MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

RENTA E INVERSIONES SANTA FE LIMITADA

RUT 76133909-5 CVE 1706681
Fecha instrumento
30 de diciembre de 2019

Instrumento

Fecha
30 de diciembre de 2019
Notario
JORGE ELIAS TADRES HALES
Domicilio
Temuco

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

JORGE ELIAS TADRES HALES, Notario Público Temuco, oficio en esta ciudad A. Varas Nº 976, certifico: por escritura pública fecha veinticuatro de Diciembre de dos mil diecinueve, ante mí, JULIO CESAR SEPÚLVEDA HURTADO, nacionalidad chilena, corredor de propiedades, casado y separado totalmente de bienes, cedula nacional de identidad número nueve millones setecientos treinta y seis mil trescientos sesenta y cuatro guion uno; JENNY ELIZABETH RIVAS RENDEL, nacionalidad chilena, administradora, casada, y separada totalmente de bienes, cedula nacional de identidad número ocho millones seiscientos ochenta y ocho mil ciento sesenta y siete guion cinco; VICTORIA ANDREA SEPÚLVEDA RIVAS, nacionalidad chilena, soltera, estudiante, cedula nacional de identidad número dieciocho millones setecientos veintiún mil trescientos sesenta y seis guion cinco; ESTEBAN ANDRÉS SEPÚLVEDA RIVAS, nacionalidad chilena, soltero, estudiante, cedula nacional de identidad número dieciocho millones ciento cuarenta y ocho mil ochocientos cincuenta y ocho guion uno; ISABEL ALEJANDRA SEPÚLVEDA RIVAS, nacionalidad chilena, soltera, estudiante, cedula nacional de identidad número veinte millones ochenta mil doscientos trece guion seis, todos con domicilio en calle Antonio varas número seiscientos ochenta y siete oficina ochocientos ocho de la ciudad de Temuco, expusieron que por escritura pública de fecha veintiséis de enero del año dos mil once, firmada y autorizada ante notario público de la ciudad de Temuco don RODRIGO SANHUEZA RÍOS, abogado, notario público de la agrupación de comunas de Temuco, padre las casas, Freire, Vilcun, Cunco, y Melipeuco con oficio en calle Arturo Prat número setecientos setenta, suplente del titular don JUAN ANTONIO LOYOLA OPAZO, don JULIO CESAR SEPÚLVEDA HURTADO y doña JENNY ELIZABETH RIVAS RENDEL, constituyeron una sociedad de responsabilidad limitada cuyo nombre o razón social es: “RENTA E INVERSIONES SANTA FE LIMITADA”, y nombre de fantasía; “SANTA FE LTDA”, Rol Unico Tributario número setenta y seis millones ciento treinta y tres mil novecientos nueve guion cinco. El extracto de dicha escritura de constitución se publicó en diario oficial en la edición número treinta y nueve mil ochocientos setenta y siete con fecha cuatro de febrero del año dos mil once y se inscribió en el registro de comercio de la ciudad de Temuco a fojas ciento cincuenta y seis número ciento sesenta y siete de fecha diez de febrero de dos mil once. La sociedad ha sido modificada en solo una oportunidad siendo esta realizada por escritura pública de fecha siete de marzo del año dos mil trece otorgada en la notaria Jorge Elías Tadres Hales de la ciudad de Temuco, cuyo extracto fue inscrito a fojas quinientos setenta y siete vuelta bajo el número cuatrocientos sesenta y tres en el registro de comercio del año dos mil trece a cargo del conservador de bienes raíces de la ciudad de Temuco, don Iván Uribe Sepúlveda y publicado en el diario oficial en su edición cuarenta mil quinientos cinco de fecha nueve de marzo de dos mil trece. PRESENTE MODIFICACION: La socia Jenny Elizabeth Rivas Rendel con el acuerdo de los socios, don Julio Cesar Sepúlveda Hurtado, don Esteban Andrés Sepúlveda Rivas, vende, cede y transfiere la totalidad de sus acciones y/o participación social en la sociedad las que equivalen a un cuarenta y cinco por ciento del capital social con un valor a la fecha de cuatro millones quinientos mil pesos; esto es, un veinticinco por ciento para el socio don Julio Cesar Sepúlveda Hurtado equivalentes a dos millones quinientos mil pesos que serán pagados en veinticinco cuotas de cien mil pesos; un diez por ciento para el socio don Esteban Andrés Sepúlveda Rivas equivalentes a un millón de pesos que serán pagados en veinticinco cuotas de cuarenta mil pesos y un diez por ciento a Isabel Alejandra Sepúlveda Rivas equivalentes a un millón de pesos que igualmente serán pagados en veinticinco cuotas de cuarenta mil pesos; Separadamente, la socia Victoria Andrea Sepúlveda Rivas vende, cede y transfiere a doña Isabel Alejandra Sepúlveda Rivas su cinco por ciento de las acciones y/o participación social en la sociedad equivalentes a quinientos mil pesos que serán pagados en veinticinco cuotas de veinte mil pesos, quien se incorpora como socia con un quince por ciento del capital social quedando limitada la responsabilidad de cada uno de los socios hasta el monto de sus respectivos aportes. Respecto de las cesiones anteriores los adquirentes se obligan consensualmente a pagar en cuotas sus respectivas acciones, en efectivo y en moneda nacional o con cargo a utilidades según las necesidades de la sociedad sus respectivos montos. Conforme realizadas las cesiones anteriores “RENTA E INVERSIONES SANTA FE LIMITADA” cuyo nombre de fantasía es “SANTA FE LTDA”, queda conformada por; don Julio Cesar Sepúlveda Hurtado queda con una participación del setenta por ciento del capital social equivalente a siete millones de pesos, don Esteban Andrés Sepúlveda Rivas con un quince por ciento del capital social equivalente a un millón quinientos mil pesos, doña Isabel Alejandra Sepúlveda Rivas quien se incorpora como socia con un quince por ciento del capital social equivalentes a un millón quinientos mil pesos. Administración, Representación y Uso Razón Social: Con el acuerdo de cada uno de los socios comparecientes, vienen en modificar la sociedad antes individualizada, en lo que se refiere a la administración, representación y uso de la razón social, quedando como único administrador don Julio Cesar Sepúlveda Hurtado en los términos y condiciones que se señalaran en la cláusula siguiente. A contar de la fecha de firma de la presente modificación al pacto social, el socio Julio Cesar Sepúlveda Hurtado sin previa autorización de los socios, según lo estime conveniente para los intereses sociales, sin perjuicio de poder ser objetada sus actuaciones, siempre anteponiendo la razón social a su firma, podrá representar y obligar a la sociedad con las más amplias facultades, también celebrar y ejecutar todos los actos jurídicos, contratos, negocios y operaciones concernientes al giro u objeto social de la sociedad o que se relacionen directa o indirectamente con dicho giro o que permitan o accedan a su explotación. En caso de incapacidad sobreviniente tales como enajenación mental, interdicción el o fallecimiento del socio administrador, la administración y uso de la razón social pasará de pleno derecho a los socios, Esteban Andrés Sepúlveda Rivas e Isabel Alejandra Sepúlveda Rivas, quienes podrán comparecer en la misma forma que el socio administrador fallecido, de manera conjunta o separadamente como lo estimen conveniente a los intereses sociales. Lo no modificado por escritura extractada, permanece vigente en todas sus partes. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Temuco, 30 de Diciembre de 2019.