MODIFICACIÓN Sociedad por Acciones

NUEVA INVERFAL ARGENTINA SpA

RUT 76308853-7 CVE 1703763
Capital
$90.419.155 CLP
Fecha instrumento
12 de diciembre de 2019
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
12 de diciembre de 2019
Repertorio
130020
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$90.419.155 CLP

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

FELIPE LEIVA ILABACA Notario Suplente del Titular don FRANCISCO JAVIER LEIVA CARVAJAL, 2ª Notaría Santiago, Oficio Amunategui N° 73, Santiago, certifica: Por escritura pública 12/12/2019, bajo el repertorio Nº 130.020 ante notario que autoriza, NUEVA FALABELLA INVERSIONES INTERNACIONALES SpA, domiciliada para estos efectos en Manuel Rodríguez Norte N° 730, comuna y ciudad de Santiago, modificó “NUEVA INVERFAL ARGENTINA SpA”, inscrita a Fs.: 51.106 N°: 37.641 del Registro de Comercio del CBR de Santiago correspondiente año 2011, en el siguiente sentido: 1) Se aumenta el capital de $90.419.155.304 a $91.130.285.304, lo que implica un aumento de capital efectivo ascendente a $711.130.000; 2) El único y actual accionista, esto es, Nueva Falabella Inversiones Internacionales SpA, suscribió y pagó el aumento de capital de $711.130.000, con fecha 05/08/2019, al contado y en dinero efectivo, equivalentes a esa fecha a USD$1.000.000 dólares de los Estados Unidos de América; y, 3) A consecuencia de lo anterior, el actual y único accionista acordó remplazar el Artículo Cuarto de estatutos sociales, por el siguiente: ““ARTÍCULO CUARTO: Capital y Acciones. - El capital de la sociedad asciende a la suma de noventa y un mil ciento treinta millones doscientos ochenta y cinco mil trescientos cuatro pesos, dividido en veintidós mil novecientas veinticinco millones quinientas diecisiete mil doscientas treinta y cuatro acciones nominativas, todas de una misma serie y sin valor nominal, íntegramente suscrito y pagado, por su actual y único accionista, esto es, Nueva Falabella Inversiones Internacionales SpA.”. 4) El accionista reitera que su responsabilidad se mantiene limitada hasta el monto de su respectivo aporte. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 17/12/2019. Felipe Leiva Ilabaca. Notario Suplente.