SOCIEDAD DE PROFESIONALES SELMAN ÁLVAREZ Y COMPAÑÍA LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 17 de diciembre de 2019
- Notario
- Gonzalo Sergio Mendoza Guiñez
- Domicilio
- doña Antonieta Mendoza Escalas
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $55.588 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalGonzalo Sergio Mendoza Guiñez, abogado, Notario Público, Suplente de doña Antonieta Mendoza Escalas, Titular de la 16° Notaría de Santiago, oficio San Sebastián 2750, Las Condes, Santiago, certifica: Que por escritura pública de fecha 17 de Diciembre de 2019 otorgada ante Titular y autorizada por mí conforme Art. 402 C.O.T., don RAFAEL LIMBER SELMAN ABUCHAIBE, doña CECILIA PAZ ALVAREZ GARRIDO, doña CATALINA PAZ SELMAN ALVAREZ, don RAFAEL IGNACIO SELMAN ALVAREZ y, don JUAN PABLO SELMAN ALVAREZ, todos domiciliados en camino El Piden 3699, comuna de Lo Barnechea, ciudad de Santiago, modificaron sociedad de responsabilidad limitada “SOCIEDAD DE PROFESIONALES SELMAN ÁLVAREZ Y COMPAÑÍA LIMITADA”, Rol Único Tributario número 77.062.720-6, modificaciones consisten en: (UNO) Cesión Rafael Selman a Juan Selman. don RAFAEL LIMBER SELMAN ABUCHAIBE dueño del 20% del haber social vende cede y transfiere a don JUAN PABLO SELMAN ALVAREZ, quien recibe, acepta y compra para sí, el 50% de sus derechos sociales en la Sociedad, y que equivalen al 10% del total de los derechos. El precio de esta cesión esta pagado en el acto al contado y en dinero efectivo. (DOS) Cesión Cecilia Álvarez a Juan Selman. doña CECILIA PAZ ALVAREZ GARRIDO dueña del 20% del haber social vende cede y transfiere a don JUAN PABLO SELMAN ALVAREZ, quien recibe, acepta y compra para sí, el 25% de sus derechos sociales en la Sociedad, y que equivalen al 5% del total de los derechos. El precio de esta cesión esta pagado en el acto al contado y en dinero efectivo. (TRES) Cesión Rafael Selman a Juan Selman. don RAFAEL IGNACIO SELMAN ALVAREZ dueño del 30% del haber social vende cede y transfiere a don JUAN PABLO SELMAN ALVAREZ, quien recibe, acepta y compra para sí, el 16,667% de sus derechos sociales en la Sociedad, y que equivalen al 5% del total de los derechos. El precio de esta cesión esta pagado en el acto al contado y en dinero efectivo. (CUATRO) Cesión Catalina Selman a Juan Selman. doña CATALINA PAZ SELMAN ALVAREZ dueña del 30% del haber social vende cede y transfiere a don JUAN PABLO SELMAN ALVAREZ, quien recibe, acepta y compra para sí, el 16,667% de sus derechos sociales en la Sociedad, y que equivalen al 5% del total de los derechos. El precio de esta cesión esta pagado en el acto al contado y en dinero efectivo. (CINCO) Los socios don RAFAEL IGNACIO SELMAN ALVAREZ, doña CECILIA PAZ ALVAREZ GARRIDO, don RAFAEL LIMBER SELMAN ABUCHAIBE y doña CATALINA PAZ SELMAN ALVAREZ autorizan y consienten expresamente las cesiones que se efectuaron (SEIS) MODIFICACION CAPITAL SOCIAL. El Capital Social es $185.292 el que se encuentra enterado, aportado y pagado por los socios de la siguiente forma: a) doña CECILIA PAZ ÁLVAREZ GARRIDO aporta, entera ya ingresados a caja social $9264 equivalente al 5% del Capital Social; b) don RAFAEL LIMBER SELMAN ABUCHAIBE aporta, entera ya ingresados a caja social $9264 equivalente al 5% del Capital Social; c) don RAFAEL IGNACIO SELMAN ALVAREZ aporta, entera ya ingresados a caja social $55.588 pesos equivalente al 30% del Capital Social; d) doña CATALINA PAZ SELMAN ALVAREZ aporta, entera ya ingresados a caja social $55.588 equivalente al 30% del Capital Social y; e) don JUAN PABLO SELMAN ALVAREZ aporta, entera ya ingresados a caja social $55.588 equivalente al 30% del Capital Social.(SIETE) MODIFICACION ADMINISTRACION La Administración de la sociedad y de los negocios sociales y el uso de la razón social corresponderá exclusivamente al socio don RAFAEL LIMBER SELMAN ABUCHAIBE, quien anteponiendo la razón social a su firma, la representara con las más amplias facultades que se señalan en escritura extractada (OCHO) En todo aquello no modificado expresamente por Escritura extractada, se mantiene plenamente vigentes las disposiciones del contrato social. Demás disposiciones en escritura extractada- Santiago, 20 de Diciembre de 2019.-