGO ANTONIO BRAVO FARIAS con un noventa por ciento de las acciones, eso es novecientas acciones, que corresponden a novecientos mil pesos.- Duración: Indefinida. Ministro de Fe: Otorgada en Santiago, a 23 de diciembre de 2019, ante el Notario Público don JOSE MANUEL CIFUENTES GUERRA, SUPLENTE DE LA TITULAR VALERIA RONCHERA FLORES. Escritura Pública Repertorio N°9.856-2019 Demás estipulaciones escritura extractada, donde se faculta al portador inscribir el presente extracto. – Santiago 27 de diciembre de 2019.