LAS ALGAS INVERSIONES Y ASESORÍAS LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 2 de diciembre de 2019
- Repertorio
- 65704-2019
- Notario
- ÁLVARO GONZÁLEZ SALINAS
- Oficio
- 42° Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Personas y entidades (1)
| Nombre | Rol | RUT/RUN | % | Aporte | Domicilio |
|---|---|---|---|---|---|
| LAS ALGAS INVERSIONES Y ASESORÍAS LIMITADA | socio | 76356520-3 | — | — |
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalÁLVARO GONZÁLEZ SALINAS, Notario Público de la 42° Notaría de Santiago, Agustinas N°1070, 2º piso, certifica: Por escritura pública de fecha 2 de diciembre de 2019, Repertorio N°65.704-2019, ante mí: Uno) Luis Gerardo Infante Infante, chileno, soltero, rentista, C.I. N°6.717.116-0, domiciliado en Avenida Pedro de Valdivia 090, depto. 606, Providencia, Santiago; Dos) Luis Guillermo Infante Infante, chileno, casado, ingeniero civil, C.I. N°5.196.191-9, domiciliado Fray León 11.999, depto. 21 A, Las Condes, Santiago; Tres) Isabel Margarita Infante Infante, chilena, casada, separada totalmente de bienes, asistente social, C.I. N°4.467.543-9, domiciliada en El Comendador N°2080, Providencia, Santiago; acordaron modificar LAS ALGAS INVERSIONES Y ASESORÍAS LIMITADA, RUT N°76.356.520-3, inscrita a fojas 33.568, N°23.955 correspondiente al Registro de Comercio de Santiago del año 2005. Modificaciones consisten en: (1) Fusionar por incorporación LA ESPIGA INVERSIONES Y ASESORÍAS LIMITADA (la “Sociedad Absorbida”), inscrita a fojas 38.816, N°26.724 correspondiente al Registro de Comercio de Santiago del año 2008 en LAS ALGAS INVERSIONES Y ASESORÍAS LIMITADA (la “Sociedad Absorbente”), sociedad esta última que absorberá a la primera, adquiriendo todos sus activos, pasivos, permisos y autorizaciones, y sucediéndola en todos sus derechos y obligaciones, incorporándose a la Sociedad Absorbente la totalidad del patrimonio de la Sociedad Absorbida. La Sociedad Absorbida, en consecuencia, se disolverá sin que proceda su liquidación; (2) Aprobar los balances de las sociedades al 30 de noviembre de 2019, los cuales han servido de base para la correspondiente fusión; (3) Efectuar la fusión línea a línea, es decir, sumando a las cuentas de activo, pasivo y patrimonio de la Sociedad Absorbente, las correspondientes de la Sociedad Absorbida, en base a los balances mencionados. En consecuencia, LAS ALGAS INVERSIONES Y ASESORÍAS LIMITADA adquiere todos los activos y pasivos y sucederá y será continuadora legal de todos los derechos y obligaciones de LA ESPIGA INVERSIONES Y ASESORÍAS LIMITADA. (4) Como consecuencia de la fusión acordada, los actuales accionistas de LAS ALGAS INVERSIONES Y ASESORÍAS LIMITADA, acordaron modificar la Cláusula Quinta de los estatutos de la Sociedad Absorbente, de la siguiente manera: “QUINTO.- CAPITAL: El capital social es la suma de un millón quinientos mil pesos, que los socios aportan y pagan en la siguiente forma: /Uno/ Luis Gerardo Infante Infante con la cantidad de un millón cuatrocientos noventa y ocho mil novecientos cincuenta pesos, que paga al contado en este acto, que corresponden al noventa y nueve coma nueve tres por ciento de los derechos sociales; /Dos/ Luis Guillermo Infante Infante con la cantidad de cincuenta pesos, que paga al contado en este acto, que corresponden al cero coma cero cero tres por ciento de los derechos sociales; /Tres/ Isabel Margarita Infante Infante con la cantidad de mil pesos, que paga al contado en este acto, que corresponden al cero coma cero seis siete por ciento de los derechos sociales. Otras estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 27 de diciembre de 2019.