SOCIEDAD DE PROFESIONALES VALLO – LAS PERDICES SpA
Instrumento
- Fecha
- 11 de diciembre de 2019
- Notario
- HERNÁN CUADRA GAZMURI
- Oficio
- 1ª Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $500.000 CLP
- Domicilio
- Ciudad de Santiago
- Duración
- Indefinida
Objeto social
La sociedad tendrá por
Administración
corresponderá a doña MARIANA JOHANNA VALENZUELA GIESEN, y don JAIME ANDRÉS LÓPEZ LISBOA; quienes actuarán en nombre de la sociedad en forma conjunta, separada e indistintamente
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalHERNÁN CUADRA GAZMURI, Abogado, Notario Público de la 1ª Notaría de Santiago, domiciliado en calle Huérfanos mil 1160, oficina 101 y 102, comuna de Santiago, Región Metropolitana; certifica: Por escritura pública de fecha 11 de diciembre de 2019, ante mí, doña MARIANA JOHANNA VALENZUELA GIESEN, don JAIME ANDRÉS LÓPEZ LISBOA, don NICOLÁS ALONSO LÓPEZ VALENZUELA, don JUAN JOSÉ LÓPEZ VALENZUELA, y doña MARÍA JOSÉ LÓPEZ VALENZUELA, todos domiciliados en calle Las Perdices, número 793, casa 15, comuna de La Reina, ciudad de Santiago; constituyó una Sociedad por Acciones. RAZÓN SOCIAL:“SOCIEDAD DE PROFESIONALES VALLO – LAS PERDICES SpA”, pudiendo usar el nombre de fantasía “VALLO SpA”. OBJETO: La sociedad tendrá por objeto: ARTÍCULO SEGUNDO. La sociedad tendrá por objeto: a) La prestación de servicios médicos, diagnóstico, curación y rehabilitación en el área de la salud y la medicina de las personas en su más amplio sentido y alcance, especialmente en el área de la cirugía, medicina intensiva y procedimientos en base a imagenología; directamente al público en general o a través de convenios con empresas, Isapres o cualquier entidad pública o privada; b) realización de actividades de educación, capacitación y enseñanza en el área de la salud; c) Administración de todo tipo de entidades, con especial énfasis en el área de la salud. d) adquisición, enajenación, arrendamiento, subarrendamiento u otras formas de explotación de bienes inmuebles, sean estos predios rústicos o urbanos, parcelar, urbanizar y construir en ellos por cuenta propia o ajena, explotarlos directamente o por terceros, en cualquier forma a fin de obtener su rentabilidad, e) la obtención de rentas y frutos provenientes de toda clase de inversiones, corporales o incorporales, tales como acciones, bonos, debentures, letras de cambio, pagarés, letras de crédito, certificados de depósitos, documentos negociables, valores mobiliarios y todo efectos de comercio, títulos de créditos, instrumentos financieros y, en general, toda clase de títulos o valores, pudiendo concurrir o participar en la formación o ingresar en toda clase de personas, de capitales, comunidades, asociaciones y cuentas en participación; y f) en general, realizar actos de comercio relacionados, directa o indirectamente, con los mencionados objetos, y todo otro negocio o actividad que acordaren los accionistas. - ADMINISTRACIÓN Y USO DE LA RAZÓN SOCIAL: corresponderá a doña MARIANA JOHANNA VALENZUELA GIESEN, y don JAIME ANDRÉS LÓPEZ LISBOA; quienes actuarán en nombre de la sociedad en forma conjunta, separada e indistintamente. CAPITAL: El capital de la sociedad será de 1.000.000 pesos, dividido en 100 acciones de una sola serie y sin valor nominal, que se suscribe y se representa de la siguiente manera: la accionista doña MARIANA JOHANNA VALENZUELA GIESEN, suscribe 50, equivalentes al 50 por ciento del capital social, y a la suma de 500.000 pesos, enterados en este acto y a entera satisfacción de la sociedad; el accionista don JAIME ANDRÉS LÓPEZ LISBOA, suscribe 20, equivalentes al 20 por ciento del capital social, y a la suma de 200.000, enterados en este acto y a entera satisfacción de la sociedad; el accionista don NICOLÁS ALONSO LÓPEZ VALENZUELA, suscribe 10 acciones equivalentes al 10 por ciento del capital social, y a la suma de 100.000, enterados en este acto y a entera satisfacción de la sociedad; el accionista don JUAN JOSÉ LÓPEZ VALENZUELA, suscribe 10 equivalentes al 10 por ciento del capital social, y a la suma de 100.000, enterados en este acto y a entera satisfacción de la sociedad; la accionista MARÍA JOSÉ LÓPEZ VALENZUELA, suscribe 10 acciones equivalentes al 10 por ciento, y a la suma de 100.000, enterados en este acto y a entera satisfacción de la sociedad; DOMICILIO: Ciudad de Santiago. DURACIÓN: La sociedad durará indefinidamente. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago 18 de diciembre de 2019.- H.Cuadra G.