CONSTITUCIÓN Sociedad por Acciones

Inmobiliaria y Constructora Rio Lircay SpA

CVE 1704824
Fecha instrumento
23 de diciembre de 2019
Notaría
Santiago
Duración
Indefinida

Instrumento

Fecha
23 de diciembre de 2019
Repertorio
9141-2019
Notario
HUMBERTO QUEZADA MORENO
Oficio
Vigésimo Sexta Notaria de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Duración
Indefinida

Objeto social

El objeto de la sociedad será: a) la construcción y edificación, por cuenta propia o ajena, de toda clase de obras civiles, caminos, puentes, viviendas, conjuntos habitacionales, establecimientos, loteos, y la ejecución de todo tipo de obras mediante contratos generales de construcción por suma alzada, administración, subcontratos de especialidades o en cualquier otra forma que se convenga; la elaboración de proyectos y cálculos de ingeniería; el desarrollo de toda clase de encargos, de consultoría y la realización de toda clase de proyectos, estudios, asesorías y tasaciones; b) comprar y adquirir a cualquier título bienes inmuebles, lotearlos, urbanizarlos, construirlos y explotarlos de cualquier manera, pudiendo celebrar todos los contratos y actos útiles y necesarios al objeto indicado, proceder a la venta de los mismos, a arrendarlos o explotarlos a cualquier título y percibir sus frutos; c) invertir y reinvertir en toda clase de bienes muebles, corporales o incorporales, valores mobiliarios y créditos, derechos en sociedades, acciones, bonos, debentures, opciones y todo tipo de instrumentos representativos de inversión sean de renta fija o variable; d) la administración, comercialización y explotación de todos estos bienes y la percepción de sus ingresos; y e) en general, ejecutar todos los actos que los socios acuerden para el buen manejo de la sociedad. La sociedad podrá desarrollar su giro directamente o por medio de otra u otras sociedades de las que forme parte o constituya al efecto

Administración

La administración de la sociedad y el uso de la razón social corresponderá a don Manuel Camilo Vial Rodriguez, a doña Adriana Prieto Pizarro y a don Nicolás Vial Prieto, quienes actuando conjunta o separadamente y anteponiendo a su respectiva firma la razón social, podrán ejecutar todos los actos y celebrar los contratos que estimen convenientes

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

HUMBERTO QUEZADA MORENO, Notario Público Titular de la Vigésimo Sexta Notaria de Santiago, con oficio en calle Huérfanos 835, segundo piso, comuna de Santiago, certifico: Por escritura pública de fecha 23 de diciembre de 2019, Repertorio N° 9141-2019, otorgada en la Notaría Pública de don Humberto Quezada Moreno, Inmobiliaria Koyam SpA, representada por don MANUEL CAMILO VIAL RODRÍGUEZ, cédula de identidad número siete millones cuatrocientos dos mil trescientos veintidós guión tres, ambos domiciliados en Avenida Francisco Bilbao número mil novecientos dos, Comuna de Providencia, Región Metropolitana, constituyó la sociedad por acciones denominada “Inmobiliaria y Constructora Rio Lircay SpA, que se regirá por su estatuto social y por el Párrafo octavo del Título VII del Libro II del Código de Comercio; otorgando en la indicada escritura pública sus estatutos sociales, de los cuales extracto lo siguiente: Nombre: “Inmobiliaria y Constructora Rio Lircay SpA". Objeto. El objeto de la sociedad será: a) la construcción y edificación, por cuenta propia o ajena, de toda clase de obras civiles, caminos, puentes, viviendas, conjuntos habitacionales, establecimientos, loteos, y la ejecución de todo tipo de obras mediante contratos generales de construcción por suma alzada, administración, subcontratos de especialidades o en cualquier otra forma que se convenga; la elaboración de proyectos y cálculos de ingeniería; el desarrollo de toda clase de encargos, de consultoría y la realización de toda clase de proyectos, estudios, asesorías y tasaciones; b) comprar y adquirir a cualquier título bienes inmuebles, lotearlos, urbanizarlos, construirlos y explotarlos de cualquier manera, pudiendo celebrar todos los contratos y actos útiles y necesarios al objeto indicado, proceder a la venta de los mismos, a arrendarlos o explotarlos a cualquier título y percibir sus frutos; c) invertir y reinvertir en toda clase de bienes muebles, corporales o incorporales, valores mobiliarios y créditos, derechos en sociedades, acciones, bonos, debentures, opciones y todo tipo de instrumentos representativos de inversión sean de renta fija o variable; d) la administración, comercialización y explotación de todos estos bienes y la percepción de sus ingresos; y e) en general, ejecutar todos los actos que los socios acuerden para el buen manejo de la sociedad. La sociedad podrá desarrollar su giro directamente o por medio de otra u otras sociedades de las que forme parte o constituya al efecto. Duración: La duración de la sociedad será indefinida. Capital. El capital de la sociedad es de un millón de pesos, dividido en mil acciones nominativas, todas de una misma serie, sin valor nominal, que se suscriben y pagan en el mismo acto de constitución, de contado y en dinero efectivo por Inmobiliaria Koyam SpA. Administración: La administración de la sociedad y el uso de la razón social corresponderá a don Manuel Camilo Vial Rodriguez, a doña Adriana Prieto Pizarro y a don Nicolás Vial Prieto, quienes actuando conjunta o separadamente y anteponiendo a su respectiva firma la razón social, podrán ejecutar todos los actos y celebrar los contratos que estimen convenientes. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. HUMBERTO QUEZADA MORENO, Santiago, 24 de diciembre de 2019. HQM. Not. Pub.