VARAS & MUÑOZ SpA
Instrumento
- Fecha
- 10 de diciembre de 2019
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $4.000.000 CLP
Administración
Que, se modifica también el título tercero de los estatutos, específicamente su artículo sexto permanente primera parte,en cuanto a la administración de la sociedad: La administración, representación y uso del nombre de la sociedad corresponderá a don EDMUNDO ANDRÉS VARAS ALVARADO, cédula nacional de identidad número quince millones cuatrocientos cincuenta y nueve mil cuarenta guion cuatro, actuando individualmente como administrador estatutario y gerente de la sociedad y anteponiendo a su firma el nombre y razón social de la sociedad, tendrá, por tanto, el uso de la razón social y representara a la sociedad judicial y extrajudicialmente y para el cumplimiento del objeto social, lo que no será necesario acreditar ante terceros. El administrador tendrá las más amplias facultades de administración y disposición, pudiendo ejecutar todos los actos y celebrar todos los contratos y convenciones, de cualquier naturaleza, que se relacionen directa o indirectamente con el giro social, sin limitación alguna.- De este modo, la sociedad referida precedentemente se modifica, en el sentido de, a contar de esta fecha EDMUNDO ANDRÉS VARAS ALVARADO, es dueño del 100% capital social, esto es, 1.000 ACCIONES ordinarias, nominativas, de una misma serie y sin valor nominal. Se modifica también la razón social de la misma, desde “VARAS & MUÑOZ SpA” o “BARBERÍA V & M SpA” a “VARAS & ALVARADO SpA” o “BARBERÍA V & M SpA”. Por último, se modifica la administración de la sociedad, la cual corresponderá a EDMUNDO ANDRÉS VARAS ALVARADO, amplias facultades. En todo lo no modificado se mantienen plenamente vigentes las
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalPATRICIO HERNAN CATHALIFAUD MOROSO, Titular 12 Notaría de Santiago, Teatinos 331, certifica que por escritura pública hoy ante mí, EDER LEANDRO MUÑOZ ABARCA, empresario, Rut 15.789.338-6, Los Claveles 8135, San Ramón, ciudad de Santiago, Región Metropolitana y, EDMUNDO ANDRÉS VARAS ALVARADO, empresario, Rut 15.459.040-4, Ahumada 370, of. 523, Santiago, ciudad de Santiago, Región Metropolitana, modificaron sociedad por acciones “VARAS & MUÑOZ SpA”, Rut 76.917.476-1, constituida 6.agosto.2018, otorgada esta Notaría, inscrito fojas 61.709 N°31.576 Registro Comercio Santiago año 2018, publicada D.O. 22.agosto.2018, ASI: Eder Leandro Muñoz Abarca, vende, cede y transfiere 500 acciones, equivalentes al 50% del total de las acciones de “VARAS & MUÑOZ SpA”, a Edmundo Andrés Varas Alvarado, quien las compra, acepta y adquiere para sí, en el precio de $2.996.000. Se Modifican título décimo estatutos corporativos, relativo a su artículo primero transitorio, en cuanto al capital social de la sociedad por acciones ya constituida, modificándose dicho artículo en los siguientes términos: El capital social, que según se establece en el artículo quinto del presente estatuto, es la suma de $4.000.000, y se encuentra dividido en 1.000 ACCIONES ordinarias, nominativas, de una misma serie y sin valor nominal, de tal manera que cada acción dará derecho a un voto. La sociedad podrá en todos los casos poseer acciones de su propia emisión. Este capital es aportado de la siguiente manera, y ha quedado totalmente suscrito y pagado en dinero en efectivo a la fecha de esta escritura e ingresado en caja social, a razón de mil acciones por EDMUNDO ANDRÉS VARAS ALVARADO, las que paga de la siguiente manera: $4.000.000 contado, enterándolo caja social; correspondiendo esto al 100% capital social. MODIFICA RAZÓN SOCIAL: EDMUNDO ANDRÉS VARAS ALVARADO posee el 100% del capital social, por lo cual viene en modificar el título primero de sus estatutos corporativos, en específico lo relativo a su artículo primero permanente, en cuanto a la razón social de la sociedad por acciones ya individualizada, modificándose dicho artículo en los siguientes términos: El nombre de la sociedad o razón social será “VARAS & ALVARADO SpA”, pudiendo usar para efectos bancarios, comerciales y de publicidad indistintamente la expresión “BARBERÍA V & MSpA”, con la que se obligará a la sociedad de la misma manera que si actuara con su razón social integra; se regirá por las estipulaciones de estos estatutos y, en silencio de ellos, por las disposiciones de la Ley número veinte mil ciento noventa sobre Mercado de Capitales y Ley número dieciocho mil cuarenta y seis sobre Sociedades Anónimas, sus modificaciones y su Reglamento, supletoriamente, como también por el Código de Comercio y el Código Civil. MODIFICACIÓN DE LA ADMINISTRACIÓN: Que, se modifica también el título tercero de los estatutos, específicamente su artículo sexto permanente primera parte,en cuanto a la administración de la sociedad: La administración, representación y uso del nombre de la sociedad corresponderá a don EDMUNDO ANDRÉS VARAS ALVARADO, cédula nacional de identidad número quince millones cuatrocientos cincuenta y nueve mil cuarenta guion cuatro, actuando individualmente como administrador estatutario y gerente de la sociedad y anteponiendo a su firma el nombre y razón social de la sociedad, tendrá, por tanto, el uso de la razón social y representara a la sociedad judicial y extrajudicialmente y para el cumplimiento del objeto social, lo que no será necesario acreditar ante terceros. El administrador tendrá las más amplias facultades de administración y disposición, pudiendo ejecutar todos los actos y celebrar todos los contratos y convenciones, de cualquier naturaleza, que se relacionen directa o indirectamente con el giro social, sin limitación alguna.- De este modo, la sociedad referida precedentemente se modifica, en el sentido de, a contar de esta fecha EDMUNDO ANDRÉS VARAS ALVARADO, es dueño del 100% capital social, esto es, 1.000 ACCIONES ordinarias, nominativas, de una misma serie y sin valor nominal. Se modifica también la razón social de la misma, desde “VARAS & MUÑOZ SpA” o “BARBERÍA V & M SpA” a “VARAS & ALVARADO SpA” o “BARBERÍA V & M SpA”. Por último, se modifica la administración de la sociedad, la cual corresponderá a EDMUNDO ANDRÉS VARAS ALVARADO, amplias facultades. En todo lo no modificado se mantienen plenamente vigentes las demás cláusulas del pacto social. Demás estipulaciones en escritura extractada. – Santiago. a 10 diciembre de 2019.