MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

IMPORTADORA Y EXPORTADORA GRAN MURALLA CHINA LIMITADA

RUT 76391970-6 CVE 1704226
Fecha instrumento
19 de octubre de 2005

Instrumento

Fecha
19 de octubre de 2005
Notario
MARIA ANTONIETA NIÑO DE ZEPEDA PARRA
Domicilio
Iquique

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

MARIA ANTONIETA NIÑO DE ZEPEDA PARRA, Notario Público Titular, Iquique, A. Pinto 555, certifico que, por escritura pública hoy ante mi, LINGHUA JIN, Manuel Plaza 2995, depto. 2103, Iquique, en representación MANLI RUAN, Avda. Arturo Prat 1670, depto. 211, Edificio Dellos, Iquique; MIAOFANG JIN, Manuel Plaza 2995, depto. 2103, Iquique; LICHEN JIN, en representación YOUBIN LI, y YINGJIE ZHANG, ambos Capitán Roberto Pérez 2777, depto. 2301, Iquique, modifican sociedad IMPORTADORA Y EXPORTADORA GRAN MURALLA CHINA LIMITADA, constituida escritura pública 19/10/2005, otorgada ante Notario Público Iquique ERIKA BRIONES GALVEZ, Suplente Titular MARIA ANTONIETA NIÑO DE ZEPEDA PARRA, inscrita fjs. 975, Nº 959, Registro Comercio Iquique 2005, Conservador Iquique, debidamente publicada D.O. 3/11/2005, siguiente sentido: MIAOFANG JIN, vende cede y transfiere 100% derechos sociales, equivalen 4% haber social, a YINGJIE ZHANG. YOUBIN LI, a través de su representante, vende cede y transfiere 100% derechos sociales, equivalen 36% haber social, a YINGJIE ZHANG. Consecuencia cesiones sociales efectuadas precedentemente, quedan únicos socios IMPORTADORA Y EXPORTADORA GRAN MURALLA CHINA LIMITADA, MANLI RUAN, participación social 60% haber total sociedad; y YINGJIE ZHANG, participación social equivalente 40% haber total sociedad, limitando sus responsabilidades al monto de sus respectivas participaciones sociales. Actuales socios modifican cláusula Cuarta, pacto social primitivo, en el sentido que la administración de la sociedad y el uso de la razón social corresponderá a ambos socios en forma separada e indistintamente, quienes actuando por la sociedad y anteponiendo la razón social a su firma, la representará y obligará con las mismas facultades establecidas en el pacto social primitivo. En todo lo no modificado presente instrumento queda vigente pacto social primitivo. Demás estipulaciones escritura extractada. Iquique, 21 de Noviembre 2019.