SERVICIOS FINANCIEROS Y PROFESIONALES PUELMA & LUES LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 23 de diciembre de 2019
- Notario
- JUAN RICARDO SAN MARTIN URREJOLA
- Oficio
- 43ª Notaría
Sociedad
- Capital
- $1.000.000 CLP
Objeto social
A) Prestar servicios de asesorías en material empresarial, contable, administrativa y de gestión, elaboración, evaluación y desarrollo de proyecto en el ámbito de la educación, administración, contable y de gestión; B) Desarrollar y gestionar escuelas de futbol y)o cualquier otro deporte para deportistas destacados, pudiendo contratar entrenadores, personal trainer y todo tipo de profesionales para llevar a cabo su objetivo, pudiendo comprar, importar, exportar todo tipo de herramientas y)o maquinarias para el entrenamiento de los deportistas; y C) en general cualquier otra actividad que los socios determinen estén o no relacionadas con los giros principales de la sociedad”.- 2) Cláusula CUARTA del primitivo pacto social, en el sentido que la administración de la sociedad y el uso de la razón social corresponderá separada e indistintamente a don LUIS FELIPE PUELMA CAAMAÑO y a don JUAN PABLO PUELMA LUES con la totalidad de las facultades contenidas en la mencionada cláusula del primitivo pacto social.- En todo lo no modificado expresamente por el presente instrumento, continúa vigente en todo su contexto el primitivo pacto social.- SANTIAGO, 24 Diciembre 2019
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalJUAN RICARDO SAN MARTIN URREJOLA, Notario Público, Titular 43ª Notaría, Huérfanos 835 – Piso 18. Santiago, certifico: Por escritura 23 Diciembre 2019, ante mí, LUIS FELIPE PUELMA CAAMAÑO, SILVIA TEXIA LUES REPETTO y JUAN PABLO PUELMA LUES, todos Nitelia N° 295, Jardín del Mar, Reñaca, Viña del Mar y de paso en ésta, modificaron sociedad SERVICIOS FINANCIEROS Y PROFESIONALES PUELMA & LUES LIMITADA, constituida por escritura pública de fecha 28 Abril 2010, ante doña Ana María Sordo Martínez, Notario Suplente de don Luis Enrique Fischer Yavar.- Un extracto se inscribió a fojas 551 vuelta, N° 658, Registro de Comercio de Viña del Mar, año 2010; y publicado en consiste:- 1) LUIS FELIPE PUELMA CAAMAÑO, dueño del 50% de los derechos en el total del haber e interés social, cede y transfiere un 40% del total del haber e interés social a JUAN PABLO PUELMA LUES, quién los compra, acepta y adquiere para sí, $400.000, efectivo; y 2) SILVIA TEXIA LUES REPETTO, dueña del 50% de los derechos en el total del haber e interés social, cede y transfiere un 40% del total del haber e interés social a JUAN PABLO PUELMA LUES, quién los compra, acepta y adquiere para sí, $400.000 efectivo.- Consecuencia cesiones quedan como socios: LUIS FELIPE PUELMA CAAMAÑO, 10% derechos sociales; SILVIA TEXIA LUES REPETTO, 10% derechos sociales; y JUAN PABLO PUELMA LUES, 80% derechos sociales, quienes modifican:- 1) Cláusula TERCERA del primitivo pacto social, en el sentido de ampliar el objeto de la sociedad, el que, a contar de esta fecha será el siguiente:- “TERCERO: Objeto Social. A) Prestar servicios de asesorías en material empresarial, contable, administrativa y de gestión, elaboración, evaluación y desarrollo de proyecto en el ámbito de la educación, administración, contable y de gestión; B) Desarrollar y gestionar escuelas de futbol y/o cualquier otro deporte para deportistas destacados, pudiendo contratar entrenadores, personal trainer y todo tipo de profesionales para llevar a cabo su objetivo, pudiendo comprar, importar, exportar todo tipo de herramientas y/o maquinarias para el entrenamiento de los deportistas; y C) en general cualquier otra actividad que los socios determinen estén o no relacionadas con los giros principales de la sociedad”.- 2) Cláusula CUARTA del primitivo pacto social, en el sentido que la administración de la sociedad y el uso de la razón social corresponderá separada e indistintamente a don LUIS FELIPE PUELMA CAAMAÑO y a don JUAN PABLO PUELMA LUES con la totalidad de las facultades contenidas en la mencionada cláusula del primitivo pacto social.- En todo lo no modificado expresamente por el presente instrumento, continúa vigente en todo su contexto el primitivo pacto social.- SANTIAGO, 24 Diciembre 2019.