CONSTITUCIÓN Sociedad por Acciones

SOCIEDAD DE INVERSIONES EL FARAÓN DEL CRIOLLISMO PERUANO SpA

CVE 1702990
Capital
$2.000.000 CLP
Notaría
Santiago
Duración
Indefinida

Instrumento

Notario
OLIMPIA SCHNEIDER MOENNE-LOCCOZ
Oficio
31. Notaría Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

N. fantasía
EL FARAÓN.-
Capital
$2.000.000 CLP
Domicilio
Santiago
Duración
Indefinida

Objeto social

La Sociedad tendrá como objeto; : La Sociedad tendrá por objeto a): El servicio de Restaurante, expendido de platos preparados, gastronomía, banquetería, repostería y chocolatería, comidas preparadas y bebidas alcohólicas y analcohólicas, para ser consumidas en el mismo local o para llevar. La importación, exportación, compra, venta, consignación, representación, distribución y comercialización de todo tipo de bienes muebles, especialmente artículos de electrónica para el hogar, todo tipo de accesorios para vehículos, artículos de entretención, de recreación, artículos deportivos; operaciones financieras y comerciales, ejecución de comisiones, representaciones y mandatos, y toda otra actividad comercial o financiera que los constituyente determinen, relacionada directa o indirectamente con el giro social. Para los efectos antes expuestos podrá realizar todas las actividades y celebrar todos los actos y contratos que fueren necesarios o conducentes a los fines sociales.-.b) La inversión de toda clase de bienes corporales e incorporales, muebles, inmueble, la adquisición y enajenación a cualquier título, arrendamiento, explotación de proyectos de negocios inmobiliarios y de bienes inmuebles, propios o ajenos, o por cuenta propia o de terceros y en todas sus formas; c) El desarrollo de todo tipo de inversiones con fines rentísticos, en Chile y)o en el extranjero, por cuenta propia o ajena, la adquisición, enajenación y administración de toda clase de valores mobiliarios, incluyendo acciones, bonos, efectos de comercio, derechos en sociedades de cualquier naturaleza y todo otro tipo de valores; d) El desarrollo e implementación de proyectos de inversión , la promoción y desarrollo de toda clase de negocios, sean industriales o de servicios. Para estos fines podrá dedicarse a la compraventa de empresas y a la comercialización de bienes; e) Formar, participar e invertir en otras sociedades de cualquier naturaleza, constituir toda clase de sociedades, cooperativas, comunidades, corporaciones, fundaciones, e incorporarse a otras ya existentes, desarrollar actividades de su giro por sí misma o a través de sociedades que se constituyan al efecto como socia, accionista o de cualquier otra manera; f) En general, celebrar toda clase de contratos y realizar todos los actos necesarios convenientes para desarrollar el giro social.-Duración: Indefinida

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

OLIMPIA SCHNEIDER MOENNE-LOCCOZ, Notario Público Titular 31. Notaría Santiago, Huérfanos 1055, local 328; Certifico: Por escritura hoy ante mí, DORIS CATTI ACOSTA PAREDES, y don FIDEL MARCELINO HERVACIO GABRIEL, ambos con domicilio Avenida Club Hípico número cinco mil cero setenta y cinco, de la Comuna de Pedro Aguirre Cerda Ciudad de Santiago, Región Metropolitana constituyeron sociedad por acciones con fecha once de Diciembre del año 2019 ante esta notaría . Nombre: “SOCIEDAD DE INVERSIONES EL FARAÓN DEL CRIOLLISMO PERUANO SpA” NOMBRE DE FANTASÍA: EL FARAÓN.- - Objeto: La Sociedad tendrá como objeto; : La Sociedad tendrá por objeto a): El servicio de Restaurante, expendido de platos preparados, gastronomía, banquetería, repostería y chocolatería, comidas preparadas y bebidas alcohólicas y analcohólicas, para ser consumidas en el mismo local o para llevar. La importación, exportación, compra, venta, consignación, representación, distribución y comercialización de todo tipo de bienes muebles, especialmente artículos de electrónica para el hogar, todo tipo de accesorios para vehículos, artículos de entretención, de recreación, artículos deportivos; operaciones financieras y comerciales, ejecución de comisiones, representaciones y mandatos, y toda otra actividad comercial o financiera que los constituyente determinen, relacionada directa o indirectamente con el giro social. Para los efectos antes expuestos podrá realizar todas las actividades y celebrar todos los actos y contratos que fueren necesarios o conducentes a los fines sociales.-.b) La inversión de toda clase de bienes corporales e incorporales, muebles, inmueble, la adquisición y enajenación a cualquier título, arrendamiento, explotación de proyectos de negocios inmobiliarios y de bienes inmuebles, propios o ajenos, o por cuenta propia o de terceros y en todas sus formas; c) El desarrollo de todo tipo de inversiones con fines rentísticos, en Chile y/o en el extranjero, por cuenta propia o ajena, la adquisición, enajenación y administración de toda clase de valores mobiliarios, incluyendo acciones, bonos, efectos de comercio, derechos en sociedades de cualquier naturaleza y todo otro tipo de valores; d) El desarrollo e implementación de proyectos de inversión , la promoción y desarrollo de toda clase de negocios, sean industriales o de servicios. Para estos fines podrá dedicarse a la compraventa de empresas y a la comercialización de bienes; e) Formar, participar e invertir en otras sociedades de cualquier naturaleza, constituir toda clase de sociedades, cooperativas, comunidades, corporaciones, fundaciones, e incorporarse a otras ya existentes, desarrollar actividades de su giro por sí misma o a través de sociedades que se constituyan al efecto como socia, accionista o de cualquier otra manera; f) En general, celebrar toda clase de contratos y realizar todos los actos necesarios convenientes para desarrollar el giro social.-Duración: Indefinida.- Domicilio: Santiago. Capital: $2.000.000.- dividido en 1.000 mil acciones nominativas, de una misma serie y sin valor nominal, que representan el cien por ciento del capital social.-Participación: El socio doña DORIS CATTI ACOSTA PAREDES tiene un cincuenta por ciento de participación en la sociedad, lo que equivale a un millón de acciones, que se suscribe y paga por el accionista doña DORIS CATTI ACOSTA PAREDES por un valor de un millón de pesos, quien cancela en este acto en dinero en efectivo, que ingresa a las arcas sociales, y don FIDEL MARCELINO HERVACIO GABRIEL tiene un cincuenta por ciento de participación en la sociedad, lo que equivale a un millón de acciones, que se suscribe y paga por el accionista FIDEL MARCELINO HERVACIO GABRIEL por un valor de un millón de pesos, quien lo cancela en este acto en dinero en efectivo y que ingresa a las arcas sociales.- Responsabilidad: Los Socios limitan su responsabilidad hasta el monto de sus respectivos aportes.-Representante Legal: DORIS CATTI ACOSTA PAREDES y FIDEL MARCELINO HERVACIO GABRIEL, Santiago, 11 de Diciembre de 2019.-