INMOBILIARIA ACM S.A.
Instrumento
- Fecha
- 14 de noviembre de 2019
- Notario
- MARGARITA MORENO ZAMORANO
- Oficio
- 27° Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $19.048.105.000 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalMARGARITA MORENO ZAMORANO, Abogado, Notario Público Interino de la 27° Notaría de Santiago, con oficio en calle Orrego Luco N°0153, comuna de Providencia, Santiago, certifico: Por escritura pública de fecha 14 de noviembre de 2019, ante mí, se redujo Acta de Junta Extraordinaria de Accionistas de “INMOBILIARIA ACM S.A.”, sociedad anónima cerrada, inscrita a fojas 34.203, número 25.562 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, correspondiente al año 2011, celebrada con esta misma fecha, en las oficinas de este oficio, en presencia del notario público que certifica, en la que se acordó: A) Disminución de Capital: La unanimidad de los accionistas acordó disminuir el capital de INMOBILIARIA ACM S.A., de $19.048.105.000.-, dividido en 10.000.000.- acciones nominativas de igual valor, de una misma, única serie y sin valor nominal, a la suma de $15.500.000.000.- dividido en 10.000.000.- acciones nominativas de igual valor, de una misma, única serie y sin valor nominal. B) Modificación de Estatuto Social: En consecuencia, los accionistas acuerdan modificar los estatutos de INMOBILIARIA ACM S.A., en sus Artículo Quinto Permanente y Cuarto Transitorio, en el sentido que el capital de la Sociedad es la suma de $15.500.000.000.- según el siguiente tenor: “ARTÍCULO QUINTO: El capital de la sociedad asciende a la suma de $15.500.000.000.- dividido en 10.000.000.- de acciones nominativas, todas de una misma serie y sin valor nominal, que se encuentra suscrito y pagado de conformidad se indica en el artículo cuarto transitorio. El capital social deberá ser aumentado o disminuido mediante acuerdo de la Junta de Accionistas. Sin perjuicio de lo anterior, el Directorio queda facultado en forma permanente para acordar aumentos de capital con el objeto de financiar la gestión ordinaria de la Sociedad o para fines específicos. En el caso de aumentos de capital mediante la emisión de acciones de pago, no será necesario hacer oferta preferente de dichas acciones a los accionistas de la sociedad.”. “ARTÍCULO CUARTO TRANSITORIO: El capital social ascendente a la suma de $15.500.000.000.- dividido en 10.000.000.- de acciones, nominativas, de una misma serie y sin valor nominal, cuyas acciones se encuentran completamente suscritas y pagadas en las siguientes cantidades: Uno) Asesoría y Proyectos M.W. Limitada, suscribió y pagó 165.457.- acciones; Dos) Inmobiliaria Suizandina SpA, suscribió y pagó 1.542.831.- acciones; Tres) Inversiones San Martín de Porres Limitada, suscribió y pagó 301.041.- acciones; Cuatro) Rentas Enjoy Limitada, suscribió y pagó 300.332.- acciones; Cinco) Importadora y Comercializadora Amalfi SpA, suscribió y pagó 3.778.403.- acciones; Seis) Inversiones e Inmobiliaria San Francisco de El Monte Limitada, suscribió y pagó 1.458.334.- acciones; Siete) Inversiones e Inmobiliaria Monte de Asís Limitada, suscribió y pagó 1.458.334.- acciones; Ocho) Inversiones Amolanas Dos Limitada, suscribió y pagó 694.227.- acciones, y; Nueve) Inversiones Fardela Limitada, suscribió y pagó 301.041.- acciones”. Demás estipulaciones constan escritura extractada y no son materia de extracto. Santiago, 14 de noviembre de 2019.