UROLOGIA OBSTETRICIA Y GINECOLOGIA UROBGYN LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 23 de diciembre de 2019
- Comuna
- Santiago don R
Sociedad
- Capital
- $1.000.000 CLP
- Domicilio
- Santiago
- Duración
- 5 años a partir de esta fecha, renovables tácita y sucesivamente, por períodos iguales, si ninguno de los socios manifestare su voluntad de ponerle término según lo estipulado en escritura
Objeto social
El objeto de la sociedad es: la prestación de servicios de medicina y manejo de pacientes ginecológicas, obstétricas y nutricional, en su amplio espectro, así como de cirugía y procedimientos asociados, tratamientos, terapias, tutorías, de investigación y desarrollo, y de docencia, en toda su gama, a personas, entidades públicas o privadas, servicios clínicos, atención de urgencia hospitalaria, móvil y domiciliaria y todo lo relacionado con la atención integral de la medicina; incluye además la creación, administración y participación en centros médicos, laboratorios clínicos, consultas y clínicas, y de otras personas jurídicas que ejerzan, la o las mismas actividades ya enunciadas
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalFRANCISCO RUBÉN ROJAS ARRIAGADA, Abogado, Notario Suplente del Titular 15° Notaría de Santiago don R. Alfredo Martin Illanes, Santa Magdalena 98, Comuna de Providencia, certifica: por escritura pública de hoy ante mí, FELIPE ESTEBAN ANDREOLI HENRIQUEZ, domiciliado en Marcel Duhaut 2825 departamento 304, Providencia, Región Metropolitana, por sí y en representación de GIGHIOLA ANDREA ANDREOLI HENRIQUEZ, domiciliada en Janequeo 564 departamento 802, Concepción, Región del Bío Bío; y LEYLA MEILYN AGUAD LEIGHTON, domiciliada en Marcel Duhaut 2825 departamento 304, Providencia, Región Metropolitana, constituyeron sociedad responsabilidad limitada al monto respectivos aportes.- Razón social: “UROLOGIA OBSTETRICIA Y GINECOLOGIA UROBGYN LIMITADA”, nombre de fantasía “UROBGYN LTDA.”.- Administración, representación y uso razón social: corresponderá a Felipe Esteban Andreoli Henríquez, Leyla Meilyn Aguad Leighton, Gighiola Andrea Andreoli Henríquez, quienes podrán actuar de manera separada.- Capital: $1.000.000, que los socios aportan en este acto en dinero efectivo e ingresan a la caja social, dinero que es aportado en la proporción de un 34% por Felipe Esteban Andreoli Henríquez, de un 33% por Leyla Meilyn Aguad Leighton, y el restante 50% por Gighiola Andrea Andreoli Henríquez.- Objeto: El objeto de la sociedad es: la prestación de servicios de medicina y manejo de pacientes ginecológicas, obstétricas y nutricional, en su amplio espectro, así como de cirugía y procedimientos asociados, tratamientos, terapias, tutorías, de investigación y desarrollo, y de docencia, en toda su gama, a personas, entidades públicas o privadas, servicios clínicos, atención de urgencia hospitalaria, móvil y domiciliaria y todo lo relacionado con la atención integral de la medicina; incluye además la creación, administración y participación en centros médicos, laboratorios clínicos, consultas y clínicas, y de otras personas jurídicas que ejerzan, la o las mismas actividades ya enunciadas.- Duración: 5 años a partir de esta fecha, renovables tácita y sucesivamente, por períodos iguales, si ninguno de los socios manifestare su voluntad de ponerle término según lo estipulado en escritura.- Domicilio: Santiago, sin perjuicio de las sucursales o agencias que establezca en el resto del país o en el extranjero.- Demás estipulaciones en escritura extractada.- Santiago, de 23 de Diciembre de 2019.