Instrumento
- Fecha
- 12 de diciembre de 2019
- Notario
- GUILLERMO VALENZUELA LEON
- Oficio
- titular de la 3 Notaria de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $4.500.000 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalGUILLERMO VALENZUELA LEON, Abogado, Notario Público, suplente del titular de la 3 Notaria de Santiago, don GABRIEL OGALDE RODRIGUEZ, con oficio en Avenida Libertador Bernardo O’Higgins N°3.425, Estación Central, certifico que por escritura publica de hoy ante mí, don EDGAR ALBERTO QUINTERO NATERA, Mujica N°55, Departamento N°1011, comuna y ciudad de Santiago; don JOSE LUIS SALAMANCA SUAREZ, Diagonal Oriente N°5.175, Departamento N°101, Ñuñoa, y don JOHNNYS JOSE LOPEZ GOITIA, Morandé N°626 Santiago, han convenido en formar una sociedad comercial de responsabilidad limitada, Objetos de la empresa serán: a) La compraventa, al mayor y al detalle, distribución, almacenamiento, depósitos, importación, exportación, arrendamiento, mantenimiento, intermediación, preparación y/o producción de artículos de consumo humano, de embutidos, carnes, pollos, cerdos, venta de enlatados, y otros afines; b) El ejercicio de la actividad comercial en sus formas más amplias y, en especial, la compraventa, importación, exportación, distribución y comercialización de toda clase de bienes, por cuenta propia o ajena, la representación de empresas nacionales y extranjeras y cualquier otro acto o negocio lícito que derive de los anteriores, los complemente o sea una consecuencia de los mismos, u otros que los socios acuerden; c) La compraventa, exportación, importación, intermediación y transporte -en vehículos propios o ajenos- distribución y representación de firmas nacionales o extranjeras; comercialización, compraventa, con o sin comisión, promoción, por cuenta propia o ajena, de toda clase de bienes relacionados con el consumo humano; d) La fabricación y la manufactura de toda clase de artículos relacionados con el consumo humano, la importación y exportación, distribución y venta, al por mayor y al detalle, de materias primas y de los productos que elabore la sociedad; la adquisición y enajenación de toda clase de bienes muebles e inmuebles, derechos, privilegios, patentes de invención o marcas registradas; el uso de las licencias que les sean permitidas, directa o indirectamente relacionadas con el rubro señalado; y cualquier otro acto o negocio lícito que derive de los anteriores, los complemente o sea una consecuencia de los mismos, u otros que los socios acuerden; e) El objeto de la sociedad es la construcción, instalación, explotación, el tomar y dar en arrendamiento establecimientos de restaurante, bar y centro de eventos, o cualquiera clase de establecimiento público en donde se sirvan comidas preparadas y bebidas, alcohólicas y analcohólicas, para ser consumidas en el mismo local o para llevar; y para la organización de servicios de banquetes y producción de eventos en general, en locales propios o ajenos; y cualquier otro acto o negocio lícito que derive de los anteriores, los complemente o sea una consecuencia de los mismos, u otros que los socios acuerden. Nombre de la sociedad será COMPRANDO.CL LIMITADA, pudiendo usar para fines comerciales y ante cualesquiera personas, jurídicas y naturales, especialmente con bancos e instituciones financieras el nombre de fantasía de COMPRANDO.CL LTDA. Administración de la sociedad y el uso de la razón social corresponderá a don JOHNNYS JOSE LOPEZ GOITIA, quienes anteponiendo a su firma la razón social, podrá representarla y obligarla en toda clase de actos y contratos con las más amplias facultades. Capital social es la suma de $4.500.000, a razón de $1.500.000, por cada socio, aportados en este acto y en dinero efectivo. Los socios limitan su responsabilidad hasta el monto de sus respectivos aportes. La sociedad comenzará a regir con esta fecha y tendrá una duración de 10 años, renovable tácita y sucesivamente por períodos iguales de 5 años, si ninguno de los socios manifestare su voluntad de ponerle término mediante escritura pública, la que se deberá anotar en el Registro de Comercio al margen de la inscripción social con seis meses de anticipación, a lo menos, al vencimiento del plazo en vigencia y notificarla a su consocio mediante carta certificada con igual antelación. El domicilio de la sociedad será la ciudad de Santiago, sin perjuicio de las agencias o sucursales que pueda establecer dentro del país o en el extranjero. Santiago, 12-12-2019.-