COMERCIAL AMC CHILE LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 10 de diciembre de 2019
- Notario
- Cosme Fernando Gomila Gatica
- Oficio
- 4° Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalCosme Fernando Gomila Gatica, Notario Público 4° Notaría de Santiago, oficio en Ahumada N° 341, 4° piso, Santiago, certifico: por escritura pública de fecha 10/12/2019, REPERTORIO Nº17668/2019, ANTE MI, compareció doña Ana Olga Mejías Catil, rut 11.973.097-k, domiciliada en Luis Beltrán 1017, Pudahuel, doña Mónica Cristina Retamales Catalán, rut 12.860.965-2, domiciliada en Las Peñas 8926, Pudahuel, y don Luis Álvaro Espinoza Bravo, rut 15.422.523-4, domiciliado en Luis Beltrán 1017, Pudahuel, modificaron sociedad de responsabilidad limitada “COMERCIAL AMC CHILE LIMITADA”, constituida por escritura pública con fecha 21 de noviembre del año 2011, ante don Eulogio Baeza Gutierrez, titular de la primera notaría de Quinta Normal, inscrita a fojas 69.306, N° 50.717, del año 2011 en el Registro de comercio del conservador de bienes raíces de Santiago. Modificaciones consisten en: A) Doña Mónica Cristina Retamales Catalán vende, cede y transfiere a don Luis Álvaro Espinoza Bravo, quien compra, acepta y adquiere para sí el cien por ciento de los derechos sociales que ésta tiene en la sociedad “COMERCIAL AMC CHILE LIMITADA”. El precio de la cesión es la suma de cien mil pesos, que se paga en este acto, al contado, en dinero en efectivo. Como consecuencia de la cesión antes indicada, quedan a esta fecha, como únicos socios de la sociedad “COMERCIAL AMC CHILE LIMITADA”, doña Ana Olga Mejías Catil con un cincuenta por ciento de los derechos sociales y don Luis Álvaro Espinoza Bravo, con un cincuenta por ciento de los derechos sociales. B) Don Daniel Isaías Rojas Contreras, renuncia expresamente a ejercer la administración y representación de la sociedad, así como el uso de la razón social, conforme a todas las atribuciones conferidas en la cláusula Cuarta de la escritura de constitución de la sociedad “COMERCIAL AMC CHILE LIMITADA”. Como consecuencia de la renuncia mencionada recientemente, los socios vienen en modificar la cláusula Cuarta de la escritura de constitución de la sociedad “COMERCIAL AMC CHILE LIMITADA”, en el sentido de que la administración y representación de la sociedad, así como el uso de la razón social, conforme a todas las atribuciones conferidas en la cláusula Cuarta mencionada, queda radicada exclusivamente en don Luis Álvaro Espinoza Bravo. Queda vigente pacto social en todo lo demás. PAM.