MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

MEDINOVA LIMITADA

RUT 76099325-5 CVE 1705568
Fecha instrumento
27 de diciembre de 2019
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
27 de diciembre de 2019
Repertorio
48246
Notario
FRANCISCO JOSÉ LIRA TEUBER
Oficio
Titular de la 19 Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Referencias (1)

  • do publicacion
    DO N° 39671 del 28 de mayo de 2010

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

FRANCISCO JOSÉ LIRA TEUBER, Notario Público Suplente del Titular de la 19 Notaría de Santiago, domiciliado en Bandera 341, oficina 352, Santiago, CERTIFICO: Por escritura pública de fecha 27 de diciembre de 2019, Repertorio Nº 48.246, ante mí, VIRENDER KUMAR BHADGAL, DIANA HAWA BHADGAL, ambos domiciliados calle Loma La Cruz Norte 400, Casa 47, Lo Barnechea, Santiago, y SERGIO OCTAVIO GONZALEZ CONTRERAS, domiciliado en Paula Jaraquemada 136, Quilicura, Santiago, y de paso en ésta; modifican sociedad “MEDINOVA LIMITADA”, constituida por escritura pública el 17/05/2010 ante Patricio Donoso Videla, Notario Público Suplente del Titular Jaime Romero Ordenes, Notario de Quilicura. Su extracto se inscribió en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago a fojas 24.207, número 16.604 del año 2010, y se publicó en Diario Oficial 39.671 de 28/05/2010. Modificación consiste en que socio SERGIO OCTAVIO GONZALEZ CONTRERAS, vende, cede y transfiere la totalidad de sus derechos sociales, equivalentes al uno por ciento, a doña DIANA HAWA BHADGAL forma estipulada en escritura extractada. Atendida la cesión quedan como únicos socios Virender Kumar Bhadgal y Diana Hawa Bhadgal, quienes modifican cláusula Quinto del estatuto social, quedando como definitivo el que sigue: “QUINTO: El capital social es la cantidad de cinco millones de pesos, que los socios aportan, de la siguiente forma: a) don Virender Kumar Bhadgal, aporta la suma de cuatro millones novecientos cincuenta mil pesos, en dinero efectivo y al contado, que se ingresan en este acto a la caja social, equivalentes al noventa y nueve por ciento del haber social; y b) doña Diana Hawa Bhadgal, aporta la suma de cincuenta mil pesos, en dinero efectivo y al contado, que se ingresan en este acto a la caja social, equivalentes al uno por ciento del haber social.” Las demás cláusulas del pacto social quedan inalteradas. Demás acuerdos en escritura extractada. Santiago, 27 de diciembre de 2019. FRANCISCO JOSÉ LIRA TEUBER.