MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

CENTRO DE ATENCIÓN INTEGRAL LIMITADA

RUT 77092948-2 CVE 1706093
Capital
$4.000.000 CLP
Fecha instrumento
6 de noviembre de 2019

Instrumento

Fecha
6 de noviembre de 2019
Repertorio
1839
Notario
ante don GONZALO MIGUEZ NUÑEZ
Domicilio
Tome

Sociedad

Capital
$4.000.000 CLP

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

Por escritura pública en Repertorio N° 1.839, de fecha 06 de Noviembre de 2019, ante don GONZALO MIGUEZ NUÑEZ, Notario Público Titular de Tome, comparecen don MICHAEL NELSON PINTO MARDONES, Rut 15.177.319-2 con domicilio en calle Julio Montt 1092, comuna de Tomé y doña CECILIA NATALIA FLORES HORMAZÁBAL, Rut 16.140.565-5, con domicilio en calle La Marina número 1347, comuna de Tomé; don CÉSAR ALEXIS CUEVAS VERGARA, chileno, Rut 16.900.710-8, domiciliado en La Marina número 1347, comuna de Tomé, modificaron la constitución de la Sociedad CENTRO DE ATENCIÓN INTEGRAL LIMITADA, en cuanto a que don MICHAEL NELSON PINTO MARDONES, vendió, cedió y transfirió a doña CECILIA NATALIA FLORES HORMAZÁBAL, quien aceptó y adquirió para sí, el cien por ciento de las acciones, derechos y participación en la SOCIEDAD CENTRO DE ATENCIÓN INTEGRAL LIMITADA, Rut 77.092.948-2, que a don Michael Nelson Pinto Mardones le corresponden a esta fecha y que alcanza al veinticinco por ciento del capital social. Capital Social $4.000.000. El precio de la cesión de derechos singularizados precedentemente, es la suma total de $1.000.000 pesos, los que se pagan por medio de este acto, al contado y en dinero efectivo recibiendo conforme el cedente vendedor de la cesionaria Los comparecientes cedente y adquirente declaran pagado el precio de la presente cesión para todos los efectos legales. En consecuencia a partir de esta fecha sale de la sociedad don Michael Nelson Pinto Mardones, y quedan como únicos y actuales socios doña Cecilia Natalia Flores Ormazábal y don César Alexis Cuevas Vergara, manteniendo su participación social el socio don César Alexis Cuevas Vergara con un setenta y cinco por ciento del capital sociale incorporando a doña Cecilia Natalia Flores Ormazábal y que alcanza a un veinticinco por ciento del capital social. Demás estipulaciones contenidas en el pacto social se mantienen en su integridad. En lo no tratado y modificado se rige por el acuerdo original de los socios en su respectivo acto constitutivo.- Demás cláusulas constan escritura extractada.- Doy Fe.- Tomé, 19 de Diciembre de 2019.