MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

CAPRILAC SOCIEDAD GANADERA LIMITADA

RUT 76369697-9 CVE 1704674
Capital
$6.000.000 CLP
Fecha instrumento
29 de noviembre de 2019
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
29 de noviembre de 2019
Repertorio
22766-2019
Notario
MARGARITA MORENO ZAMORANO
Oficio
27 Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$6.000.000 CLP

Referencias (1)

  • do publicacion
    DO N° 40958 del 13 de septiembre de 2014

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

MARGARITA MORENO ZAMORANO, Notario Público Interino de la 27 Notaría de Santiago, con oficio en calle Orrego Luco N° 0153, comuna de Providencia, certifico: Por escritura pública de fecha 29 de Noviembre de 2019, Repertorio N° 22766-2019, ante mí, don JOSÉ ANTONIO LÓPEZ BALART, don MÁXIMO FRANCISCO ANDRÉS ALONSO VALDÉS, don CRISTIÁN OLIVARES SILVA, todos domiciliados para estos efectos en calle Alsacia número 100, oficina 601, comuna de Las Condes, Región Metropolitana, y don Paul Javier Furst Gwinner, en representación de la sociedad SCANER INVERSIONES Y ASESORÍAS LIMITADA, rol único tributario número 78.986.310-5 ambos domiciliados en Avenida Apoquindo número 3.721, oficina 172, comuna de Las Condes, modificaron sociedad CAPRILAC SOCIEDAD GANADERA LIMITADA, rol único tributario número 76.369.697- 9, constituida con un capital de $6.000.000, por escritura pública de fecha 19 de agosto de 2014, otorgada ante el Notario de Santiago don Francisco Javier Leiva Carvajal, cuyo extracto se inscribió a fojas 68.435, número 41.710 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago correspondiente al año 2014, y se publicó en el Diario Oficial número 40.958 de fecha 13 de septiembre de 2014 en cuanto: Uno) a. se retira de la sociedad, MÁXIMO FRANCISCO ANDRÉS ALONSO VALDÉS dueño del 33,33 % del capital y de las utilidades sociales, quien cede y transfiere un 9,16% de sus derechos sociales a don CRISTIÁN OLIVARES SILVA, quien los compra, acepta y adquiere para si, en el precio de $5.502.550 que el Cesionario paga en este acto al Cedente, al contado a su completa satisfacción, otorgando este último total y completo finiquito respecto del pago del precio de la cesión de derechos, renunciado a la acción resolutoria; b. don MÁXIMO FRANCISCO ANDRÉS ALONSO VALDÉS cede y transfiere un 6,96% de sus derechos sociales a don JOSÉ ANTONIO LÓPEZ BALART, quien los compra, acepta y adquiere para si, en el precio de $4.170.417 que el Cesionario paga en este acto al Cedente, al contado a su completa satisfacción, otorgando este último total y completo finiquito respecto del pago del precio de la cesión de derechos, renunciado a la acción resolutoria; c. don MÁXIMO FRANCISCO ANDRÉS ALONSO VALDÉS cede y transfiere un 17,21% de sus derechos sociales a SCANER INVERSIONES Y ASESORÍAS LIMITADA, quien a través de su apoderado los compra, acepta y adquiere para si, en el precio de $10.327.033.- que el Cesionario paga en este acto al Cedente, al contado a su completa satisfacción, otorgando este último total y completo finiquito respecto del pago del precio de la cesión de derechos, renunciado a la acción resolutoria. Dos) Quedan como únicos socios don CRISTIÁN OLIVARES SILVA, con una participación de un 42,50% del haber social, equivalentes a la cantidad de $2.550.000; don JOSÉ ANTONIO LÓPEZ BALART con una participación de un 40,29% del haber social, equivalentes a la cantidad de $2.417.400; y SCANER INVERSIONES Y ASESORÍAS LIMITADA con una participación de un 17,21% del haber social, equivalentes a la cantidad de $1.032.600. Tres) Se modifica la cláusula QUINTA del pacto social en el sentido de aumentar el capital de la sociedad a la suma de $100.000.000.- que se enteran de la siguiente forma a) don JOSÉ ANTONIO LÓPEZ BALART aporta la suma de $40.290.000, ya ingresados en dinero en efectivo en la caja social y que corresponde al 40,29%; b) don CRISTIÁN OLIVARES SILVA aporta la suma de $42.500.000, ya ingresados en dinero en efectivo en la caja social y que corresponde al 42,50% de los derechos sociales y SCANER INVERSIONES Y ASESORÍAS LIMITADA aporta la suma de $17.210.000, que se ingresan en este acto en dinero en efectivo en la caja social y que corresponde al 17,21% por ciento de los derechos sociales. Cuatro) Se modifica la cláusula SEXTA del estatuto, en cuanto a que la responsabilidad de los socios queda expresamente limitada al monto de sus respectivos aportes. Cinco) Se modifica la cláusula NOVENA del pacto social en el sentido que la administración de la sociedad y el uso de la razón social corresponderá a los socios don José Antonio López Balart, don Cristián Olivares Silva y SCANER INVERSIONES Y ASESORÍAS LIMITADA quienes la ejercerán en forma conjunta en todas aquellas operaciones que tengan un valor igual o superior a doce millones de pesos. Aquellas operaciones que tengan un valor inferior a doce millones de pesos, podrán ser ejecutadas por cualquiera dos de los socios actuando en forma conjunta. Aquellas facultades señaladas en los numerales Veinticuatro) y Veinticinco) de la cláusula Décima del pacto social podrán ser ejercidas por cualquiera dos de los socios conjuntamente, cualquiera sea su monto. Seis) Se modifica la cláusula DÉCIMO SEGUNDA del pacto social, en el sentido que en caso de fallecimiento de alguno de los socios, la sociedad continuará con los socios sobrevivientes y los herederos del socio fallecido, representados estos últimos por un procurador común. En lo demás queda vigente el estatuto social. Santiago, 13 de diciembre de 2019.