Instrumento
- Fecha
- 10 de diciembre de 2019
- Repertorio
- 3894/2019
Sociedad
- Domicilio
- La comuna de Curicó
Objeto social
Será la inversión de capitales, en toda clase de bienes muebles, corporales e incorporales, tales como acciones, promesas de acciones, bonos y debentures, planes de ahorro, cuotas o derechos en todo tipo de sociedades, ya sean comerciales o civiles, comunidades o asociaciones y en toda clase de títulos o valores mobiliarios. Adquirir, enajenar explotar toda clase bienes inmuebles, en especial bienes raíces, rústicos o urbanos, construir, en ellos, por cuenta propia o aneja; explotarlos, directamente o por terceros, en cualquier forma, administrar por cuenta propia o ajena dichas inversiones, obtener rentas; formar parte de otras sociedades, modificarlas, asumir la administración de las mismas; la compraventa, importación, exportación, distribución, consignación, representación o intermediación en cualquier clase de cambio de dominio o de sus atributos, en relación con cualquier clase de bienes; y cualquier actividad relacionada, en la actualidad o en el futuro, con lo dicho; y cualquier otro negocio que acordaren los
Administración
La administración de la sociedad, representación, y uso de la razón social corresponderá a doña CAROLINA ANDREA CUBILLOS CUBILLOS, quien anteponiendo el nombre de la sociedad a su respectiva firma, actuará por la sociedad por acciones, con las más amplias facultades de administración, pudiendo obligarla en toda clase de actos o contratos y sin que la enumeración que sigue sea taxativa
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalVERONICA CAROLINA ACUÑA CALDERON, Notario Curicó, Estado Nº 282, Suplente del Titular don Eduardo del Campo Vial, certifica: Por escritura pública de fecha 10 de Diciembre de 2019, otorgada ante mí, doña CAROLINA ANDREA CUBILLOS CUBILLOS, domiciliada en Calle Carmen número mil treinta y siete, comuna y provincia de Curicó, constituyó una sociedad por acciones: Nombre: “INVERSIONES ILOTEN SpA”.- Objeto:Será la inversión de capitales, en toda clase de bienes muebles, corporales e incorporales, tales como acciones, promesas de acciones, bonos y debentures, planes de ahorro, cuotas o derechos en todo tipo de sociedades, ya sean comerciales o civiles, comunidades o asociaciones y en toda clase de títulos o valores mobiliarios. Adquirir, enajenar explotar toda clase bienes inmuebles, en especial bienes raíces, rústicos o urbanos, construir, en ellos, por cuenta propia o aneja; explotarlos, directamente o por terceros, en cualquier forma, administrar por cuenta propia o ajena dichas inversiones, obtener rentas; formar parte de otras sociedades, modificarlas, asumir la administración de las mismas; la compraventa, importación, exportación, distribución, consignación, representación o intermediación en cualquier clase de cambio de dominio o de sus atributos, en relación con cualquier clase de bienes; y cualquier actividad relacionada, en la actualidad o en el futuro, con lo dicho; y cualquier otro negocio que acordaren los socios.- Domicilio: La comuna de Curicó, sin perjuicio de poder establecer agencias y sucursales en otros lugares del país o del extranjero.- Capital:El capital de la sociedad es de dos millones de pesos, dividido en diez acciones nominativas, de una misma serie y sin valor nominal, que se suscriben y pagan en su totalidad pordoña CAROLINA ANDREA CUBILLOS CUBILLOS,con la suma de dinero de dos millones de pesos, en este acto, al contado y en dinero efectivo, que en este acto ingresa a la caja social.- De esta forma, el capital de la sociedad se encuentra totalmente suscrito y pagado en forma íntegra, total y absoluta.- Administración: La administración de la sociedad, representación, y uso de la razón social corresponderá a doña CAROLINA ANDREA CUBILLOS CUBILLOS, quien anteponiendo el nombre de la sociedad a su respectiva firma, actuará por la sociedad por acciones, con las más amplias facultades de administración, pudiendo obligarla en toda clase de actos o contratos y sin que la enumeración que sigue sea taxativa.- Demás estipulaciones en escritura pública extractada Repertorio Nº3894/2019.- Curicó, 23 de Diciembre de 2019.