CONSTITUCIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

TRANSPORTES CANCINO E HIJOS LIMITADA

RUT 7268676-4 CVE 1705721
Capital
$30.000.000 CLP
Fecha instrumento
27 de diciembre de 2019

Instrumento

Fecha
27 de diciembre de 2019
Notario
FERNANDO COLOMA AMARO
Domicilio
para las comunas de San Javier y Villa Alegre

Sociedad

Capital
$30.000.000 CLP
Ley aplicable
ley 3.918

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

FERNANDO COLOMA AMARO, Abogado, Notario Público Titular, para las comunas de San Javier y Villa Alegre, con oficio en esta ciudad, calle Sargento Aldea N° 2625, certifica. Por escritura pública de fecha 27 de diciembre de 2019, ante mí: HÉCTOR PATRICIO CANCINO FLORES, chileno, transportista, cédula nacional de identidad número 7.268.676-4, casado, REINALDO PATRICIO CANCINO CANCINO, chileno, empleado, soltero, cédula nacional de identidad número 16.792.898-6, y MARÍA ALEJANDRA CANCINO CANCINO, chilena, empleada, soltera, cédula nacional de identidad número 17.147.397-7, todos domiciliados en calle Eleuterio Ramírez N° 2218, comuna de San Javier, constituyeron sociedad de responsabilidad limitada regida por estipulaciones del citado contrato, por disposiciones ley 3.918 y demás normas legales supletorias del Código Civil, cuya razón social será “TRANSPORTES CANCINO E HIJOS LIMITADA, pudiendo usar el nombre de fantasía “TRANSCANCINO LTDA.”. El objeto de la sociedad será la explotación del giro del transporte terrestre de carga de todo tipo de materiales, mercaderías o sustancias, se encuentren éstas como líquidos, sólidos o gaseosos, tanto en el país como en el extranjero, ya sea en vehículos propios de la sociedad, de los socios o de terceros, por intermedio de contratos de comodato, arrendamientos u otros. Sin perjuicio de lo anterior podrá incursionar en otros negocios relacionados con el giro social, tales como la compra y venta de bienes raíces y vehículos; arriendo de los mismos, participar en otras personas jurídicas de cualquier tipo y objeto, incluso sociedades, y ejercer todas las facultades que en ellas corresponden a los miembros, socios o accionistas, incluso asumiendo la administración y representación de tales entidades; y en general, todas las otras actividades que los socios acuerden efectuar a futuro, sin que sea necesario acreditar este hecho ante terceros.- El capital social es la suma de $30.000.000.- (treinta millones de pesos), que los socios aportan, enteran y pagan a la sociedad de la siguiente forma: 1) HÉCTOR PATRICIO CANCINO FLORES, aportará la suma de $27.000.000.- (veintisiete millones de pesos) equivalente a un 90% del capital social, que aportará, enterará y pagará de la siguiente forma: a) con la suma de $3.000.000.- (tres millones de pesos), que son pagados al contado, en dinero efectivo, ingresando a la caja social, y el saldo de $24.000.000.- (veinticuatro millones de pesos) a medida que las necesidades sociales lo requieran y en todo caso en un plazo máximo de tres años a contar de esta fecha; 2) REINALDO PATRICIO CANCINO CANCINO, aporta la suma de $1.500.000.- (un millón quinientos mil pesos) equivalente a un 5% del capital social, que aporta, entera y paga al contado, en dinero efectivo, ingresando a la caja social, quedado íntegramente pagado su aporte; 3) MARÍA ALEJANDRA CANCINO CANCINO, aporta la suma de $1.500.000.- (un millón quinientos mil pesos) equivalente a un 5% del capital social, que aporta, entera y paga al contado, en dinero efectivo, ingresando a la caja social, quedado íntegramente pagado su aporte.- Los socios limitan su responsabilidad hasta el monto de sus aportes y las utilidades y pérdidas se distribuirán entre los socios en proporción a sus aportes, esto es, HÉCTOR PATRICIO CANCINO FLORES, un noventa por ciento (90%) de participación o derechos en la sociedad, REINALDO PATRICIO CANCINO CANCINO, un cinco por ciento (5%) de participación o derechos en la sociedad, y MARÍA ALEJANDRA CANCINO CANCINO, un cinco por ciento (5%) de participación o derechos en la sociedad.- El plazo de duración de la sociedad será diez años prorrogables por periodos de cinco años. La administración de la sociedad, el uso de razón social y representación, corresponderá al socio HÉCTOR PATRICIO CANCINO FLORES, con amplias facultades.- Demás antecedentes en escritura extractada.- San Javier, 27 de diciembre de 2019.