MODIFICACIÓN Sociedad Anónima

IMPORTADORA MARAZUL S.A.

RUT 76661230-K CVE 1705886
Capital
$1.449.826.457 CLP
Fecha instrumento
28 de julio de 2006
Notaría
Iquique

Instrumento

Fecha
28 de julio de 2006
Notario
RODRIGO FERNANDO LAZCANO ARRIAGADA
Domicilio
esta Comuna
Comuna
Iquique

Sociedad

Capital
$1.449.826.457 CLP
Domicilio
Ciudad de Iquique
Ley aplicable
Ley 18.046

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

RODRIGO FERNANDO LAZCANO ARRIAGADA, Abogado, Notario Público Titular esta Comuna, Oficio 21 de Mayo 252, Certifico: Por escritura, hoy ante mí, don MOISÉS ENRIQUE DVORQUEZ FELDMAN, Rut 3.633.232-1, domicilio Arica, Avenida Diego Portales 2556, redujo a escritura pública ACTA DE LA JUNTA EXTRAORDINARIA DE ACCIONISTAS DE IMPORTADORA MARAZUL S.A., constituida como sociedad anónima cerrada mediante escritura pública de 28 de Julio del año 2006, otorgada en la Notaría de Iquique de doña María Antonieta Niño De Zepeda Parra, con el nombre de MARAZUL S.A., extracto se inscribió a fojas 793 Nº 750 Registro de Comercio de Iquique, año 2006 y publicó en el Diario Oficial de 8 de Septiembre de 2006, sociedad no ha sufrido modificaciones hasta la fecha, celebrada en Arica el 29 de noviembre del año 2019 en presencia del Notario Público de la ciudad y Comuna de Arica don Rodrigo Fernando Lazcano Arriagada, quien asiste como ministro de fe, concurrencia a la junta, David Marcos Dvorquez Wachter, por 500 acciones y Daniel Arie Dvorquez Wachter, por 500 acciones, lo que hace un total 1.000 acciones emitidas, suscritas y pagadas. Objeto de la junta: a) Transformar la sociedad en una sociedad por acciones SpA, mediante la correspondiente reforma estatutaria, subsistiendo su personalidad jurídica, conforme lo dispone el art. 96 de la Ley 18.046, debiendo acordar la Junta un nuevo pacto social adecuado al tipo de sociedad propuesto. b) Tomar todas las resoluciones que sean necesarias para materializar y legalizar los acuerdos que adopte la presente Junta. Acuerdo Primero: Se acordó por unanimidad de acciones emitidas con derecho a voto aceptar proposición de Junta en orden a transformar la sociedad y, en consecuencia, se resolvió modificar íntegramente los estatutos sociales de Importadora Marazul S.A., transformando esta sociedad anónima cerrada en una sociedad por acciones SpA, que se denominará IMPORTADORA MARAZUL SpA, subsistiendo su personalidad jurídica conforme lo dispone el citado art. 96 de la Ley 18.046. Acuerdo Segundo: Como consecuencia de la transformación de la sociedad dispuesta en el Acuerdo Primero que antecede, la Junta acordó por unanimidad de las acciones emitidas con derecho a voto aceptar sustituir todas las disposiciones permanentes y transitorias del estatuto social por las contenidas en el pacto social que a continuación se indica, texto este último que será el pacto social que regirá a la sociedad por acciones que continuará operando con motivo de la transformación referida en el acuerdo que antecede. Aprobación de la Junta artículo por artículo, el nuevo texto de los estatutos sociales y que es el que se transcribe a continuación: DANIEL ARIE DVORQUEZ WACHTER, Avenida Arturo Prat 3783, departamento 701 A, comuna Iquique, C.I. 8.419.831-5 y DAVID MARCOS DVORQUEZ WACHTER, Avenida Diego Portales 2556, comuna Arica, C.I. 8.778.561-0; constituyen Sociedad Por Acciones. RAZON SOCIAL. "IMPORTADORA MARAZUL SpA" o “MARAZUL SpA.": OBJETO SOCIAL producción, manufactura, transformación, ensamblado, armado, importación, exportación, distribución, comercialización, por cuenta propia o ajena de toda clase de bienes y servicios; la prestación de servicios comerciales, industriales; la realización de todas o de algunas de las operaciones que se permita a usuarios de Zonas Francas. Por último, podrá desarrollar cualquier actividad conexa o complementaria de los giros mencionados y aquéllas otras que convengan los socios de común acuerdo. ADMINISTRACION, REPRESENTACIÓN Y USO DE LA RAZON SOCIAL corresponderán a los socios Daniel Arie Dvorquez Wachter y/o David Marcos Dvorquez Wachter, quienes podrán representarla actuando separada o en conjunto con las más amplias facultades de administración y disposición de bienes, sin limitación alguna, conforme cláusula 4 escritura sociedad. CAPITAL: $1.449.826.457, dividido y representado en 1.000 acciones nominativas, todas de una misma y única serie y sin valor nominal que socios aportaron a la misma con anterioridad a esta fecha en proporción a sus derechos sociales, en la siguiente forma: A) Don DANIEL ARIE DVORQUEZ WACHTER, $724.913.229 que equivalen a 500 acciones y b) Don DAVID MARCOS DVORQUEZ WACHTER, $724.913.229 que equivalen a 500 acciones, las mismas con anterioridad a esta fecha, los socios tienen totalmente enterados y pagados sus respectivos aportes a la sociedad, como consta de la cláusula Primera Transitoria del presente pacto social. DOMICILIO: Ciudad de Iquique, sin perjuicio de las sucursales y agencias que pudieren establecerse en otros puntos del país o del extranjero. Otras estipulaciones en escritura reducida.- Arica, 26 de diciembre de 2019.