CEREBRORIENTA SERVICIOS EDUCACIONALES LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 26 de diciembre de 2019
- Notario
- GONZALO OÑATE MIRANDA
- Domicilio
- titular Ruben Reinoso Herrera
- Comuna
- La Serena
Sociedad
- N. fantasía
- “CEREBRORIENTA LTDA.”
- Capital
- $1.000.000 CLP
- Domicilio
- ciudad y comuna de La Serena, Región de Coquimbo
- Duración
- 5 años, a contar fecha de inscripción del presente extracto en Registro de Comercio del domicilio social, plazo renovable sucesiva y automáticamente, por períodos iguales, si ninguno de los socios manifestare su voluntad de ponerle término al final del período en curso, mediante escritura pública, anotada al margen de la inscripción social, con anticipación mínima de 6 meses antes del fin del período respectivo
Objeto social
la constitución y administración de uno o más centros pedagógicos en las áreas de enseñanza preescolar, primaria, secundaria científico humanista y técnico profesional, preuniversitaria y cultural; la prestación de servicios personales de educación; la realización de actividades de apoyo a la enseñanza; la venta al por menor de libros en comercios especializados; la venta al por menor de diarios y revistas en comercios especializados; la distribución, importación y exportación de libros y revistas; la realización de toda otra actividad conexa o relacionada, en la actualidad o en el futuro, con lo anterior; y, en general, cualquier otro negocio que acordaren los
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalGONZALO OÑATE MIRANDA, Abogado, Notario público suplente del titular Ruben Reinoso Herrera, 4ta Notaria La Serena, Cordovez 405, Certifico: Por escritura de hoy, ante mí, CARMEN DORA JULIO GRAF, profesora de estado en inglés, domiciliada en Cisternas n° 1.960, oficina 41, La Serena, y FRANCISCO JAVIER FERNÁNDEZ ROJAS, médico cirujano, domiciliado en Cisternas n° 1.960, oficina 41, La Serena, constituyeron una sociedad de responsabilidad limitada a monto aportes: Razón social: “CEREBRORIENTA SERVICIOS EDUCACIONALES LIMITADA”. Nombre de fantasía: “CEREBRORIENTA LTDA.”. Domicilio: ciudad y comuna de La Serena, Región de Coquimbo, sin perjuicio de las agencias, representaciones o sucursales que pueda establecer en otros puntos del país. Objeto: la constitución y administración de uno o más centros pedagógicos en las áreas de enseñanza preescolar, primaria, secundaria científico humanista y técnico profesional, preuniversitaria y cultural; la prestación de servicios personales de educación; la realización de actividades de apoyo a la enseñanza; la venta al por menor de libros en comercios especializados; la venta al por menor de diarios y revistas en comercios especializados; la distribución, importación y exportación de libros y revistas; la realización de toda otra actividad conexa o relacionada, en la actualidad o en el futuro, con lo anterior; y, en general, cualquier otro negocio que acordaren los socios. Administración, representación y uso de la razón social y del nombre de fantasía corresponderá a Carmen Dora Julio Graf, ya individualizada, quien podrá actuar por medio de apoderados o por medio de uno o más mandatarios que cualquiera de dichos apoderados, indistintamente, designe en cualquier momento. La administradora, como también el apoderado y/o los mandatarios que se designen, anteponiendo a su firma la razón social, obligarán y representarán a la sociedad con amplias facultades. Sin embargo, se requerirá el consentimiento de todos los socios para la celebración de ciertos actos o contratos. Capital: $1.000.000.- aportado a) Carmen Dora Julio Graf aporta $500.000, ingresado en dinero efectivo en caja social, haciéndose dueña de un 50% de los derechos en capital social; y b) Francisco Javier Fernández Rojas aporta $500.000, ingresado en dinero efectivo en caja social, haciéndose dueño de un 50% de los derechos en capital social. Duración: 5 años, a contar fecha de inscripción del presente extracto en Registro de Comercio del domicilio social, plazo renovable sucesiva y automáticamente, por períodos iguales, si ninguno de los socios manifestare su voluntad de ponerle término al final del período en curso, mediante escritura pública, anotada al margen de la inscripción social, con anticipación mínima de 6 meses antes del fin del período respectivo. Demás estipulaciones constan escritura extractada. La Serena, 26 de Diciembre de 2019.