SERVICIOS ODONTOLÓGICOS VARAS LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 27 de enero de 2012
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $1.000.000 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalDAVID POZA MATUS, Suplente del Titular don LUIS POZA MALDONADO, Notario de Santiago, Avda. Vitacura 6844, Vitacura, certifica: Por escritura de 10 de Diciembre del 2019, doña ANA LUZ VARAS FERNÁNDEZ, chilena, casado, cirujano dentista, cédula nacional de identidad Nro. 7.765.462-4, domiciliada en Walter Scott Nro. 1.639, comuna de Vitacura, ciudad de Santiago; Doña NATALIA PILAR MARÍN VARAS, chilena, soltera, factor de comercio, cédula nacional de identidad Nro. 19.890.126- 1, domiciliada en calle Walter Scott Nro. 1.639, comuna de Vitacura, ciudad de Santiago; Don GABRIEL JESÚS MARÍN VARAS, chileno, soltero, estudiante universitario, cédula nacional de identidad Nro. 18.025.870-1, domiciliado en Walter Scott Nro. 1.639, comuna de Vitacura, ciudad de Santiago; Doña PAULINA MARÍA MARÍN VARAS, Chilena, soltera, estudiante universitaria, cédula nacional de identidad Nro. 18.935.060-0, domiciliada en Walter Scott Nro. 1.639, comuna de Vitacura, ciudad de Santiago; y Don JAVIER ESTEBAN MARÍN VARAS, chileno, factor de comercio, cédula nacional de identidad Nro. 19.567.084- 6, domiciliado en Walter Scott Nro. 1639, comuna de Vitacura, cuidad de Santiago, modifican la sociedad de responsabilidad limitada “SERVICIOS ODONTOLÓGICOS VARAS LIMITADA”, R. Ú. T. Nro. 76.209.925-K, constituida por escritura pública de 27/01/2012 y Repertorio Nro. 1797/012, ante el Notario don ALBERTO EDUARDO ROJAS LÓPEZ, Abogado, Notario Titular de la 6° Notaría de Santiago, la que se inscribió en el Registro de Comercio de Santiago, a fojas 7.827 Nro. 5.508 del año 2012.- Así: Primero: Cesión de derechos: doña ANA LUZ VARAS FERNÁNDEZ cede, vende y transfiere el 60% de sus derechos de la siguiente forma: Uno) el 10% de sus derechos sociales al socio don GABRIEL JESÚS MARÍN VARAS, quien paga y acepta para sí dicha cesión; Dos) Un 10% de sus derechos sociales al socio doña PAULINA MARÍA MARÍN VARAS, quien paga y acepta para sí dicha cesión; Tres) Un 20% de sus derechos sociales a doña NATALIA PILAR MARÍN VARAS, quién paga y acepta para sí dicha cesión; y Cuatro) Un 20% sus derechos sociales a don JAVIER ESTEBAN MARÍN VARAS, quien paga y acepta para sí dicha cesión. Que por dichas cesiones, la sociedad estará formada por los siguientes socios: doña ANA LUZ VARAS FERNÁNDEZ con un 20% de los derechos sociales; don GABRIEL JESÚS MARÍN VARAS con un 20% de los derechos sociales; doña PAULINA MARÍA MARÍN VARAS con un 20% de los derechos sociales; doña NATALIA PILAR MARÍN VARAS con un 20% de los derechos sociales; y don JAVIER ESTEBAN MARÍN VARAS con un 20% de los derechos sociales.- Todo lo anterior es en efectivo y se entera a la caja social.- A considerar que todo lo que no se modifica por este acto seguirá vigente.- Demás estipulaciones en escritura extractada. La sociedad tiene un capital de $1.000.000.- Santiago, 19 de diciembre de 2019.