GUILLERMO FIGUEROA REBOLLEDO Y COMPAÑÍA LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 2 de diciembre de 2019
- Notario
- OCTAVIO FRANCISCO GUTIERREZ LOPEZ
- Oficio
- 30 Notaría Santiago
- Comuna
- Santiago
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalOCTAVIO FRANCISCO GUTIERREZ LOPEZ, Notario Público Titular 30 Notaría Santiago, Oficios Av. Lib. Bdo. O’Higgins 980, Ofs. 134-135, CERTIFICA: Por escritura pública, ante mí, fecha 2 de Diciembre de 2019, GUILLERMO IVÁN FIGUEROA REBOLLEDO, médico cirujano, Hernando de Aguirre N° 1133, dp. 701, Providencia; XIMENA ALEJANDRA BENITEZ YACHAN, psicóloga, Hernando de Aguirre N° 1133, dp. 701, Providencia; JAVIERA PAZ FIGUEROA BENITEZ, kinesióloga, Ramón Sotomayor 2952, dp. 401, Providencia; PAULA ANDREA FIGUEROA BENITEZ, psicóloga, Hernando de Aguirre 1133, dp. 701, Providencia, y CRISTIÁN ANDRÉS FIGUEROA BENITEZ, estudiante, Hernando de Aguirre N° 1133, dp. 701, Providencia; modifican sociedad de responsabilidad limitada denominada "GUILLERMO FIGUEROA REBOLLEDO Y COMPAÑÍA LIMITADA”, con el nombre de fantasía o comercial de “FIGUEROA Y BENITEZ LTDA.”, constituida por escritura pública fecha 26 de Junio de 1995, ante Notario de Puerto Montt don Jorge Correa Reyes, Suplente del Titular Heriberto Barrientos Bahamonde, cuyo extracto se inscribió a Fs. 255, N° 156 Registro Comercio Conservador Bienes Raíces de Puerto Montt, año 1995, publicado en Diario oficial el 28 Junio 1995, edición N° 35.229; en sentido que: GUILLERMO IVÁN FIGUEROA REBOLLEDO, vende, cede y transfiere el 28% de su participación social que es el 48% de participación a JAVIERA PAZ FIGUEROA BENITEZ, quien, compra, acepta y adquiere para sí el 18% de dichos derechos en la cantidad de $2.700.000; y el 10% de su participación a PAULA ANDREA FIGUEROA BENITEZ, quien compra, acepta y adquiere para sí dichos derechos en la suma de $1.500.000; XIMENA ALEJANDRA BENITEZ YACHAN, vende, cede y transfiere el 28% de su participación social que es el 48% de participación a CRISTIÁN ANDRÉS FIGUEROA BENITEZ, quien ingresa como nuevo socio, y compra, acepta y adquiere para sí el 20% de dichos derechos en la cantidad de $3.000.000; y el 8% de su participación a PAULA ANDREA FIGUEROA BENITEZ, quien compra, acepta y adquiere para sí dichos derechos en la suma de $1.200.000; cesiones pagadas en este acto, contado, dinero en efectivo, suma que los cedentes declaran recibir a su entera y completa satisfacción. Como consecuencia de las cesiones, quedan los socios, con las siguientes proporciones en el capital social: GUILLERMO IVÁN FIGUEROA REBOLLEDO, 20% derechos sociales; PAULA ANDREA FIGUEROA BENITEZ, 20% derechos sociales; JAVIERA PAZ FIGUEROA BENITEZ, 20% derechos sociales; XIMENA ALEJANDRA BENITEZ YACHAN, 20% derechos sociales; y CRISTIÁN ANDRÉS FIGUEROA BENITEZ, 20% derechos sociales. En todo lo no modificado rige pacto social constitutivo. Demás estipulaciones constan en escritura extractada.