IMPORTADORA Y EXPORTADORA HOT & COLD LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 19 de diciembre de 2019
- Notario
- KARINA ALEJANDRA FLORES MUÑOZ
- Domicilio
- don ANDRÉS FELIPE RIEUTORD ALVARADO
- Comuna
- Santiago
Personas y entidades (1)
| Nombre | Rol | RUT/RUN | % | Aporte | Domicilio |
|---|---|---|---|---|---|
| COLD LIMITADA | socio | 77766100-0 | — | — |
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalKARINA ALEJANDRA FLORES MUÑOZ, Abogada, Notario Público, Suplente de don ANDRÉS FELIPE RIEUTORD ALVARADO, Abogado, Notario Público, Titular de la Trigésima Sexta Notaría de Santiago, con oficio en La Concepción número sesenta y cinco, piso dos, comuna de Providencia, certifico: Que por escritura pública de fecha 19 de diciembre de 2019, bajo el Rep. N° 37.180/2019, ante el Titular, don PABLO DANIEL SZULDMAN, argentino, pasaporte argentino número AAE 860704, domiciliado en Roger de Flor N°2907, Dpto. 1.005, comuna de Las Condes, Región Metropolitana, don GUSTAVO ARIEL SZULDMAN, argentino, pasaporte argentino número AAF 916664, domiciliado en calle Camarones N°981, Buenos Aires, República de Argentina, y doña AZUL SZULDMAN BERKOWSKI, chilena, cédula nacional de identidad N°19.245.766-1, domiciliada en Roger de Flor N°2907, Dpto. 1.005, comuna de Las Condes; modificaron la sociedad IMPORTADORA Y EXPORTADORA HOT & COLD LIMITADA, Rol Único Tributario N°77.766.100-0, constituida por escritura pública de fecha 21 de marzo de 2002, otorgada ante don Humberto Quezada Moreno , Notario Público de Santiago, extracto autorizado inscrito a fs. 11.290, N°9.357 del Registro de Comercio del año 2002, perteneciente al Conservador de Bienes Raíces de Santiago, en el siguiente sentido: 1) GUSTAVO ARIEL SZULDMAN vende, cede y transfiere a PABLO DANIEL SZULDMAN el 20% de los derechos sociales de la sociedad; 2) GUSTAVO ARIEL SZULDMAN vende, cede y transfiere a AZUL SZULDMAN BERKOWSKI el 30% de los derechos sociales de la sociedad. 3) Luego, los únicos y actuales socios PABLO DANIEL SZULDMAN y AZUL SZULDMAN BERKOWSKI modifican artículo quinto del estatuto social, reemplazándolo por lo siguiente: “ARTÍCULO QUINTO: El capital social es la suma de tres millones de pesos, íntegramente aportado y enterado por los socios, teniendo éstos los siguientes porcentajes de participación en el capital social: (Uno) Don PABLO DANIEL SZULDMAN con un setenta por ciento, que equivalen a la suma de dos millones cien mil pesos. (Dos) Doña AZUL SZULDMAN BERKOWSKI con un treinta por ciento, que equivalen a la suma de novecientos mil pesos”. 4) Asimismo, los únicos y actuales socios modifican el artículo cuarto de los estatutos sociales, reemplazándolo por lo siguiente: “ARTÍCULO CUARTO: La razón social de la compañía será “IMPORTADORA Y EXPORTADORA HOT & COLD LIMITADA”, pudiendo usar para fines comerciales y de propaganda el nombre de fantasía “EXPORTADORA HOT & COLD LIMITADA”, y su uso, así como la administración de la sociedad, corresponderá a doña Marcela Susana Gisela Kelzi, cédula de identidad para extranjeros número veinticuatro millones ciento cuarenta y nueve mil trescientos sesenta y dos guion ocho, quien anteponiendo a su firma la señalada razón social, tendrá las más amplias facultades de administración y disposición, pudiendo ejecutar todos los actos y celebrar todos los contratos y convenciones de cualquier naturaleza que se relacionen directa o indirectamente con el giro social, sin limitación alguna más que la aprobación unánime de los socios para enajenar inmuebles…” Facultades meramente enunciativas individualizadas en la escritura. En todo lo no modificado permanece vigente el pacto social y ratifican que limitan su responsabilidad hasta la concurrencia del monto de sus respectivos aportes.- Santiago, 26 de diciembre de 2019.