CONSTITUCIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

MULTISENSORIAL LIMITADA

RUT 8873917-5 CVE 1705011
Fecha instrumento
23 de diciembre de 2019
Notaría
Santiago N

Instrumento

Fecha
23 de diciembre de 2019
Comuna
Santiago N

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

WLADIMIR ALEJANDRO SCHRAMM LOPEZ, Notario titular de la 49º Notaria, Amunategui 391 loc. 1, Santiago, certifica: Por escritura hoy, ante mí, comparecen: MONICA DE LOURDES DIAZ BORQUEZ, 8.873.917-5; y CRISTOBAL FELIPE TORRES DIAZ, 17.533.465-3, ambos con domicilio en calle Chiloé 1114 oficina A, comuna de Santiago; constituyeron sociedad de responsabilidad limitada, La razón social será "MULTISENSORIAL LIMITADA". Fantasía “MULTISENSORIAL LTDA.”; El objeto de la sociedad será: a) El objeto social es el diseño, ingeniería e instalación de redes de audio, video, software y todo tipo de sistemas de comunicación sensorial incluido cualquier tipo de conectividad. Asesorías, consultoría y capacitación en materias de ingeniería; b) el ejercicio de la actividad comercial en su forma más amplia y, en especial, la compraventa, importación, exportación, distribución y comercialización de toda clase de bienes, por cuenta propia o ajena, la representación de empresas nacionales y extranjeras y demás relacionadas, en la actualidad o en el futuro; c) la formación y la participación en sociedades, comunidades y asociaciones, cualquiera que sea su naturaleza o giro; y todos aquellos giros o actividades que los socios acuerden en el futuro.- La administración, la representación y el uso de la razón social corresponderá a Mónica de Lourdes Díaz Borquez, quien actuando por la sociedad y anteponiendo la razón social a su firma, la representará con las más amplias facultades, pudiendo obligarla en toda clase de actos y contratos.- El capital social es la suma de un millón de pesos, que aportan y enteran de la siguiente forma: a) Mónica Díaz Borquez, aporta la suma de novecientos noventa mil pesos, suma que ingresa en este acto en dinero efectivo a la caja social; y b) Cristóbal Torres Díaz, aporta la suma de diez mil pesos, suma que ingresa en este acto en dinero efectivo a la caja social; quedando en este acto totalmente, suscrito, pagado e ingresado el capital en caja social.- Las utilidades y eventuales pérdidas se repartirán entre los socios en la proporción de sus aportes al capital social.- Los socios limitan su responsabilidad hasta la concurrencia del monto de sus respectivos aportes.- La sociedad empezará a regir a contar de esta fecha, y tendrá una duración indefinida; demás disposiciones en escritura extractada. Santiago, 23 de diciembre de 2019.- WLADIMIR ALEJANDRO SCHRAMM LOPEZ, Notario titular de 49 Notaria de Santiago N.P.