COMERCIAL E INDUSTRIAL PEPEPOK LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 21 de octubre de 1996
- Notario
- MARIO PATRICIO ABURTO CONTARDO
- Oficio
- Sexta Notaría de Concepción
- Comuna
- Concepción
Sociedad
- Capital
- $8.484 CLP
Personas y entidades (1)
| Nombre | Rol | RUT/RUN | % | Aporte | Domicilio |
|---|---|---|---|---|---|
| COMERCIAL E INDUSTRIAL PEPEPOK LIMITADA | socio | 78919240-5 | — | — |
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalMARIO PATRICIO ABURTO CONTARDO, Notario Público Titular Sexta Notaría de Concepción, oficio Colo-Colo 304, Concepción, certifico: por escritura pública fecha 20-DICIEMBRE-2019, REPERTORIO N° 5.456/2019, ante Notario Público Mario César Hurtado Henríquez, suplente del titular Mario Patricio Aburto Contardo, JOSÉ ANTONIO POCH GONZALEZ, y JAVIERA ANDREA POCH WEISSER, ambos con domicilio en calle Andrés Bello Nº113 Concepción; modificaron sociedad COMERCIAL E INDUSTRIAL PEPEPOK LIMITADA, RUT N° 78.919.240-5, constituida por escritura pública de 21 de octubre del año 1996 en la notaría de Concepción de don Mario Patricio Aburto Contardo, cuyo extracto se publicó en el Diario Oficial de fecha 7 de noviembre del año 1996, e inscrita en el Registro de Comercio de Concepción a fojas 1552 Nº1219 del año1996. Siguientes modificaciones: El capital social de la compañía es la suma de $10.000.000, capital que se aumenta a la suma de $132.030.618 de la siguiente manera: 1.- Con la capitalización del fondo de revalorización del capital propio de la sociedad por la suma de $18.280.618, correspondiente a don José Antonio Poch Gonzalez un 70% equivalente a $12.796.433, y a doña Javiera Andrea Poch Weisser un 30% equivalente a $5.484.185. 2.- Socio José Antonio Poch González, aporta $103.750.000, suma ya enterada en la caja social. Capital social queda aportado de la siguiente manera: José Antonio Poch González la suma de $123.546.433, equivalente al 93,57% del capital social. Javiera Andrea Poch Weisser la suma de $8.484.185 equivalente al 6,43% del capital social. Los socios limitan su responsabilidad al monto de sus aportes. Demás pactos constan en escritura extractada. CONCEPCION, 26 DE DICIEMBRE DE 2019.- evt.