GRAFICA PHARMAPRESS LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 5 de diciembre de 2019
- Comuna
- Santiago
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalJuan Ricardo San Martin Urrejola, Titular 43° Notaría Santiago, Huérfanos N° 835 piso 18, certifica: Por escritura pública de fecha 5 de diciembre de 2019, ante mí, doña PATRICIA DEL CARMEN ROSS HURTADO, por sí y en representación de INMOBILIARIA SANTA ELENA S.A., ambos con domicilio para estos efectos en calle Presidente Riesco número 2979, departamento 901, comuna de Las Condes, Santiago; y don DANIEL ALFONSO SILVA MONTT, domiciliado en Parcela 10, comuna de Vilcún, Región de la Araucanía; modificaron la sociedad GRAFICA PHARMAPRESS LIMITADA, inscrita fojas 57.337 número 39.938 del año 2012 en Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, en cuanto, don Daniel Alfonso Silva Montt con expreso consentimiento de todos los otros socios, vende, cede y transfiere a Inmobiliaria Santa Elena S.A., todos los derechos sociales que tiene en la sociedad GRAFICA PHARMAPRESS LIMITADA, retirándose en consecuencia de ésta última. Como consecuencia de la cesión antes referida, don Daniel Alfonso Silva Montt sale de la sociedad y quedan como socio de GRAFICA PHARMAPRESS LIMITADA, doña Patricia del Carmen Ross Hurtado, con un cero coma ochenta y dos por ciento del capital social; e Inmobiliaria Santa Elena S.A., con un noventa y nueve coma dieciocho por ciento del capital social. Asimismo, se modificó el Articulo Cuarto de los estatutos referente a la administración de la sociedad, por la siguiente: a) “ARTICULO CUARTO: La representación, administración de la Sociedad y el uso de su razón social corresponderá a INMOBILIARIA SANTA ELENA S.A. quien actuará a través de los apoderados legalmente designados. El administrador, tendrá las más amplias facultades de administración y disposición pudiendo ejercer la representación judicial y extrajudicial de la Sociedad, en todos los asuntos, negocios, operaciones, gestiones, actuaciones, juicios, actos, contratos, etcétera, que digan relación con su objeto social o sean necesarios o conducentes a sus fines. En todo lo no modificado expresamente permanece vigente estatuto social primitivo y sus modificaciones.- Santiago, 16 de diciembre de 2019.-