Noatum Logistics Holding Chile SpA
Instrumento
- Fecha
- 10 de diciembre de 2019
- Repertorio
- 67188/2019
- Notario
- ÁLVARO GONZÁLEZ SALINAS
- Oficio
- 42a Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $1.000 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalÁLVARO GONZÁLEZ SALINAS, abogado, Notario Público, Titular de la 42a Notaría de Santiago, con oficio en calle Agustinas N°1.070, piso 2, comuna de Santiago, certifico: que por escritura pública de fecha 10 de diciembre de 2019, bajo el Repertorio N°67.188/2019, otorgada ante mí, Noatum Logistics, S.L.U., en su calidad de único y actual accionista de Noatum Logistics Holding Chile SpA (la “Sociedad”) acordó modificar los estatutos de la Sociedad inscritas a fojas 81.816, número 53.741 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago correspondiente al año 2013. En escritura extractada se acordó: 1) Aumentar el capital de la Sociedad, de la suma de $1.000.000 dividido y representado por 1.000 acciones ordinarias, nominativas, de una sola serie sin valor nominal, de igual valor cada una, cantidad íntegramente suscrita y pagada, a la suma de $310.633.750, dividido y representado por 310.633 acciones ordinarias, nominativas, de una sola serie sin valor nominal, de igual valor cada una. Este aumento de capital se efectuó en el acto de escritura extractada mediante la emisión de 309.633 acciones ordinarias, nominativas, de una sola serie sin valor nominal, de igual valor cada una, en adelante las “Nuevas Acciones”, las que son emitidas y ofrecidas preferentemente en este mismo acto a Noatum Logistics, S.L.U. como único accionista la Sociedad. El aumento de capital antes mencionado se paga en este acto mediante la capitalización de la cuenta denominada “futuro aumento de capital” que registra a su favor en la contabilidad de la Sociedad, la cual fue avaluada por el accionista en la suma de $309.633.750, quedando las acciones íntegramente suscritas y pagadas; 2) Modificar y reemplazar el Artículo Quinto Permanente y el Artículo Único Transitorio de los estatutos sociales en los términos que se indican a continuación: “Artículo Quinto: Capital. El capital de la Sociedad es la suma de trescientos diez millones seiscientos treinta y tres mil setecientos cincuenta pesos y se encuentra dividido en trescientos diez mil seiscientos treinta y tres acciones ordinarias, nominativas, de una sola serie, sin valor nominal, de igual valor cada una. El capital se suscribe y paga en la forma establecida en los artículos transitorios de los estatutos de la Sociedad.”. “Artículo Único Transitorio: Pago y Suscripción de las Acciones. El capital de la Sociedad es la suma de trescientos diez millones seiscientos treinta y tres mil setecientos cincuenta pesos dividido• en trescientos diez mil seiscientos treinta y tres acciones ordinarias, nominativas, de una sola serie, sin valor nominal, de igual valor cada una; que se ha suscrito y pagado de la siguiente forma: Uno/ con la suma de un millón de pesos dividido en mil acciones ordinarias, nominativas, de una sola serie, sin valor nominal, de igual valor cada una, íntegramente suscrita y pagada; y Dos/ con la suma de trescientos nueve millones seiscientos treinta y tres mil setecientos cincuenta pesos mediante la emisión de trescientos nueve mil seiscientos treinta y tres acciones ordinarias, nominativas, de una sola serie, sin valor nominal, que corresponde al aumento de capital que consta en escritura pública de fecha diez de diciembre de dos mil diecinueve otorgada en la Notaría de Santiago de don Álvaro González Salinas, íntegramente suscrito y pagado por el accionista Noatum Logistics, S.L.U.”. Demás estipulaciones no son materia de extracto y constan en escritura extractada. Portador de este extracto quedó facultado para proceder a su legalización. Santiago, 19 de diciembre de 2019.