Servicios Médicos Aragonese y Compañía Limitada
Instrumento
- Fecha
- 19 de diciembre de 2019
- Repertorio
- 7586-2019
- Notario
- Raúl Undurraga Laso
- Oficio
- 29ª Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $600.000 CLP
- Domicilio
- El domicilio de la sociedad es la ciudad de Santiago, dentro del territorio jurisdiccional de los juzgados de letras en lo civil con asiento en la comuna de Santiago
- Duración
- La duración de la sociedad será de 5 años, a contar de la fecha de este instrumento, y se prorrogará, tácitamente, por períodos iguales y sucesivos
Objeto social
La sociedad tendrá por objeto prestar toda clases de servicios o asesorías profesionales en el área de la salud, y la inversión en toda clase de bienes muebles e inmuebles, corporales e incorporales, valores mobiliarios, compra y venta de esos bienes y derechos, y toda actividad relacionada directa o indirectamente con las anteriores
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalRaúl Undurraga Laso, Notario Público Titular de la 29ª Notaría de Santiago, con oficio en Mac Iver 225, oficina 302, comuna de Santiago, certifica: Por escritura pública repertorio N° 7586-2019, otorgada ante mí con fecha 19 de Diciembre de 2019, don JORGE ROLANDO CONCHA RODRÍGUEZ, chileno, viudo, profesor, cédula de identidad número 4.194.559-1; doña MARÍA ANGÉLICA CONCHA ALEGRÍA, chilena, casada, secretaria, cédula de identidad número 8.730.840-5; don JORGE ALEJANDRO CONCHA ALEGRÍA, chileno, soltero, administrativo, cédula de identidad número 8.730.918-5; don CARLOS EDUARDO ARAGONESE CAMPAÑA, chileno, casado, médico cirujano, cédula de identidad número 10.073.508- 3; don NICOLÁS ANDRÉS ARAGONESE CAMPAÑA, chileno, soltero, mecánico, cédula de identidad número 17.574.966-7; y doña ISIDORA IGNACIA ARAGONESE CONCHA, chilena, soltera, estudiante, cédula de identidad número 20.782.177-2; todos domiciliados en El Aguilucho 3.021, departamento 709, comuna de Providencia, Región Metropolitana, constituyeron una sociedad de responsabilidad limitada cuyos estatutos se extracta: Nombre: Servicios Médicos Aragonese y Compañía Limitada, pudiendo usar como nombre de fantasía “Aragonese Servicios Médicos Ltda.”. Objeto: La sociedad tendrá por objeto prestar toda clases de servicios o asesorías profesionales en el área de la salud, y la inversión en toda clase de bienes muebles e inmuebles, corporales e incorporales, valores mobiliarios, compra y venta de esos bienes y derechos, y toda actividad relacionada directa o indirectamente con las anteriores. Capital: El capital de la sociedad es la suma de 600.000 pesos, que los socios han aportado y pagado en dinero efectivo en la siguiente forma: (a) La suma de 100.000 pesos, correspondientes a un 16,67 por ciento del capital social, por don Jorge Rolando Concha Rodríguez; (b) La suma de cien mil pesos, correspondientes a un 16,67 por ciento del capital social, por doña María Angélica Concha Alegría; (c) La suma de cien mil pesos, correspondientes a un 16,67 por ciento del capital social, por don Jorge Alejandro Concha Alegría; (d) La suma de cien mil pesos, correspondientes a un 16,67 por ciento del capital social, por don Carlos Eduardo Aragonese Campaña; (e) La suma de cien mil pesos, correspondientes a un 16,66 por ciento del capital social, por don Nicolás Andrés Aragonese Campaña; y (f) La suma de cien mil pesos, correspondientes a un 16,66 por ciento del capital social, por doña Isidora Ignacia Aragonese Concha. Domicilio: El domicilio de la sociedad es la ciudad de Santiago, dentro del territorio jurisdiccional de los juzgados de letras en lo civil con asiento en la comuna de Santiago, sin perjuicio de que pueda establecer agencias, representaciones, sucursales o establecimientos en otros puntos del país y en el extranjero. Administración y uso de razón social: La administración y representación de la sociedad y el uso de la razón social corresponderán a don Carlos Eduardo Aragonese Campaña, quien, separada e individualmente, podrán ejercerla de forma personal o por medio de mandatarios especialmente designados al efecto, según la escritura extractada. Duración: La duración de la sociedad será de 5 años, a contar de la fecha de este instrumento, y se prorrogará, tácitamente, por períodos iguales y sucesivos. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Se facultó portador extracto para legalización. Raúl Undurraga Laso, notario público titular de la 29° Notaría de Santiago, Santiago, 23 de Diciembre de 2019.