INMOBILIARIA DOÑA MARIA LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 23 de diciembre de 2019
- Repertorio
- 998-2019
Sociedad
- Capital
- $100.000.000 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalRODRIGO PATRICIO CESAR FERRER FIGUEROA, Abogado, Notario y Conservador de Bienes Raíces de las comunas de Río Negro y Purranque, oficio Vicuña Mackenna N. 43 Río Negro, certifica por escritura pública hoy ante mí, Repertorio Nº998-2019, don ELADIO JOSE TAZBAZ AZAR, empresario, domiciliado en Av. Mackenna Nº 1917, Osorno, y paso en esta, doña ELISABETH MARLENE MARTINEZ OYARZUN empresaria, domiciliada en Av. Mackenna Nº 1917, Osorno, y paso en esta, doña ROSE MARIE TAZBAZ MARTINEZ, estudiante, domiciliada calle Escandinavia Nº 432, departamento 904, comuna de Las Condes, Santiago, y paso en esta, y doña CONSTANZA ALEJANDRA TAZBAZ MARTINEZ, estudiante, domiciliada calle Escandinavia Nº 432, departamento Nº 904, comuna de Las Condes, Santiago, y paso en esta, modificaron sociedad de responsabilidad limitada “INMOBILIARIA DOÑA MARIA LIMITADA” o “INMOBILIARIA DOÑA MARIA LTDA”, inscrita a Fojas. 20 vuelta Nº14 del Registro de Comercio del año 2005, capital $100.000.000, En el siguiente sentido: A) ELADIO JOSE TAZBAZ AZAR, cedió a doña ROSE MARIE TAZBAZ MARTINEZ, el nueve coma seis por ciento de los derechos que tiene en la sociedad los que equivalen a un nueve coma cinco por ciento de los derechos sociales. Precio de la cesión quince millones seiscientos veinticuatro mil setecientos ochenta y seis pesos, cesionaria pagará, en el plazo de tres años, a cuenta de retiros de utilidades de esta misma sociedad. ELADIO JOSE TAZBAZ AZAR, cedió a doña CONSTANZA ALEJANDRA TAZBAZ MARTINEZ, el nueve coma seis por ciento de los derechos que tiene en la sociedad los que equivalen a un nueve coma cinco por ciento de los derechos sociales. Precio de la cesión quince millones seiscientos veinticuatro mil setecientos ochenta y seis pesos, cesionaria pagará, en el plazo de tres años, a cuenta de retiros de utilidades de esta misma sociedad. A consecuencia de las cesiones objeto de este instrumento, quedan como únicos socios o interesados en la sociedad: “INMOBILIARIA DOÑA MARIA LIMITADA” o “INMOBILIARIA DOÑA MARIA LTDA”, Don ELADIO JOSE TAZBAZ AZAR, con un ochenta por ciento de los derechos o interés social, doña ELISABETH MARLENE MARTINEZ OYARZUN con un uno por ciento de los derechos o interés social, doña ROSE MARIE TAZBAZ MARTINEZ con un nueve coma cinco por ciento de los derechos o interés social, y doña CONSTANZA ALEJANDRA TAZBAZ MARTINEZ, con un nueve coma cinco por ciento de los derechos o interés social. B) El representante legal de la sociedad ELADIO JOSE TAZBAZ AZAR, delegò en doña ELISABETH MARLENE MARTINEZ OYARZUN, facultades de índole bancaria según se señala en clausula séptima de la escritura modificada.- En lo no modificado quedan plenamente vigentes todas las estipulaciones del contrato social originario. Demás estipulaciones constan escritura modificación extractada. Se facultó para inscribir. Rìo Negro, 23 de diciembre de 2019.