Inversiones Santa Catalina Dos Limitada
Instrumento
- Fecha
- 30 de octubre de 2019
- Notario
- Raúl Undurraga Laso
- Oficio
- Notaría No. 29 de Santiago
Sociedad
- Capital
- $262.885 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalRaúl Undurraga Laso, abogado y Notario Público, titular de la Notaría No. 29 de Santiago, calle Mac Iver No. 225, oficina 302, certifico: que por escritura pública otorgada con fecha 30 de octubre de 2019, ante mí, doña María del Pilar Vial Concha y don José Francisco Zegers Vial, en su calidad de únicos socios de “Inversiones Santa Catalina Dos Limitada” y de “Inversiones Santa Catalina Limitada” han acordado fusionar las dos sociedades recién individualizadas en una sola, absorbiendo “Inversiones Santa Catalina Dos Limitada” a “Inversiones Santa Catalina Limitada”, la cual aporta a la primera todo su activo con cargo para ésta de pagar todo su pasivo. Como consecuencia de la fusión, se disuelve “Inversiones Santa Catalina Limitada”. De esta forma, para todos los efectos legales a que haya lugar, deberá entenderse que “Inversiones Santa Catalina Dos Limitada” es la sucesora y continuadora legal de “Inversiones Santa Catalina Limitada”. La fusión se acordó sobre la base de los estados financieros auditados de “Inversiones Santa Catalina Dos Limitada” e “Inversiones Santa Catalina Limitada” cerrados al 30 de septiembre de 2019. (b) Como consecuencia de la fusión, se aumentó el capital social de “Inversiones Santa Catalina Dos Limitada”, de la cantidad de $262.885.705 a la cantidad de$263.008.093.(c) Se acordó sustituir el artículo Quinto de los estatutos sociales de “Inversiones Santa Catalina Dos Limitada” por el siguiente: Artículo Quinto: El capital de la sociedad es la suma de doscientos sesenta y tres millones ocho mil noventa y tres pesos, que los socios han aportado y pagado en dinero en las siguientes proporciones: en un noventa y nueve coma nueve nueve por ciento, equivalente a doscientos sesenta y dos millones novecientos ochenta y un mil setecientos noventa y dos pesos, don José Francisco Zegers Vial; y en el restante cero coma cero uno por ciento, doña María del Pilar Vial Concha, equivalente a veintiséis mil trescientos uno pesos.” La fusión producirá sus efectos a contar de la fecha de la escritura extractada. En todo lo no modificado, se mantiene vigente lo señalado en los estatutos sociales, en especial en cuanto a que la responsabilidad de los socios queda limitada al monto de sus respectivos aportes. Otras estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 23 de Diciembre de 2019.