MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

INVERSIONES ICALMA LIMITADA

RUT 76223942-6 CVE 1705633
Capital
$10.000 CLP
Fecha instrumento
26 de diciembre de 2019

Instrumento

Fecha
26 de diciembre de 2019
Notario
JUAN RICARDO SAN MARTIN URREJOLA
Oficio
43ª Notaría

Sociedad

Capital
$10.000 CLP

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

JUAN RICARDO SAN MARTIN URREJOLA, Notario Público, Titular 43ª Notaría, Huérfanos 835, Piso 18, Santiago, certifico: Por escritura 26 Diciembre 2019, ante mí, CRISTHIÁN PATRICIO ILLANES FLORES, Biarritz 1945, Depto. 602, Providencia; y FRANCHESCA LILIAN ILLANES FLORES, Las Águilas 387, Maipú; modificaron sociedad INVERSIONES ICALMA LIMITADA, constituida con capital de $10.000.000 e inscrita a fojas 56.730, N° 39.507, Registro Comercio Santiago, 2012. Modificación consiste: Cristhián Patricio Illanes Flores, dueño del 99% de los derechos en el total del haber e interés social, vende, cede y transfiere el 98% de los derechos en el total del haber e interés social a FRANCHESCA LILIAN ILLANES FLORES, quién los compra, acepta y adquiere para sí en $10.400.000 pagados en forma establecida en escritura.- Consecuencia cesión quedan como socios:- a) Cristhián Patricio Illanes Flores, con un 1% de los derechos sociales; y b) Franchesca Lilian Illanes Flores con 99% de los derechos sociales, quienes modifican primitivo pacto en sgtes. términos: A) Modificase la cláusula quinta del primitivo pacto social, la que, a contar de esta fecha, tendrá el siguiente tenor:- “QUINTO:- El capital de la sociedad será la suma de diez millones de pesos, que aportan los socios de la siguiente manera: a) CRISTHIAN PATRICIO ILLANES FLORES, la suma de cien mil pesos, en este acto, al contado y en dinero efectivo, ya ingresado en la caja social; y b) doña FRANCHESCA LILIAN ILLANES FLORES, la suma de nueve millones novecientos mil pesos, en este acto, al contado y en dinero efectivo, ya ingresado en la caja social”.- B) Modificase la cláusula sexta del primitivo pacto social, la que, a contar de esta fecha, tendrá el siguiente tenor:- “SEXTO:- Las utilidades y eventuales pérdidas se distribuirán de la siguiente manera: FRANCHESCA LILIAN ILLANES FLORES por ser dueña del noventa y nueve por ciento de los derechos sociales de la sociedad asume el noventa y nueve por ciento de las eventuales ganancias o pérdidas; y CRISTHIÁN PATRICIO ILLANES FLORES por ser el dueño del uno por ciento de los derechos sociales de la sociedad asume el uno por ciento de las eventuales ganancias o pérdidas. Los socios limitan su responsabilidad hasta la concurrencia de sus aportes”.- C) Modificase la cláusula séptima del primitivo pacto social, en el sentido que la administración, el uso de la razón social y representación judicial y extrajudicial corresponderán separada e indistintamente a FRANCHESCA LILIAN ILLANES FLORES y a IVAN ALEXIS ZAMORA SESSAREGO, C.I. 16.115.459-8, quienes, para el cumplimiento del objeto social, contarán con todas las facultades de administración y disposición contenidas en la escritura que extracto.- En todo lo no modificado expresamente por el presente instrumento, continúa vigente en todo su contexto el primitivo pacto social.- SANTIAGO, 27 Diciembre 2019.