CONSTITUCIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

PEÑALOZA Y MUÑOZ LIMITADA

CVE 1704754
Capital
$1.000.000 CLP
Fecha instrumento
16 de diciembre de 2019
Duración
Indefinida

Instrumento

Fecha
16 de diciembre de 2019
Notario
JORGE REYES BESSONE
Domicilio
San Miguel

Sociedad

Capital
$1.000.000 CLP
Domicilio
Peñalolén, ciudad de Santiago, Región Metropolitana, pudiendo establecer agencias o sucursales en otros puntos del país o del extranjero
Duración
Indefinida

Objeto social

El objeto de la sociedad será: a) La inversión en toda clase de activos mobiliarios e inmobiliarios, por cuenta propia o ajena, pudiendo al efecto comprar y adquirir, a cualquier título, bienes corporales o incorporales, muebles o inmuebles, lotearlos, urbanizarlos, enajenarlos, gravarlos o explotarlos de cualquier manera, pudiendo celebrar todos los demás contratos y actos útiles y necesarios al objeto indicado; b) La realización de toda clase de inversiones en bienes muebles, administrarlos y percibir sus frutos, adquirir toda clase de acciones en sociedades anónimas o en comanditas, derechos en sociedades de personas, comunidades o asociaciones, bonos, debentures y todos los instrumentos, valores de inversión de renta fija o variable, sea por cuenta propia o ajena, administrarlos y percibir sus frutos y la explotación inmobiliaria de cualquier clase de bienes raíces, incluyendo pero sin limitarlo a compra, venta, permuta y arrendamiento de los mismos; c) La elaboración de proyectos y cálculos de ingeniería en toda clase de especialidades; el desarrollo de toda clase de encargos de consultoría y la realización de toda clase de proyectos, estudios y asesorías. Para el cumplimiento del objeto social, la compañía podrá, ya sea por cuenta propia o ajena, desarrollar por ella misma las acciones antes mencionadas, o ejecutarlas por intermedio de otras sociedades en las que participe o constituya al efecto; y e) la inversión en toda clase de bienes, acciones, valores mobiliarios, instrumentos financieros y efectos de comercio

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

JORGE REYES BESSONE, abogado, Notario Público Titular de San Miguel, con domicilio en Gran Avenida José Miguel Carrera 4886, Comuna de San Miguel, certifica: Que por escritura pública de fecha 16 de diciembre de 2019, ante mí, don SAMUEL ANTONIO PEÑALOZA BARRERA y doña MAXLY VALERIA MUÑOZ GONZÁLEZ, ambos domiciliados en Umbría 3711, Barrio Los Valles, Peñalolén; constituyeron sociedad de responsabilidad limitada de cuyo texto extracto lo siguiente: Razón social: “PEÑALOZA Y MUÑOZ LIMITADA”, pudiendo también utilizar para todos los efectos legales, incluyendo las actuaciones ante bancos, el nombre de fantasía “VALESA INMOBILIARIA E INVERSIONES”. Objeto: El objeto de la sociedad será: a) La inversión en toda clase de activos mobiliarios e inmobiliarios, por cuenta propia o ajena, pudiendo al efecto comprar y adquirir, a cualquier título, bienes corporales o incorporales, muebles o inmuebles, lotearlos, urbanizarlos, enajenarlos, gravarlos o explotarlos de cualquier manera, pudiendo celebrar todos los demás contratos y actos útiles y necesarios al objeto indicado; b) La realización de toda clase de inversiones en bienes muebles, administrarlos y percibir sus frutos, adquirir toda clase de acciones en sociedades anónimas o en comanditas, derechos en sociedades de personas, comunidades o asociaciones, bonos, debentures y todos los instrumentos, valores de inversión de renta fija o variable, sea por cuenta propia o ajena, administrarlos y percibir sus frutos y la explotación inmobiliaria de cualquier clase de bienes raíces, incluyendo pero sin limitarlo a compra, venta, permuta y arrendamiento de los mismos; c) La elaboración de proyectos y cálculos de ingeniería en toda clase de especialidades; el desarrollo de toda clase de encargos de consultoría y la realización de toda clase de proyectos, estudios y asesorías. Para el cumplimiento del objeto social, la compañía podrá, ya sea por cuenta propia o ajena, desarrollar por ella misma las acciones antes mencionadas, o ejecutarlas por intermedio de otras sociedades en las que participe o constituya al efecto; y e) la inversión en toda clase de bienes, acciones, valores mobiliarios, instrumentos financieros y efectos de comercio. Capital: $1.000.000, íntegramente pagados en este acto, en dinero efectivo, de la siguiente forma: a) SAMUEL ANTONIO PEÑALOZA BARRERA la suma de $500.000 pesos, equivalentes al 50% del capital y derechos sociales; b) MAXLY VALERIA MUÑOZ GONZÁLEZ la suma de $500.000 pesos, equivalente al restante 50% del total del capital y derechos sociales. Administración y uso razón social: SAMUEL ANTONIO PEÑALOZA BARRERA Y MAXLY VALERIA MUÑOZ GONZALEZ, separada e indistintamente, facultades indicadas en escritura extractada. Duración: indefinida. Domicilio: Peñalolén, ciudad de Santiago, Región Metropolitana, pudiendo establecer agencias o sucursales en otros puntos del país o del extranjero. Responsabilidad de los socios limitada hasta monto de sus aportes. Demás estipulaciones en escritura extractada.- Santiago 17 de diciembre de 2019. Jorge Reyes Bessone, Notario Público.