EL ALAMEIN S.A.
Instrumento
- Fecha
- 17 de diciembre de 2019
- Notario
- MYRIAM ELIZABETH MARIELA AMIGO ARANCIBIA
- Oficio
- 21 Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $1.000.000 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalMYRIAM ELIZABETH MARIELA AMIGO ARANCIBIA, Notario Público Titular, 21 Notaría de Santiago, Huérfanos 578, Santiago, certifica, por escritura pública de fecha17/12/2019, Repertorio número 24.162/2019, ante mí, se redujo a escritura pública Acta Junta Extraordinaria de Accionistas de EL ALAMEIN S.A., sociedad anónima cerrada, RUT: 76.882.647-1, sociedad constituida en un principio como sociedad por acciones, la que consta, por escritura pública otorgada ante el Notario de San Miguel don Jorge Reyes Bessone, con fecha 03 de enero de 2018, cuyo extracto se inscribió a fojas 2.332 Número 1.291 del Registro de Comercio del CBR de Santiago del año 2018. Posteriormente, fue transformada a una sociedad anónima, por escritura pública otorgada en la Notaría de Santiago de doña Myriam Amigo Arancibia, con fecha 22 de octubre de 2019, cuyo extracto se inscribió a fojas 88.057 Número 43.311 del Registro de Comercio del CBR de Santiago del año 2019. Actuales accionistas de EL ALAMEIN S.A., acordaron por unanimidad lo siguiente: Aumento de Capital: Se acordó aumentar el capital social desde la suma de $1.000.000.- dividido en 100 acciones ordinarias, nominativas, de una misma serie y sin valor nominal, a la suma de $7.397.343, mediante la emisión de 640 nuevas acciones de pago, ordinarias, nominativas, de una misma serie y sin valor nominal. Aumento de capital íntegramente suscrito y pagado según escritura extractada. Como consecuencia se modifica: ARTÍCULO QUINTO, del estatuto social, dejándolo sin efecto y reemplazándolo por el siguiente: “ARTÍCULO QUINTO: El capital de la Sociedad es de $7.397.343 dividido en 740 acciones ordinarias, nominativas, de una misma serie y sin valor nominal, las que se suscriben y pagan en la forma que señala en artículo tercero transitorio, de estos estatutos. El capital y el valor de las acciones se entenderán modificados de pleno derecho, cada vez que la Junta Ordinaria de Accionistas apruebe el balance del ejercicio. El balance deberá expresar el nuevo capital y el valor de las acciones resultantes de la distribución del capital propio.” Otras modificaciones que no son materia de extracto. En lo no modificado permanecen vigentes demás estipulaciones del Pacto Social. Diciembre 23 de 2019. nrs.-