INVERSIONES OXALIS LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 4 de diciembre de 2019
- Comuna
- Pública de Santiago
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalNANCY DE LA FUENTE HERNÁNDEZ, Abogada, Titular de la Trigésimo Séptima Notaría Pública de Santiago, con oficio en Huérfanos N° 1117, oficina 1014, comuna de Santiago, certifica: Por escritura pública de fecha 04 de diciembre de 2019, ante mí, don EDUARDO JOSÉ MAGRI VARELA, domiciliado en calle Nocedal número seis mil seiscientos sesenta y cuatro A, comuna de La Reina, Santiago, Región Metropolitana, por sí y en representación de INVERSIONES AMANCAY LIMITADA domiciliada en El Estero sin número, Lago Rapel, ciudad y comuna de Las Cabras y doña FLOR ISABEL MAGRI VARELA, domiciliada en Alcántara número doscientos setenta y uno, piso tres, comuna de Las Condes, Santiago, Región Metropolitana, por sí y en representación de INVERSIONES AMANCAY LIMITADA; acordaron lo siguiente: A).- Como consecuencia de la fusión pactada en escritura extractada de la sociedad INVERSIONES EL CALAFATE LIMITADA en INVERSIONES AMANCAY LIMITADA sociedad esta última que absorbe a la primera, que pasa a disolverse por el sólo ministerio de la ley, incorporando a sus socios, adquiriendo todo su patrimonio, activos y pasivos, y sucediéndola en todos sus derechos y obligaciones transmisibles, se procede a acordar la modificación de la sociedad INVERSIONES OXALIS LIMITADA, en atención a que la sociedad absorbida INVERSIONES EL CALAFATE LIMITADA, detentaba derechos societarios en aquella que formaban parte de su activo, ascendentes a una participación del sesenta por ciento del capital social, procediendo que dichos derechos sociales sean reconocidos como de propiedad y como parte del activo de la sociedad absorbente INVERSIONES AMANCAY LIMITADA. B).- A consecuencia de lo anterior, se modifican los estatutos de la sociedad INVERSIONES OXALIS LIMITADA, inscrita a fojas 20, número 15, del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Peumo, correspondiente al año 2003, en el siguiente sentido: (i).- Se modifica la cláusula primera de los estatutos sociales, reemplazándola por la siguiente: “PRIMERO: SOCIOS. Doña FLOR ISABEL MAGRI VARELA, don EDUARDO JOSÉ MAGRI VARELA y la sociedad INVERSIONES AMANCAY LIMITADA, son los únicos y actuales socios de la sociedad de responsabilidad limitada denominada INVERSIONES OXALIS LIMITADA, que se regirá por los presentes estatutos, por las disposiciones de la Ley número tres mil novecientos dieciocho, y en todo lo no previsto en ellos por las disposiciones del Código de Comercio y el Código Civil”. (ii).- Se modifica la cláusula cuarta de los estatutos sociales reemplazándola por la siguiente: “CUARTO: CAPITAL Y RESPONSABILIDAD DE LOS SOCIOS. El capital de la sociedad es la suma de cien millones de pesos que ha sido aportado y enterado en dinero por los socios, en la forma y condiciones establecidas en los estatutos sociales, y en la proporción de sesenta millones de pesos por INVERSIONES AMANCAY LIMITADA, veinte millones de pesos por don EDUARDO MAGRI VARELA y veinte millones de pesos por doña FLOR MAGRI VARELA. Don Eduardo y doña Flor Magri Varela, aportan además su trabajo personal. La responsabilidad de los socios queda limitada al monto de sus respectivos aportes”. En todo lo no modificado por el presente instrumento permanecen las disposiciones estatutarias vigentes. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 12 de diciembre de 2019.