MODIFICACIÓN Sociedad por Acciones

Libertadores SpA

RUT 77089338-0 CVE 1705725
Capital
$3.500.000 CLP
Fecha instrumento
18 de diciembre de 2019
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
18 de diciembre de 2019
Notario
reducida a escritura pública ante don Iván Torrealba Acevedo
Oficio
33 Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$3.500.000 CLP

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

VERONICA TORREALBA COSTABAL, Notario Suplente de la 33 Notaría de Santiago, domiciliado en Huérfanos N°979, oficina 501, comuna y ciudad de Santiago, certifica: Que por escritura pública de 18 de diciembre de 2019, otorgada ante mí, repertorio número 33.798-2019, se redujo a escritura pública el acta de la Junta Extraordinaria de Accionistas de Libertadores SpA, celebrada el 18 de diciembre de 2019, la cual tuvo por objeto rectificar el acta de la junta extraordinaria de accionistas de dicha sociedad celebrada con fecha 28 de noviembre de 2019, reducida a escritura pública ante don Iván Torrealba Acevedo, Notario Público Titular de la 33 Notaría de Santiago, con fecha 28 de noviembre de 2019 y anotada bajo el repertorio número 26.353-2019, en el sentido que se rectifica que donde se señaló que las 4.500 acciones Preferentes Serie A se encontraban íntegramente suscritas y pagadas por el Fondo de Inversión Privado D’E Capital Energía Renovable I, debe decir que las 4.500 acciones Preferentes Serie A se encontraban íntegramente suscritas por el Fondo de Inversión Privado D’E Capital Energía Renovable I y que serían pagadas en un plazo de 5 años contados desde la fecha del aumento de capital. En consecuencia, producto del aumento de capital acordado en la junta extraordinaria de accionistas de Libertadores SpA celebrada con fecha 28 de noviembre de 2019 y reducida a escritura pública ante don Iván Torrealba Acevedo, Notario Público Titular de la 33 Notaría de Santiago con fecha 28 de noviembre de 2019 y anotada bajo el repertorio número 26.353-2019, los artículos quinto y primero transitorios de Libertadores SpA quedan como se indican a continuación: “ARTÍCULO QUINTO: El capital de la Sociedad será la suma de $3.500.000 pesos, el que se encontrará dividido en 500 acciones nominativas, ordinarias, de igual valor cada una, de una misma serie y sin valor nominal y en 4.500 acciones Preferentes Serie A. Las acciones se suscribirán y pagarán en la forma que se indica en el Artículo Primero Transitorio de estos estatutos y en todo caso, a más tardar en un plazo de cinco años contados a contar de la presente fecha. El privilegio de las acciones Preferentes Serie A será un derecho de liquidación o de liquidez preferente ante cualquier supuesto de: (i) venta, fusión, reorganización o cambio de control de la Sociedad; (ii) liquidación o cualquier otro evento de enajenación de la Sociedad; o (iii) licencia exclusiva o venta de todos los activos de la Sociedad, en virtud de los cuales se generen flujos en la Sociedad suceptibles de ser distribuidos mediante dividendos o disminuciones de capital a los accionistas. Dicho derecho de liquidación preferente consistirá en el derecho de los titulares de acciones Preferentes Serie A de poder optar por percibir su correspondiente cuota con anterioridad al resto de los Accionistas, calculándose su cuota de liquidación o valor de transferencia al mayor valor de: (i) el precio por acción que hayan pagado los titulares de acciones Preferentes Seria A de la Sociedad, más un cincuenta por ciento; o (ii) el monto que le corresponda percibir en los supuestos antedichos, en atención a su porcentaje de participación en el capital de la Sociedad. Dicho privilegio que terminará el día treinta y uno de diciembre de dos mil ciento diez, transformándose a contar de dicha fecha en acciones ordinarias, con iguales derechos, sin necesidad de declaración alguna al respecto. Las preferencias de las acciones Preferentes Serie A no podrán ser modificadas o eliminadas por los accionistas salvo acuerdo de las dos terceras partes de los titulares de dichas acciones, en junta especialmente citada para el efecto” y “ARTÍCULO PRIMERO TRANSITORIO: El capital de la Sociedad, ascendente a $3.500.000 pesos, dividido en 500 acciones ordinarias, nominativas, de una misma serie y sin valor nominal y en 4.500 acciones Preferentes Serie A, que se suscriben y paga de la siguiente forma: a) Claudio Henríquez Vial suscribió y pagó, con anterioridad a esta fecha, 500 acciones ordinarias; b) Fondo de Inversión Privado D’E Capital Energía Renovable I suscribió 4.500 acciones Preferentes Serie A y que podrán pagarse en un plazo de 5 años contados desde el 28 de noviembre de 2019.” Santiago, 23 de diciembre de 2019.