MODIFICACIÓN Sociedad por Acciones

CONSTRUCTORA E INMOBILIARIA CREACIÓN SpA

RUT 76732011-6 CVE 1705326
Notaría
Santiago

Instrumento

Notario
OLIMPIA SCHNEIDER MOENNE-LOCCOZ
Oficio
31. Notaría Santiago
Comuna
Santiago

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

OLIMPIA SCHNEIDER MOENNE-LOCCOZ, Notario Público Titular 31. Notaría Santiago, Huérfanos 1055, local 328; Certifico: Por escritura pública hoy ante mí don VLADIMIR EDUARDO VILLARROEL ORTEGA, chileno, soltero, empresario, cédula de identidad número cedula nacional de identidad número quince millones quinientos quince mil trescientos sesenta y tres guion seis, en representación de CONSTRUCTORA E IMPORTADORA FERROMAS SpA. Rol Único Tributario número setenta y seis millones setecientos treinta y dos mil once guion seis, ambos domiciliados calle Bombero Adolfo Ossa número mil diez, oficina mil veinte, comuna de Santiago, Región Metropolitana.- PRIMERO: Que por escritura pública de fecha treinta de Septiembre de dos mil diecinueve, suscrita ante el Notario Público de Santiago doña Olimpia Schneider Moenne-Loccoz, se redujo a escritura pública Junta Extraordinaria de Accionistas de la sociedad CONSTRUCTORA E INMOBILIARIA CREACIÓN SpA. Rol Único Tributario número setenta y seis millones setecientos treinta y dos mil once guion seis, celebrada el día once de septiembre de dos mil diecinueve, con la asistencia del cien por ciento de accionistas, cuyo extracto de la misma, fue inscrito en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago a fojas ochenta y cinco mil novecientos ochenta y nueve número cuarenta y dos mil doscientos cuarenta y cuatro del año dos mil diecinueve y anotada al margen de fojas veintidós mil tres número doce mil doscientos cuarenta y ocho del año dos mil diecisiete; de fojas trece mil quinientos ochenta y siete número siete mil quinientos noventa y dos del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago. SEGUNDO: Respecto de la referida Junta Extraordinaria de Accionistas, señalada en la cláusula precedente, el extracto de la misma fue inscrito en el Registro de Comercio respectivo del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, pero no fue publicado en el plazo que señala la Ley, el que se encuentra vencido. TERCERO: Por el presente acto e instrumento y conforme lo autoriza la ley número diecinueve mil cuatrocientos noventa y nueve, viene en sanear la referida publicación tardía de la referida Junta Extraordinaria de Accionistas, de acuerdo a lo establecido en los artículos primero y tercero de la norma legal señalada precedentemente. Santiago, 17 de diciembre de 2019.